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domingo, 10 de marzo de 2019

Retropost (10 de marzo de 2009): A ver este nivel

A ver este nivel

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Nos envían de la Dirección de nuestro departamento de Filología Inglesa y Alemana una acta de esa reunión donde se volvía a excluirnos arbitrariamente de la lista de profesores del departamento que pueden dar clase en un máster, o dirigir tesis doctorales. Se acude una vez más al inaudito criterio de que como no recibimos subvenciones externas para nuestra investigación, pues no podemos dirigir tesis. O más bien, en la versión actual de este acoso administrativo, que pasamos a la cola detrás de todos los que sí tienen subvención, pues esto "no es un criterio excluyente" – aunque pasemos tan a la cola que quedamos tan eliminados como antes. Ya pueden mirar la cola del programa, que no figuramos.

Estas argumentaciones son falacias desvergonzadas, que han venido utilizado la directora del postgrado, Dra. Onega, y los directores del Departamento sucesivos (ahora el Dr. Guillén) como responsables de estas actuaciones—falacias desvergonzadas que, es lástima decirlo, aceptan y apoyan todos nuestros colegas, que no compañeros.

Bien, pues para que luzcan sus criterios con luz propia, transcribo aquí un párrafo clave del acta que hoy nos envían, donde se argumenta la postura de Coordinadora y Dirección y departamento en pleno:
"Ante la estimación de los Dres. García Landa y Penas, presentada por escrito, de que "La Comisión se arrogó atribuciones que no tiene ni ella ni el Departamento, las de decidir a dedo (a dedo alzado) qué doctores entre los que están facultados para ello han de participar en el programa de doctorado del departamento",  presentada por escrito [bis], la dirección asume que los Dres. García Landa y Penas se refieren a la resolución del Rector de fecha 22 de diciembre de 2006, en que se señala que "el Departamento no es órgano competente para establecer los requisitos que deben poseer los profesores susceptibles de dirigir tesis doctorales dentro de dicho programa," la cual no obstante parece contradecir una decisión anterior, publicada en BOUZ de noviembre de 2006 (Acuerdo de consejo de Gobierno de 22 de noviembre de 2006)  por la que se aprobaba el Programa de Doctorado en Estudios Ingleses, aceptando de facto dicha competencia."
—y aquí se deja la cuestión. Que la resolución del Rector parece contradecir algo que se había hecho antes—así que la desoímos.

Analicemos.

El Director, que firma esta pieza de razonamiento, conoce esa resolución del Rector que declara improcedente (y anula) lo que venían haciendo nuestros colegas para excluirnos del Doctorado. Conoce la resolución, y es más, la cita aquí mismo. La resolución que dice que el Departamento no puede inventarse criterios adicionales propios y abusivos, como la pertenencia a grupos de investigación, para ver quién puede participar en el programa de doctorado.

Y acto seguido pasa el Director a desoír la resolución otra vez, y a vulnerar las normas, contra la prohibición expresa del Rector. Bueno, de hecho, el Director matizó que la resolución del Rector venía "del Rector o de quien hubiese escrito la resolución", aunque eso no lo ponga en el acta.

¿Y cuál es su justificación para desoír la orden del Rector, aparte de esas extrañas dudas sobre la autoría? Pues alega que una resolución anterior de la universidad, implícitamente, o "de facto", sí respetaba los criterios que el departamento había seguido. Y claro, le gusta más la resolución primera que la segunda—la que, habiéndose producido protestas contra la primera, la corrige, y resuelve el recurso que se presentó contra ella.

Con esto se queda tan ancho, el Director.  Vamos, que ante dos actos administrativos sucesivos, uno general y de trámite, y otro posterior, resolutivo, referido al caso concreto, y que aclara o corrige puntos dudosos del primero, pues como al Director no le gusta la corrección, dice "qué raro, parece que la corrección contradice a lo corregido" (¡bingo!) —y pasa a ignorar la corrección.  Aunque la supuesta aprobación de los criterios ahora corregidos fuese "de facto", y la corrección sea en cambio no sólo posterior, sino completamente explícita y a resultas de un recurso. Era más bonita la primera resolución, la que convenía... así que ignoremos la segunda, que parece que me la contradice.

Buen hacer administrativo, sí señor.  Se puede llegar así a un Ministerio—según quién sea el Presidente del Gobierno, claro. Cabe la duda, empero, de si quien interpreta así las resoluciones oficiales se está haciendo el tonto deliberadamente... o si se trata de una interpretación de buena fe, que espero no sea el caso.

Contra semejantes fechorías administrativas hemos interpuesto, en cualquier caso, un nuevo recurso.

Este es el nivel, y con esto tenemos que trabajar en este Departamento.



—oOo—

PS: Al final ganamos los recursos en cuestión, y el Departamento hubo de comerse con patatas todas las resoluciones ilegales que habían tomado sobre nosotros. Fue un episodio lamentable—pero es que iban más avisados que Puigdemont.

 

jueves, 10 de enero de 2019

Me cierran la web de la Universidad


Un capítulo más de un culebroncillo académico que viene coleando desde hace un par de meses. Resulta que un grupo anónimo de alumnas ha ido con quejas a distintas instancias universitarias porque no les agradan los contenidos de mi blog. O les desagradan, directamente. No sé si esta historia tiene motivaciones ideológicas, políticas, personales, o de algún otro tipo, de hecho no sé ni quiénes son esas alumnas porque a mí nadie me ha hecho llegar ninguna queja. Pero me hicieron saber a través de la directora del departamento y la coordinadora del Grado que no les gustaba el blog que empleo en la asignatura de literatura inglesa, que es éste, una página alojada en la web de la universidad:

http://www.unizar.es/departamentos/filologia_inglesa/garciala/lit2.html

Y no les gusta porque entre los enlaces de ese blog hay enlaces a artículos sobre literatura inglesa, etc. de mi blog personal. Y ese blog contiene otros contenidos que a estas estudiantes les desagradan (supongo que por puritanismo, pero en realidad no sé). La sustancia del asunto es que no admiten que se les recomienden en clase materiales incluidos en un blog personal.

Es una opinión, un gusto personal, o lo que sea. Sobre gustos, etc. Si no quieren pinchar en esos enlaces no tienen por qué hacerlo; si no quieren irse a leer otros contenidos de mi blog por supuesto no tienen por qué hacerlo, y de hecho no tienen ni por qué usar la web de la asignatura si no quieren.

Este mensaje les hice llegar.

Pero deben de ser personas airadas, o persistentes, o adoctrinadas, o militantes en su cruzada particular, o algo, porque han ido con quejas a la Defensora Universitaria (la recién nombrada Defensora Universitaria) que al parecer se ha estrenado con mi caso, pidiéndole al Rector la suspensión cautelar de mi web. Y dicho y hecho.

Con lo cual les han hecho una buena faena a los compañeros ajenos a esta historia, que se quedan sin poder usar los materiales de la asignatura a través de esa web (como digo, en clase nadie me ha dicho nada al respecto, y sospecho aunque no me consta que las ofendidas son personas que no asisten a clase).

Se cruzó esta historia con una avería general de la web de la Universidad, y yo creía que las dificultades de acceso se debían a esto, pero de repente recibo un escrito del Rector en el que me comunica el bloqueo de la web, remitiéndose a la actuación de la Defensora Universitaria y a una normativa publicada en el último boletín de la Universidad. Decía el Rector que se me había denunciado por usar un blog personal en lugar de Moodle. También me recordaba que el uso de la web ha de atenerse a la normativa, etc., junto con diversas consideraciones sobre el uso de la web para la actividad académica y para la proyección social de la Universidad.

