Pues menuda complicación, resulta que tenemos una empleada que se le iba a terminar el contrato de seis meses y había un acuerdo verbal de que siguiese haciendo el servicio una temporada tras la terminación del contrato, hasta que adoptásemos un acuerdo en comunidad sobre la continuación o supresión de sus servicios (de portería). Mal asunto, porque no le habíamos enviado una carta quince días antes anunciándole la terminación del contrato, claro que por entonces no estaba decidido si seguiría o no, mejor no enviarla. Y resulta que va y le diagnostican cáncer, con lo cual nos pilla pero bien pillados, porque tiene derecho, sobre el papel, a una baja como cualquier empleado, y menudo servicio que nos queda, nosotros a pagar una compañía de limpieza y la mujer mientras tan ricamente tratándose su cáncer meses. Nada, ahora sí que había que suspender el servicio pero ipso facto. (Aunque algún idiota sugirió enviarle flores al hospital y pagarle la baja). Se nos ocurrió que hablando se entendería la gente, y que la podíamos dar por despedida, retroactivamente, en la fecha de terminación del contrato, con lo cual ella se quedaba en el paro ya, y nosotros nos librábamos de pagarle la baja. Y en efecto, firmó el papel dándose por despedida con fecha anterior a su diagnóstico. No sé si estaba muy al tanto de que así perdía meses de pago, o peor aún, que si no lo hacía nos cogía en orsay porque zas, sobre el papel ya tenía derecho a contrato fijo y a indemnización, ¡y nada menos que a indemnización por despido de un contrato fijo! Pero la muy tonta firmó, cosa que yo no hubiera hecho, igual es que tenía la cabeza en otra parte, pero bueno, cada palo que aguante su vela, si no sabe que estudie leyes; su marido tampoco entiende mucho de estas cosas y todo lo hablamos con él, que es el que lleva los pantalones, claro. Y ya estaba todo arreglado, si alguien no va a ponerle malas ideas a ese hombre en la cabeza, algún laboralista, que si perdía derechos, que si tal que si cual - imagínense, derechos, ¡si ella había renunciado voluntariamente y por mutuo acuerdo! Nada, estábamos con las espaldas totalmente cubiertas, y su cáncer que se lo cuide ella, que nosotros no tenemos, ni somos las Hermanitas de la Caridad, y si dinero no nos falta es porque no lo vamos regalando. Ya hacemos bastante en no meterle prisa para que haga la mudanza ya, que tiene derecho también a un mes de vivienda tras la finalización del servicio. Pero quién se iba a imaginar que el hombre, que educado no es, y un caballero tampoco, mientras hablábamos el tema que si sí que si no, coge el papel que había firmado su mujer ¡y lo rompe! Hala. Ya estamos en descubierto otra vez. Es una cosa, nadie puede negarlo, no sólo ilegal sino de pésima educación, y cierta brutalidad, eso de romper un contrato, romperlo digo, en trozos. Con lo cual la mujer tiene derecho, si nos llevan a juicio, a contrato indefinido, a baja laboral... en fin, una bicoca, que poco se la imaginaba ella cuando le hacíamos los contratos de seis meses. Total, que ha habido que negociar una indemnización, y hemos salido perdiendo todos. Todos. En fin, un fallo lo tiene cualquiera. Pero lo de las flores está totalmente out of the question. Es una empleada, ¿no? Y ahora ni eso. Pues hale, puerta. Y el piso de portería, a cerrarlo, no sea que lo vayamos a alquilar y se nos meta un sudamericano.
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