Proyección social en la que no caben los blogs personales, según se echa de ver ahora.

Esta mañana he presentado un recurso contra esta resolución, recurso que reproduzco aquí:




Fecha: 10 de enero de 2019
Destinatario: Sr. Rector Mgfco. de la Universidad de Zaragoza
 
Asunto: Recurso de alzada contra la resolución del Rector de fecha 21/12/18 relativa a la suspensión cautelar de mi web con url de UNIZAR.

En relación al escrito del Rectorado de fecha 21/12/18, en el que se me comunica la suspensión cautelar de mi web en la Universidad de Zaragoza, me cumple manifestar lo siguiente:

- Que dicho escrito contiene algunas presuposiciones sin base sobre el uso de los recursos en red de la Universidad, pues si bien la plataforma Moodle está a disposición de todo el profesorado, en modo alguno puede entenderse que es "de uso general para todo el profesorado universitario" en el sentido de presuponer que su uso sea obligatorio y exclusivo, pues ni es Moodle de uso obligado ni excluye la utilización de otros recursos y herramientas, algo que sin duda hacen cientos de profesores. No parece procedente que el Rector entre a dictar qué tipo de recursos web han de utilizarse en la docencia de una asignatura en concreto. El uso de materiales "fuera de Moodle" aparece en el escrito como la razón de la denuncia, y es una razón improcedente.

- Que la Defensora Universitaria, ateniéndose al reglamento (punto 3.D), debe inadmitir toda queja relativa a asuntos "sobre los que no se hayan agotado previamente todas las instancias y recursos previstos en los Estatutos". Entiendo que su intervención en este caso es improcedente, pues no se ha iniciado siquiera un expediente escrito sobre esta cuestión, no al menos uno que yo conozca, ni se han presentado a mi entender recursos anteriores a éste que ahora presento yo.

- Que es inaudito que se suspenda un material docente (la web unizar…lit2.html) no por su contenido, sino porque contenga enlaces a otras páginas que a su vez puedan contener enlaces a otras páginas que puedan desagradar a alguien. Entiendo que una página web académica ha de evaluarse por sus propios contenidos, no por lo que contengan otras páginas. Ejemplo: si mi página incluye un enlace a un vídeo de YouTube, es irrelevante que en YouTube se publiquen además otros vídeos que no estén relacionados con mi página, o que puedan desagradar a quien visita mi página. No es un criterio que tenga lógica atendiendo a un mínimo conocimiento de lo que es Internet.

- Que en 15 años de existencia y utilización de páginas webs docentes para diversas asignaturas impartidas por mí en esta Facultad nunca ha habido quejas al respecto. Y que de hecho yo nunca he recibido ninguna por parte de los estudiantes, y tampoco este año. Si ha habido quejas de alumnas a la Dirección, no se me han hecho llegar más allá de conversaciones privadas, ni sé si se trata de anónimos o de quejas por escrito, ni a mí se me ha hecho llegar ningún oficio al respecto. Encuentro desmesurado que sea el Rector quien se dirija a mí por vez primera de manera oficial, en lugar de la delegada de clase. Repito que en todo caso es INAUDITO que se suspenda una página por los contenidos que pueda tener una tercera página a la que pueda enlazarse una segunda página a la que enlaza la página cautelarmente suspendida. La lógica de esta actuación requiere repensarse seriamente, y en cualquier caso debería ser un asunto tratado previamente con una persona encargada del uso de los servicios en red, no en primera instancia por el Rector.

- Que si la normativa de uso de los recursos informáticos y servicios de Red de la Universidad (2005) establece que "están dedicados al uso profesional de los usuarios, por tanto, éstos no disponen del uso privativo de los mismos", y que los medios deben dedicarse "a usos compatibles con la finalidad de las funciones del servicio al que se encuentren adscritos y que correspondan con su trabajo", en ningún caso queda excluido el uso de esos medios para fines más personales. Como puede ser enviar correos electrónicos personales, o publicar un blog que en mi caso es de contenido variado, que va de lo académico a lo personal, como sucede en tantos y tantos blogs que son de naturaleza miscelánea. Así ha sido en todo caso desde que uso la web hace más de veinte años, sin que haya cambiado ninguna circunstancia, a no ser el desagrado particular ahora manifestado por alguna persona, cuyos gustos o intereses no tienen por qué coincidir con los míos ni regir mi actividad ni la de sus compañeros: basta con que esa persona se dedique a mirar otras páginas que le gusten más, y en lo que a mí respecta se atenga estrictamente a los materiales usados en la docencia, pues no son otros los que recomiendo ni uso en clase, ni me consta que sean éstos los que han provocado la queja de esa persona o personas.

- Me cumple manifestar asimismo que los estudiantes no me han hecho llegar ninguna queja ni protesta ni comentario desfavorable a través de lo que entiendo que es el primer canal establecido para estas cuestiones, a saber, los delegados de clase. Y las supuestas quejas, en lo que a mí respecta anónimas, dirigidas a la dirección del Departamento, han dado lugar sólo a conversaciones personales entre la directora, la coordinadora del grado y yo mismo. No me consta que medie ningún escrito en este procedimiento antes del que aquí respondo y recurro. En ningún caso se me ha dirigido ninguna comunicación oficial ni escrita relativa a este asunto, ni se ha especificado qué contenidos de mi web parecen inadecuados a los anónimos denunciantes, o a la dirección del departamento y coordinación del grado. Entiendo que todos ellos son pasos previos de mínima cortesía necesarios (si la Universidad valora en algo a su profesorado) antes de proceder a la suspensión en bloque de una web, con toda la distorsión que esto supone para la docencia de la asignatura. Se habla en el escrito de una denuncia o queja, que para mí sigue siendo desconocida. Entiendo que es también de mínima cortesía profesional el darme a conocer el contenido  de esa queja, así como las personas que la firman, si no son anónimos, y si esto se ha hecho por escrito y no es todo cuestión de conversaciones particulares, en cuyo caso entiendo que jamás se debería haber dado curso a esta actuación.

- Además de suspender la página docente que al parecer ha dado lugar a la queja o denuncia, y que es la única que atañe a la labor en la universidad de los quejosos o denunciantes, se ha procedido a suspender el acceso a toda mi web, que contiene miles de archivos relativos a mi actividad académica a los cuales no afecta en absoluto este procedimiento ni han sido objeto de denuncia o queja alguna. Por poner una analogía, es como si por haberse incluido un libro en el Índice de Libros Prohibidos se procediese a cerrar el acceso a toda la biblioteca, en lugar de retirar de la misma el libro en cuestión. Es una actuación desproporcionada y carente de una mínima lógica. Mi web contiene, por ejemplo, una bibliografía enlazada en cientos de páginas web académicas de muchas universidades, y con esta actuación se la desactiva de modo arbitrario y para mí lesivo.

- Ruego por tanto al Rector que en respuesta a este RECURSO DE ALZADA se suprima la suspensión cautelar de la web, y que el Rectorado no intervenga en un asunto que no merece su atención, cuánto menos con medidas desproporcionadas.

Ruego asimismo que se remita este asunto a una persona del servicio de informática con autoridad y criterio suficientes para decidir sobre la naturaleza de los contenidos en la web de la universidad, con quien yo pueda hablar para decidir con más sosiego cuáles de los contenidos de la web universitaria han de retirarse, en su caso, sin que eso suponga la suspensión cautelar del acceso a todas mis páginas en la web de la universidad. Repito que son éstas varios miles, y me parece abusivo el cierre de la web por una queja que para mí sigue siendo anónima. Quien no produce nada no produce nada ofensivo. Entre miles de páginas, en cambio, siempre puede hallarse algún contenido con quien alguien pueda discrepar, pero ello no tiene por qué dictar ni mi actuación al respecto ni, según entiendo, la del Rectorado. En todo caso la actuación de este último habría de dirigirse al contenido específico que resulta improcedente (que no se ha especificado en ningún caso) y no a la web en su conjunto. Por ello ruego al Rectorado reconsidere el tratamiento dado a esta cuestión, restaure el acceso a la web, y me remita a una persona encargada de la web para tratar estas cuestiones, en las que entiendo que es improcedente y desmesurada la intervención del Rector, que seguramente tiene cosas más importantes a las que atender.

Zaragoza, a 10 de enero de 2019

José Angel García Landa
Profesor Titular de Universidad


Hasta aquí el recurso, y seguramente hasta aquí mi blog en la Universidad, porque no es previsible una respuesta favorable.

Consultado el último boletín BOUZ de la Universidad, hay una resolución del 21 de diciembre, misma fecha de la orden del Rector, que ostensiblemente citando la normativa de uso de servicios web de la Universidad (de 2005) entra en realidad a modificarla sustancialmente.

El cambio sutil pero crucial introducido es que según la nueva normativa (pues así hay que considerarla, me parece), según la normativa de diciembre de 2018, y destaco,

No se puede alojar en la Universidad ningún enlace a ningún blog personal.
Ni tampoco puede enlazarse ninguna página web que no cumpla la normativa de uso de la Red de la Universidad de Zaragoza.

Lo podemos llamar la Ley de prohibición del enlace, y creo que no se le oculta a nadie mínimamente familiarizado con Internet que es una norma... dejémoslo en pasmosa.

Y es desde luego una norma que coarta seriamente no sólo la libertad de uso de la red de la Universidad de Zaragoza, sino la libertad de expresión en esa red.

Mucho me temo que la posibilidad de alojar un blog personal en la Red de la universidad queda descartada con esta nueva norma, o con esta nueva interpretación de la norma. No sé si proceda a retirar directamente mi blog allí alojado desde 2004, sin esperar a la respuesta del Rector. Bueno, retirado está, porque aunque yo lo puedo ver soy el único, habiendo sido bloqueada la red, el blog, la bibliografía, mis publicaciones académicas y todo lo demás.

Este va a ser, me temo, mi blog de despedida en la Universidad de Zaragoza. Casi me dan ganas de tomar un pantallazo para conmemorar este momento histórico:




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Empecé la publicación de este blog (http://bit.ly/blogdenotas) en 2004, y hasta hoy hemos llegado. Bueno, voy a esperar, por decir, la respuesta del Rector, pero con ésta me despido.

Victoria, señoras y señoritas, ha triunfado su moción. El profesor machista (¿?) tendrá que usar Moodle si quiere usar la red de la Universidad, y se excluyen a partir de ahora las webs personales. Todo un logro para la Igualdad—que no para la Libertad. Por suerte mi blog también se publica en una plataforma sobre la que no tiene control la Universidad de Zaragoza, en Blogger, aquí: http://vanityfea.blogspot.com

Por ponerlo en términos panorámicos, yo esta historia la veo como un episodio del épico combate, de todos los tiempos de la historia y de hoy en España más concretamente, entre la Libertad y la Igualdad—entre una perspectiva liberal sobre el uso de la red y de los medios públicos, y una postura socialista (en el mal sentido del término, se entiende).

La postura liberal, la mía, viene a ser: dé usted libertad en el uso de la red al profesorado (téngale algún respeto a su criterio), aunque haya algunas personas a quienes desagrade algo de lo que alguien haga, que así es la vida, para agradar a unos y desagradar a otros.

La postura socialista, la de nuestras quejosas alumnas anónimas, la de la Defensora Universitaria y la del Rectorado (y la que manda hoy por hoy en el Botón de la Red) es la contraria: No haga usted lo que libremente quiere hacer, señor Profesor—tiene usted que hacer lo que hacen todos los demás. Aquí tenemos poco margen para iniciativas curiosas y originales como la suya. Y vamos, que usted nos molesta con sus ideas, sus gustos y su existencia, y por suerte mandamos nosotros y le cortamos la red.

Ahí estamos. Por suerte el Rectorado aún no controla todas las redes del planeta, aunque prohíba a la Universidad tender enlaces hacia el resto de la Web. Espero que nadie se vaya a desmandar y poner un enlace allí a una web que pueda desagradar a la Universidad.

En fin, adiós, Unizar, ahí os quedáis, y que lo disfrutéis.

__________



PS. A modo de contraste, ésta es la política de blogs de la Universidad de Valencia: https://blogs.uv.es/es/faq/






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 Ante la falta de respuesta del Rectorado le dirijo este nuevo escrito:

 
Fecha: 17 de enero de 2019

Destinatario: Excmo. Sr. Rector Mgfco. de la Universidad de Zaragoza



Asunto: Resolución del Rector de fecha 21/12/18 relativa a la suspensión cautelar de mi web con url de UNIZAR.

Habiendo atendido a la resolución del Rector de fecha 21/12/18 que se me comunicó por escrito con fecha 21/12/18, así como a las NURIS [Normativas de Uso de Recursos Informáticos] de la Universidad de Zaragoza reiteradas y/o especificadas en la resolución del Rector de fecha 14 de diciembre de 2018 que allí se me comunicaba (BOUZ 9-18, también de 21 de diciembre), me cumple comunicar al Rectorado que he tomado las siguientes medidas para evitar cualquier incumplimiento de la normativa de uso de la Red de Unizar, siguiendo las directrices allí expuestas:

- He eliminado del servidor de Unizar mi blog de carácter misceláneo (personal y académico) y todos sus archivos asociados (imágenes, archivos sonoros, películas).

- He eliminado asimismo los distintos blogs docentes que contenían enlaces a artículos del blog arriba mencionado.

- He eliminado las páginas de enlaces que me permitían gestionar el uso de la red por contener enlaces externos a la Unizar.

- He eliminado asimismo de la página inicial de mi espacio personal (garciala/index.html) todo enlace a blogs personales y materiales no académicos ajenos a la propia red de unizar.

- Mantengo las páginas de naturaleza estrictamente académica: publicaciones, bibliografía, información sobre docencia e investigación. Entendiendo que éstas no vulneran las NURIS, siempre que no se me diga lo contrario.

Deseo asimismo hacer constar que en ningún momento a partir de la vigencia de NURIS (2005) entendí, ni se me comunicó hasta el mencionado escrito del Rector, que dichas normas hubiesen de interpretarse en el sentido de impedir la existencia de páginas de enlaces o de blogs personales en el espacio individual de la red de la Universidad. Es una interpretación que por otra parte considero excesivamente restrictiva y poco acorde a la realidad de las comunicaciones actuales y a las prestaciones más básicas de la Red. Pero evidentemente es una prerrogativa del Rector el establecer las condiciones específicas de uso de la red Unizar y la interpretación específica de las NURIS, de modo que a sus instrucciones me atengo. Estimo que si la existencia de blogs personales o de enlaces a ellos vulneran las NURIS, sería deseable hacerlo constar así explícitamente, pues la indefinición en la normativa puede dar lugar a malentendidos como el que nos ocupa.

Por otra parte deseo hacer constar que no he recibido jamás una queja o denuncia por uso inadecuado de datos personales o derechos de autor por ninguna persona afectada por ello. Hecha excepción de la queja comunicada en el escrito del Rector y que ha dado lugar al bloqueo cautelar—que por ser para mí una denuncia anónima, ignoro si procede de alguna persona que considere que se han vulnerado sus derechos de alguna manera. En todo caso esa persona o personas a mí no me lo han hecho saber, ni mediante anónimos ni mediante ningún otro procedimiento. Lo único que se me transmitió por medio de la Directora del Departamento y de la Coordinadora del Grado es que había contenidos de mi blog personal (no de los blogs docentes) que les desagradaban a determinadas alumnas, pero no me pareció relevante que gustos o disgustos personales sobre mi blog particular por parte de terceros tuviesen la menor relevancia en un país donde se garantiza la libertad de expresión. No es lo mismo protestar por la vulneración de derechos propios que protestar para limitar la libertad de expresión de un tercero en base a gustos personales.

Aun reconociendo y acatando la potestad del Rectorado para establecer qué tipo de contenidos admite en su web y cuáles no, deseo manifestar mi desacuerdo con la interpretación de las NURIS en el sentido de la prohibición de blogs personales y de enlaces a ellos. Esta interpretación es novedosa, y restringe  indebidamente la libertad de expresión en la red de la universidad. En lo que a mí respecta ha supuesto un atropello, por el cambio de criterio que ha desbaratado una web personal con interés académico que me ha costado muchos años hacer y que no hubiera hecho en Unizar de haber existido normas claras al respecto. Esa web ocupa, en texto, el equivalente a una enciclopedia, y ha quedado estropeada al desactivarla en Unizar: considere el Rector si me siento perjudicado por esta decisión. Considero especialmente improcedente la manera en que se ha interrumpido, sin aviso previo, el acceso a las webs docentes de dos asignaturas a quince días de los exámenes. Es una manera de proceder que encuentro inaceptable, además de muy restrictiva teniendo en cuenta lo que son los usos corrientes de las redes académicas hoy en día. Con respecto a la prohibición de enlaces a webs personales, está totalmente injustificada, y hay que tener en cuenta que el propio directorio de la Universidad incluye un apartado para incluir un enlace a la web personal.

Por todo ello vuelvo a solicitar al Rectorado que levante la prohibición al acceso público a mi espacio en la red de la Universidad, habida cuenta de estas medidas que hoy comunico, y atendiendo a las demás razones expuestas en el Recurso de Alzada que presenté contra el bloqueo de mi web; que se levante la suspensión cautelar de la web, y que el Rectorado no intervenga más en un asunto que no merece su atención, cuánto menos con medidas desproporcionadas y mal asesoradas.

Ruego asimismo de nuevo que se me remita para la solución definitiva de este asunto a una persona del servicio de informática con autoridad y criterio suficientes para decidir sobre la aplicación específica de las NURIS, y sobre la naturaleza de los contenidos admisibles en la web de la universidad, alguien con quien yo pueda hablar para decidir con más sosiego cuáles de los contenidos de mi web en la Universidad han de retirarse definitivamente, en su caso, sin que eso suponga la suspensión cautelar del acceso a todas mis páginas en dicha web. Mi web contiene miles de archivos, y me parece abusivo el cierre de toda la web por una queja que para mí sigue siendo anónima y que no sé a qué obedece exactamente, ni cuáles son los archivos que tanto les molestan a personas que no conozco (o, según parece, a la Defensora Universitaria). La actuación del Rectorado habría de dirigirse al contenido específico que resulte improcedente (que no se ha especificado en ningún caso) y no a la web en su conjunto, con más respeto a las libertades de expresión y de cátedra consagradas en la Constitución (Art. 20). Por ello ruego al Rectorado reconsidere el tratamiento dado a esta cuestión, restaure el acceso a la web ahora que he retirado los contenidos más personales y que según parece dieron lugar a protestas, y que me remita a una persona encargada de la web para tratar estas cuestiones, en las que entiendo que es improcedente y desmesurada la intervención del Rector, que seguramente tiene cosas más importantes a las que atender.

Zaragoza, a 17 de enero de 2019





José Angel García Landa

Profesor Titular de Universidad




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domingo, 11 de noviembre de 2018

Retropost (11 de noviembre de 2008): Ascensos horizontales



Según promete el borrador del Estatuto del Personal Docente e Investigador de las universidades, podremos ascender sin ascender. Dentro de cada cuerpo se establecerán tres escalas y se ascenderá en ellas sometiéndose a una evaluación externa. strange fruitPara lo de las acreditaciones y oposiciones (ya eran obstáculos duplicados) parece bastante cerrado el grifo, y el club de los catedráticos seguirá siendo una cuestión reservada a quienes quieran dedicar a ello su vida y esfuerzos e intrigas. La gente se desmotiva. Así que proliferan los quinquenios y sexenios y tramos y cuerpos virtuales.

En esa línea se abre ahora esta especie de multiplicación de las entidades, o de promoción en falso, o de divide y los tendrás entretenidos, y reunidos en comisiones contando puntos. Desde aquí veo las montañas de resenti
miento acumulándose cuando se vea que no todos van a primera a la primera...

Pero el sistema será eficaz para tener a la gente compitiendo, y organizándose en equipos, y siguiendo líneas favorecidas, e indicaciones de la superioridad, y dándole vueltas todo el día a cómo sacar un puntejo más para la evaluación. (Por ejemplo, metiéndose en comités evaluadores). Y cómo se lo van a pasar algunos, redistribuyendo prebendas, funciones y tareas reservadas a los de primera, segunda, o tercera.

Yo creo que ya que la evaluación es voluntaria me quedaré en mi nivel, o mucho me equivoco: total, para ascender horizontalmente, casi te sale a cuenta dedicarte a lo tuyo y descender horizontalmente. Y aunque llegásemos a otro cuerpo más encumbrado tendríamos que volver a empezar, para no ser de tercera—porque con esto de los ascensos horizontales, hasta en tercera va a haber primera, segunda y tercera. Ya nos anunciaba esta reforma universitaria, y su estrategia 2015, aquel corrido de María Dolores Pradera.

desde el dia en que en la cuna te arropan
hasta el dia que te cubre la tierra
pues ahí tambien hay distinciones
ni de muerto te escapas siquiera
se dividen tambien los panteones
en primera, segunda y tercera

—todos horizontales, eso sí. Lo del ascenso vertical es más hipotético.

(PS: Me dice la Dra. Penas que para el caso, con esta reforma los Cuerpos se convierten en Castas. Y en el periódico hoy: Los profesores universitarios españoles, entre los peor pagados de Europa).

PS: Circular de Comisiones Obreras sobre este borrador de Estatuto del PDI:

El Estatuto de PDI es, junto con la LOMLOU y el EBEP, la norma legal de mayor trascendencia para la regulación de las condiciones laborales y retributivas de TODO el PDI.

Afecta a 56.000 PDI de todas las categorías, y nos va gobernar durante los próximos 20 años.

Ante la enorme relevancia de esta norma CC.OO. Informa:
·       El Ministerio tiene la OBLIGACION legal de NEGOCIAR con los representantes de los trabajadores en la Mesa Sectorial de Universidad. Hasta el momento el Ministerio no ha hecho más que iniciar "el debate del borrador". No ha iniciado la NEGOCIACION COLECTIVA con los REPRESENTANTES LEGITIMADOS, puesto que ni siquiera ha atendido la petición unánime de la representación sindical (CC.OO., UGT y CSI-CSIF) de CONSTITUIR LA MESA DE NEGOCIACION.

Este Borrador de Estatuto:
·       Es como un mal Convenio Colectivo sin promoción ni tablas salariales. Ascensos y salarios quedan en manos del Gobierno, para dentro de un año (¡otro más!), y sin negociación colectiva (Artículo 16.4, 16.5 y 17.3).

·       POSPONE SINE DIE LA CARRERA Y PROMOCIÓN DE TEUS Y CEUS, QUE QUEDAN TAMBIEN EN MANOS DEL GOBIERNO (Transitorias 1ª Y 2ª) SIN NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

·       Acaba con el actual modelo de quinquenio, que dejará de ser el complemento universal que da algo de lustre a nuestras nóminas (Artículo 16.3 y 16.6).

·       Sólo algunas de las actividades docentes computan dentro de la dedicación del PDI (cotejar Artículos 9.1 y 14.10).

·       Despoja a los futuros funcionarios de sus méritos anteriores al ingreso en los cuerpos docentes a efectos de retribuciones e incentivos (Artículo 17.3).

·       Acaba con la ilusión de la carrera investigadora: no hay más que PRECARIZACIÓN y vulneración del derecho a la negociación colectiva en los contratos de investigadores (Artículo 5.2 y 5.3).

·       Vulnera la Ley Orgánica de Universidades (Artículo 48), introduciendo la contratación de PERSONAL DOCENTE POR OBRA O SERVICIO para encargos docentes especializados de duración limitada, apoyo de los procesos de enseñanza-aprendizaje o innovación educativa (Artículo 5.1 y 5.2.d).

·       OLVIDA a contratados administrativos, becarios, Cajales, Juan de la Cierva, � (Artículo 1).

·       Introduce subrepticiamente la contratación a término de Profesores Contratados Doctores, contra lo establecido en la Ley Orgánica de Universidades (Artículo 52).

CC.OO. INSTA A TODO EL PROFESORADO A SEGUIR LA INFORMACIÓN SINDICAL QUE PERIODICA Y PUNTUALMENTE SUMINISTRAREMOS, A ACUDIR A LAS ASAMBLEAS INFORMATIVAS QUE VAMOS A CONVOCAR Y A ESTAR PREPARADOS PARA APOYAR NUESTRAS LEGITIMAS REIVINDACIONES LABORALES



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miércoles, 11 de julio de 2018

Retropost (11 de julio de 2008): Tercer contencioso



Nos despedimos de este curso al modo tormentoso, poniendo pleitos. Ya es el tercer recurso contencioso administrativo que planteo contra la Universidad de Zaragoza:
— El primero, el de la oposición a cátedras. Aquí está la historia de este caso.  Actuación irregular y trapichera de un tribunal, protegida luego por el Rectorado del antiguo rector Pétriz.
Este recurso lo perdí en el juzgado de lo contencioso administrativo con una actuación en la que el juez se cubrió de gloria. Vamos, como no es infrecuente que suceda hasta en la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo o el Constitucional, donde se suelen infringir o ignorar (cuando sus señorías lo estiman oportuno) hasta los principios más básicos del derecho. Pues aquí, parecido. Ahora está pendiente de recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, pero no tengo muchas esperanzas de que llegue a nada, vista la vía que ha tomado el asunto.  

— El segundo contencioso se verá en mayo del año que viene, un recurso contra la inactividad de la Administración. Se refiere a la actuación irregular de nuestro departamento excluyendo de la docencia de postgrado a quienes no pertenezcan a grupos de investigación. Aquí el Rectorado nos dio la razón a los recurrentes, pero luego no ha llevado a efecto sus propias resoluciones, ni les ha corregido los papeles ni las actuaciones a quienes actúan (según criterio del propio Rectorado) irregularmente. Otra de traca, vamos. Lo que solicitamos es la aplicación de la resolución del propio Rectorado.

— El tercer contencioso va referido a lo mismo: contra la nueva normativa del departamento según la cual no quedan ya excluidos de segundo y tercer ciclo quienes no pertenezcan a los grupos de investigación, pero "se da la preferencia" a los que sí pertenezcan. Efectos, los mismos, con otras palabras.

Al entender de nuestros colegas, enlazados en grandes corros de la patata, la pertenencia a un grupo es un mérito que eclipsa a todos los demás. No cuenta la investigación efectivamente realizada, pues no se llegan a baremar los méritos: donde hay Miembro de Un Grupo, ábrasele paso, pues goza de la bendición de la Coordinadora y de los Co-coordinadores, y de los Co-Colegas.

Y quien no esté de acuerdo, que vaya a los tribunales, porque al Rectorado esto le parece genial como criterio, aunque nunca lo pondrá por escrito. A nuestro recurso de alzada contra esta normativa, dio la callada por respuesta. Otra posibilidad, claro, es que al Rectorado más bien le traigan al pairo los criterios que emplean los departamentos para repartir la docencia, o los chanchulletes que se monten. Pero cuando vaya su abogado a defender esto ante un tribunal, bien tendrá que echarle fe y cantar las excelencias de la pertenencia a equipos de investigación como mérito clave y piedra de toque de todo el sistema. Pues allá ellos, lo que eligen defender—si de mí depende, ya mostraré cómo eso es incoherente con las propias resoluciones anteriores del Rectorado.

Y si gana la universidad este contencioso, pues genial: que se aplique el sistema a toda la Universidad, y que nos digan de una vez que es obligatoria la pertenencia a los grupos de investigación. Y que cambién la redacción de los Estatutos. Pero eso, ves, ya gusta menos, porque aquí lo que de verdad mola es que haya una ley en cada rinconcillo, la que dicta el jefe del corral de turno. Eso es lo que menos problemas le trae al Rectorado—o eso se piensa, al menos.

Contra esa política oportunista y carente de principios sólo se puede hacer una cosa: recurrir fuera, a los juzgados. Y que sea lo que el juez dictamine. Esperanzas no tenemos muchas, de nada. Porque es una manera de hacer que se lleva no sólo en esta Universidad, sino que es típicamente española. Y cada vez más—cada corronchico, con su leyecica, y la letra de la ley "de verdad", pues... "incomprensible" para todos, y hasta para los jueces que habrían de aplicarla. La letra dirá lo que ellos dicen que dice, una vez olvidados o tergiversados los aspectos que molesten. Que sería muy jorobado el hacerla cumplir, si la gente se acostumbrase a exigirlo. Menos mal que no hay mucha costumbre de hacerlo, y contra el vicio de pedir, ya se sabe.








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sábado, 30 de junio de 2018

Retropost (30 de junio de 2008): Grupos de investigación o de apoyo mutuo



(Texto enviado hoy al Rincón de Opinión de la Universidad de Zaragoza)

Es necesario que el Rectorado aclare hasta qué punto, y en qué ámbitos, es obligatoria la pertenencia de los profesores a grupos de investigación.

Los grupos de investigación pueden adquirir, en una estructura jerarquizada y con tendencias feudales como la Universidad, una preeminencia indebida que los convierte en estructuras organizativas en la sombra que interfieren con el funcionamiento normal de los departamentos.

En nuestro departamento de Filología Inglesa y Alemana, los nuevos postgrados han sido elaborados por estos grupos subordinándolos a sus intereses y creando normativas ad hoc que excluyen a profesores del departamento más antiguos (y con más currículum en la materia) pero que no pertenecen a esos equipos. Se exigía en principio la pertenencia a los equipos para poder dirigir tesis o impartir clases en segundo ciclo. Esta normativa abusiva fue anulada repetidamente por el anterior Rector, pero los equipos (con el apoyo de la Dirección a la que controlan) han continuado retorciendo la normativa para que surta los mismos efectos, y se siga excluyendo a las mismas personas.

¿Es aceptable que la docencia oficial de la Universidad esté sometida a los intereses particulares, particularísimos a veces, de los equipos de investigación? El Rectorado anuló esa normativa inaudita, pero en la práctica ha dejado que se siga llevando a efecto, al no corregir las decisiones contrarias a derecho del Departamento. El asunto se encuentra actualmente en contencioso administrativo.

Es importante que la Universidad establezca normas claras sobre cuáles son los límites aceptables para el apoyo mutuo de los miembros de los equipos de investigación. Y eso requiere, entre otras cosas, establecer criterios claros sobre las normativas de asignación del encargo docente. Lo contrario resulta en comportamientos feudales y de acoso laboral para las personas que no se juramentan, a modo de un partido político, para sacar adelante los intereses de los miembros de su equipo de investigación por encima de otros, igual de legítimos o más, de las personas que no pertenecen a esos grupos. La actuación equívoca del Rectorado en este sentido no resultará sino en más conflictos donde no debiera haberlos, y más asuntos que terminarán en los tribunales de justicia por no haberse resuelto donde debían.


A lo aquí dicho añadiré que los Estatutos de nuestra Universidad, si bien favorecen la creación de grupos de investigadores, también dicen que eso se hará sin menoscabo a la investigación individual.

Y que los requisitos previos o preferentes que regulan qué currículum se puede comparar con cual en la Universidad están establecidos por la ley: y son la posesión del título de Licenciado, el de Doctor, y la pertenencia a los cuerpos docentes de la Universidad. Es trampa decir que de entrada los currícula de los miembros de un equipo valen más, independientemente de su contenido, y pasarlos por delante de los demás sin respetar la jerarquía y sin entrar a baremar méritos, como se hace en nuestro departamento.

No se pueden suprimir por votación en un departamento los derechos garantizados por una norma superior, ni se puede inventar allí que además hace falta tener un mérito-llave especial para poder baremarte, como podría ser el tener un máster en una universidad americana, o Premio Extraordinario de Doctorado, o pertenecer a tal o cual partido político, o aportar una subvención externa a la Universidad. Exigencias ad hoc de este estilo, aunque sean establecidas por votación por un corrillo hegemónico en un departamento, son ilegales.

Y si el Rectorado no las anula (que sí lo ha hecho en el caso que nos ocupa) o no cuida de evitar que se lleven a efecto sus resoluciones de anularlas (que no lo ha hecho), serán los tribunales de justicia quienes tomen cartas en el asunto.




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martes, 22 de mayo de 2018

Retropost (22 de mayo de 2008): Preferencias exclusivas



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Hoy ha habido reunión de la comisión de Postgrado, donde se cambia la presidencia de la Dra. Herrero por la del Dr. Plo. Pues enhorabuena, y que Vd. la presida bien. Pero ojillo, que yo también la presidí esta comisión durante años, el siglo pasado, y ahora ni me autorizan a dirigir tesis en el programa de postgrado.

Bien, pues en la reunión no se tenía o no se quería tener noticia de este escrito contra nuestra exclusión del postgrado, y eso que lo habíamos entregado con sello de entrada dirigido a tres de los asistentes. (Luego resulta que algunos sí sabían de él). Pero no se quería contestar—y de hecho en eso han quedado la presidenta de la comisión, Dra. Herrero, y la directora del postgrado, Dra. Onega: en que no se pensaba darnos ninguna contestación por escrito. Y cuando hemos pedido que se hiciese constar en acta que no se pensaba dar ninguna contestación por escrito, también nos han dicho que nanay, que no constaría. (¡¡!!—Aunque eso habrá que verlo. Porque aún estamos obligados a seguir los procedimientos administrativos, me parece).

Sin embargo el nuevo director, Dr. Guillén, ha dicho que haría una consulta al (también nuevo) rectorado sobre este tema que quedó mal resuelto y sin respuesta el año pasado.

La Dra. Onega nos ha explicado (pero sin querer poner su explicación por escrito) que los durísimos criterios de la ANECA impiden que participe en los programas de doctorado de calidad nadie que no pertenezca a un equipo de investigación financiado.

El año pasado, nos ha explicado la Dra. Herrero (pero también sin quererlo poner por escrito), como los muñidores del postgrado "no entendían" que el Rector hubiese declarado contrario a derecho esto de excluir a funcionarios de carrera de la docencia por el hecho de no pertenecer a sus equipos de investigación, hicieron una consulta al Secretario de la Universidad. Respuesta que no nos consta, porque tampoco está puesta por escrito, y sin embargo surten efecto estos oráculos cuando interesa...

Pues les contestó, así improvisando, el Secretario (nos dicen) como sigue: que podría entenderse que si era contrario a derecho el utilizar la pertenencia a grupos de investigación como criterio EXCLUYENTE, en cambio igual colaba (el término es mío) utilizar esa pertenencia como criterio PREFERENTE:  es decir—que se da la PREFERENCIA a los que pertenecen a los grupos, y se excluye a los demás. Y listo. ¿Ven qué fácil es interpretar lo que nos conviene? En cambio la resolución del Rector, que esa sí está escrita, "no se entiende".

Esta interpretación tergiversadora y prestidigitadora, que se le atribuye al Secretario, deja la resolución del Rector en letra muerta. Así que le gustó a la coordinadora, a la presidenta de postgrado y dirección, o la encontraron práctica, y entonces, PREFERENCIA EXCLUYENTE que te casco—y se vuelve a utilizar este criterio "preferente" como único determinante, contra la letra y contra el espíritu de la resolución del rectorado. Que es lo único que hay como resolución por escrito al respecto.

O sea, que ya puedo tener trienios, quinquenios, sexenios o libros o lo que quiera: el único criterio que va a misa aquí—pero que no me sienta excluido, por favor—sigue siendo la pertenencia a los equipos de catedráticos y adláteres, o sea, el criterio que el Rector declaró ilegal.

A este nivel de prestidigitación lingüistica estamos... y es que aquí hay gente que ha leído a Orwell—o mejor dicho, a Napoleon—con provecho:
"Todos los animales son iguales, pero algunos son más iguales que otros".

A esos, démosles la PREFERENCIA. Los demás quedarán automáticamente excluidos, si no han tenido la prudencia de excluirse a sí mismos de antemano, como se espera de ellos.



... y criterios sin criterio

Una cierta clarificación de criterios sí ha salido de la reunión de hoy, sin embargo:  la Dra. Onega ha declarado que hace suyos los criterios de calidad de la ANECA, adaptándose a los nuevos tiempos, y ateniéndose a lo que le pidan: su criterio de lo que es calidad no es determinado por su cerebro y juicio, sino por la ANECA, al menos entendida a su manera (que llamaremos ANECA/Onega): la medida de la calidad no es (por ejemplo) obtener resultados de investigación, hacer publicaciones, obtener sexenios de evaluación positiva, etc.: sino que la medida única y exclusiva de calidad y excelencia es "tener un proyecto vivo de investigación" (vivo quiere decir subvencionado por organismos oficiales, en el lingo Newspeak éste). Todo otro criterio sobra o no cuenta. Ah, no: también dirigir tesis es criterio—claro, porque ese es otro que yo no cumplo. Si no se me admite al programa de postgrado, es cierto que mal podré dirigir ninguna tesis. 

Yo he observado que parece existir entonces una ligera confusión de criterios: si los criterios que el Rectorado declara abusivos y contrarios a derecho son por el contrario exigencias mínimas para la ANECA.... aquí hay un desencuentro o algo que no casa, ¿no? Por no mencionar los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, que dicen en su artículo 119 que el fomento de la investigación en grupos es deseable, pero jamás obligatorio, y que "La pertenencia a grupos no podrá ser requisito absoluto o excluyente de adjudicación de recursos" dinerarios—¡cuánto menos, supone uno de adjudicación de docencia en un segundo ciclo, o de habilitación para dirigir tesis doctorales!

La explicación de la Dra. Onega es que el Rectorado no se entera de los nuevos vientos que soplan y nuevos tiempos que corren, y de ahí que se le pongan objeciones a su proceder, al menos con la boca pequeña.

La Dra. Onega, desde luego, lo tiene claro y ha hecho una declaración muy explícita al respecto, diciéndome que yo estaba anclado en los años 80, y que ella es el futuro.  "¿No ves que no tienes Calidad, JoseAngel?" —Aunque ha reconocido que igual la ANECA se cae con todo el equipo próximamente, pues sus criterios durísimos tampoco son universalmente aplaudidos... —y entonces supongo que si llega otro viraje y patinazo ministerial, ella cambiará de criterio súbitamente, al desaparecer la fuente de las instrucciones y del criterio. Y todo el departamento en fila india detrás.

¿Así que ahora la Universidad debe aparcar su criterio experto, y plegarse al que ya le viene dado por los dictámenes de la ANECA/Onega, y orientarse exclusivamente por las directrices que le lleguen de esta agencia—aun cuando lleguen como mercancías averiadas?  Hombre, faltaría más. Pues todos los que apoyan esta manera de actuar, asintiendo en silencio, también están haciendo una cierta dejación de criterio, permítanme que les diga.

Conmigo que no cuenten para estas dejaciones de criterio. Yo, por el contrario, he manifestado hoy también muy claramente mi desacuerdo con la calidad entendida de esa manera, o reducida al absurdo de esa manera: hay muchos otros indicios y criterios posibles de calidad. Y, en cualquier caso, para determinar qué es calidad y qué no lo es, me atendré a mi criterio, que para eso soy Doctor, a lo que yo vea relevante en la realidad multiforme, y no a las instrucciones que me manden cuadriculadas en un impreso inspirado por el proyectista ministerial de turno.

Qué se fizo de la ministra Sansegundo. Las Pilares del Castillo, qué se fizieron...

Dó son los libros blancos de antaño. Y aquellos proyectos chapados que traían...






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domingo, 18 de marzo de 2018

Retropost #2064 (18 de marzo de 2018): Inhibición, y que actúen las Fuerzas Vivas

Sustancia de mi quejumbrosa intervención de hoy en el Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana de la Universidad de Zaragoza:

Deseo que conste en acta mi protesta por el tratamiento que se ha dado en el Departamento de Filología Inglesa y Alemana a la reforma de los planes de estudio y la implantación de nuevas titulaciones y estudios.

La Comisión de Planes de Estudio ha venido funcionando muy deficientemente durante estos años, y eso debe achacarse no sólo a la actitud deliberadamente pasiva de sus presidentes sucesivos (Dra. Onega, Dr. Deleyto, y ahora Dr. Inchaurralde), sino a la aprobación que ha tenido esa pasividad por parte de la Dirección del departamento. Desde el año 2003 vengo reclamando que ese departamento debata el futuro de sus titulaciones propias, y el sentido en que deberían reformarse. Nunca se ha sometido a debate esta cuestión en un Consejo, ni en las reuniones de la Comisión de Planes de Estudio, como puede comprobarse fácilmente en sus actas. En unos años en los que se están diseñando e implantando los planes de estudio de varias titulaciones de importancia crucial en la actividad de este departamento (Máster de Estudios Ingleses, Máster de Traducción, y Grados de Lenguas Modernas y de Estudios Ingleses), esta comisión jamás ha examinado, debatido, diseñado ni dado a conocer un solo plan de estudios o ni ha emanado de ella una propuesta relativa a ellos. Sí ha expresado en cambio la voluntad de inhibirse en esta cuestión, como puede verse en sus actas presentadas a este consejo. Inexplicablemente, ha sido más activa con respecto a los planes de estudio de otras áreas de conocimiento que con respecto a los de las titulaciones que son propias del área de Filología Inglesa o en las que Filología Inglesa es mayoritaria.

El último plan de estudios, el del Máster de Traducción, lo ha aprobado a nivel departamental la Comisión Permanente, vulnerando una vez más sus funciones propias, sin que la comisión de Planes de Estudio llegue ni siquiera a opinar sobre él. Ya se actuó indebidamente cuando se propuso como un Estudio Propio de la Universidad siguiendo cauces totalmente extraoficiales y ajenos a la supervisión del Departamento—como si un estudio propio fuese cosa privada y no hubiese de estar sometido al control de los órganos competentes según los Estatutos. El Máster de Estudios Ingleses se diseñó a puerta cerrada y sometido a los intereses de un grupo de profesores que, en efecto, sí lo votaron como un paquete cerrado e inmodificable en el Consejo de Departamento. Lo hicieron además imponiendo criterios docentes contrarios a derecho, en una actuación que fue anulada por el Rector y que actualmente se encuentra en los tribunales visto que no se corrigieron sus irregularidades.

Y en lo concerniente al Grado de Estudios Ingleses (así como el de Lenguas Modernas), las enseñanzas principales impartidas por este departamento, la Comisión de Planes de Estudio del Departamento ha delegado en unos profesores que ni han expuesto al Consejo de Departamento su concepción de estos grados ni lo van a hacer. No sabemos si el Departamento quiere o no quiere incluir en estos grados tal o cual materia, la lengua instrumental, o la historia de la lengua, pongamos, porque el Departamento jamás se ha pronunciado al respecto. Por ello difícilmente puede creerse que estos delegados estén representando la postura tomada por el Departamento en la comisión que vaya a diseñar este grado a nivel de Facultad. Se representarán a sí mismos, o a sus grupos de interés: con el visto bueno del Consejo, pero eso no es lo mismo. Esta manera de proceder, por corrillos y feudos, sin debate abierto y sin seguir las vías administrativas establecidas, es impropia de una institución pública.

La dejación que hace el Departamento de sus funciones puede comprobarse también en su pasividad frente a la creación de un Centro de Lenguas Modernas que invade sus competencias estatutarias, sin que el Departamento tenga otra modalidad de coordinación con este órgano que no sea el conflicto a la hora de dispurtarse la docencia oficial. Tal centro no tiene sentido en el marco de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, si se desea mantenerlo al margen de los departamentos competentes. Por lo tanto, las actuaciones del Rectorado o del Consejo de Gobierno que limitan o invaden antiestatutariamente las competencias de este Departamento deberían ser objeto de un recurso contencioso administrativo a iniciativa del propio Departamento, en lugar de dejar hacer al Rectorado lo que buenamente le parezca, sea o no acorde a la normativa básica.

La pasividad o la dejación en todas estas cuestiones a grupos de interés o instancias que no son estatutariamente competentes lleva a graves incumplimientos de la función propia de los Departamentos en la organización de la docencia, y al quebrantamiento de la normativa universitaria que nos habría de regir a todos por igual.

Como siempre, estas protestas no surten efecto alguno, pues las actuaciones departamentales son refrendadas por el voto organizado de los Clubs de Apoyo Mutuo o Equipos de Investigación.

Aunque hoy por poco peligra el visto bueno a la actuación del Director. El Dr. Inchaurralde ha sometido a votación su informe de gestión, donde no se mencionaba por supuesto nada de lo arriba dicho, y ha salido aprobado el informe por 16 votos a favor, 15 en contra, y 9 votos en blanco. Los abstencionistas se han abstenido de figurar.

Se cierra así (not with a bang, but with a whimper) este cuatrienio, y se convocan elecciones a Director de Departamento—que tendrán lugar probablemente en la segunda quincena de abril. En esto vamos con las elecciones a Rector, con las de Zapatero, con las de EE.UU. y con las Olimpiadas. Como siempre, no había un solo representante de estudiantes en el Consejo, ni lo habrá cuando se vote al nuevo Director. Es la dinámica ya establecida en los Nuevos Tiempos.





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viernes, 2 de marzo de 2018

Retropost #2034 (1 de marzo de 2008): Inactividad de la Administración

Hemos interpuesto la Dra. Penas y yo mismo un recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración, en concreto de la Universidad de Zaragoza, por no aplicar sus propias resoluciones sobre recursos anteriormente presentados.

La fecha del juicio prevista es otra prueba de la inactividad de la Administración: será el 6 de mayo de 2009 (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Zaragoza, 12 h.). Esto por actuaciones contrarias a derecho en nuestro departamento de Filología Inglesa (Universidad de Zaragoza) que comenzaron en 2005.

De lo que se deduce que los atropelladores de derechos y mangoneadores en la Administración tienen todas las de ganar: aun cuando la justicia deshaga el entuerto, habrán tenido cuatro años de ventajismo, y entretanto pueden haber empezado a acosar por otro sitio. Que ya están en ello, no lo duden.

La culpa, en cuanto responsable último, es del Rector—ahora rector en funciones, Felipe Pétriz: que habiendo resuelto dos recursos sobre esta cuestión a nuestro favor, luego no ha cuidado de aplicarlos cuando se han desoído o toreado esas resoluciones suyas, y ha optado por contestar a nuestras protestas con silencio administrativo.

Yendo más a la raíz de la cuestión son responsables los coordinadores del postgrado de nuestro departamento: los doctores Susana Onega, Francisco Collado, Celestino Deleyto e Ignacio Vázquez, que contrariamente a derecho (según resolvió el Rector) han reservado los estudios de postgrado y la prerrogativa de dirigir tesis en nuestro departamento únicamente para los miembros de sus equipos de investigación. Sistema feudal, vamos. Y son por supuesto esos miembros quienes les han votado y apoyado en esta actuación contra derecho, para beneficiarse del coto.

También le toca su parte de responsabilidad al director del Departamento, Dr. Carlos Inchaurralde, que ha permitido que el Departamento aplique esas normativas internas ilegales, y ya anuladas repetidamente, pero que siguen en vigor. A día de hoy, seguimos sin poder dirigir tesis doctorales y sin poder optar a docencia del nuevo segundo ciclo—cuando toda la vida hemos impartido segundo y tercer ciclo. Pero un día le entró esa inspiración a la Dra. Onega, que es quien toma estas decisiones y es seguida en fila india por los demás profesores, ya sea votando en silencio (si no son catedráticos), ya sea argumentando con apasionamiento lo que toque defender ese día (si son catedráticos). Tampoco cabe la menor duda para quienes conocemos el ambiente de que si la Dra. Onega decidiese apearse de la burra o cambiase de criterio, irían todos detrás como un solo hombre. Qué triste.

¿Y por qué siguen en vigor estos criterios si han sido anulados por instancia superior? Pues porque aunque el Rector resuelve que se han hecho cosas contrarias a derecho, y papeles irregulares, no le llega la capacidad operativa hasta ordenar al órgano inmediatamente superior que enmiende lo mal hecho. Qué digo amonestar o sancionar a quienes vulneran la normativa: es que el Rector se niega (por omisión y silencio administrativo) incluso a corregir los papeles mangoneados. Prefiere no intervenir, y que sigan campando a sus anchas los grupillos de poder locales, si eligen no obedecerle. Supongo que es su idea de la buena administración. Pues califica por sí sola.

Estas situaciones normalmente se resuelve por cansancio y desistimiento de los acosados, al toparse con la inactividad de la administración, que trabaja a favor del feudalismo y mangoneo. Pero nosotros aún estamos animosos. Así que a contencioso administrativo nos vamos—que arrieros somos.



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martes, 23 de enero de 2018

Retropost #1971 (23 de enero de 2008): Grupos y prisa






Remitente: Dr. José Angel García Landa, Departamento de Filología Inglesa y Alemana.
Destinatario: Sr. Director del Departamento de Filología Inglesa y Alemana, UZ.
Asunto: Solicitud de convocatoria de comisión de Planes de Estudio
Fecha: 23/1/08


Sr. Director:


Como Vd. sabe, estamos en la fase de elaboración planes de
estudio para la implantación de las nuevas titulaciones de Grado. No
creo necesario extenderme sobre la trascendencia de este proceso para la
actividad de este departamento. Por ello me sorprende que todavía no se
haya convocado ninguna reunión de nuestra Comisión de Planes de Estudio
con vistas a remitir a la comisión de la facultad las propuestas de
este departamento, y más en concreto en lo relativo al Grado de Estudios
Ingleses,

Conviene recordar que tanto la
Dirección como los miembros de la Comisión de Planes de Estudio
expresaron su compromiso de que las reuniones de ésta serían abiertas al
profesorado del Departamento que desease asistir a ellas, por lo que se
debería hacer pública su convocatoria.

Sería
muy indeseable que se incumpliese este compromiso, y que nos
encontrásemos, como sucedió en el caso del Postgrado, con prisas
súbitas, obligados a votar una propuesta desconocida para la mayoría, y
elaborada en una reunión particular de un grupo de profesores.
Recuérdese que esta manera de proceder condujo en última instancia a dos
resoluciones del Rectorado en contra de los criterios de ordenación
docente de este Postgrado, resoluciones que a fecha de hoy siguen por
cierto sin cumplirse.

Si se deja correr el
tiempo apremiarán los plazos y nos veremos una vez más en esa situación
de falsa prisa. Solicito por tanto que a la mayor brevedad se convoque
una reunión de la Comisión de Planes de Estudio del Departamento, y que
se invite a asistir a ella a los profesores del Departamento que lo
deseen.

Zaragoza. 23 de enero de 2008

José Ángel García Landa


(PS: Vaya, efecto fulminante. Primera vez que sucede con un
escrito mío, así que debe ser coincidencia. Apenas cuatro horas después,
se nos invita a la reunión de la comisión de planes de estudios–si bien
NO para elaborar una propuesta de plan de estudios, sino para tomar
decisiones sobre la "
actualización y representación del Departamento respecto a las Comisiones que se han const[itu]uido y se están constituyendo para los nuevos estudios de Grado". Cosa
que no es incompatible, en absoluto, con mis sospechas. Veremos qué
propuesta "del departamento" llevan estos representantes. Llevo desde
2003 más o menos pidiendo que se reúna esta comisión para elaborar una
propuesta de plan de estudios que pueda decirse que emana del
departamento, y no de un grupo particular de profesores reunidos
huis clos en
petit comité. No se reunió la comisión para preparar el postgrado, y me
temo que tampoco lo va a hacer para el grado. Claro que en todos estos
años ha estado presidida por un profesor u otro de ese grupo
particular—y supongo que consideran que es suficiente representación con
que esté informado el presidente de la comisión, aunque no se lo cuente
a nadie, y mantenga sin reunirse a la comisión que preside, durante
años).

PS, continued: En la reunión, la coordinadora de
la sección de ESP se queja de la total pasividad del departamento
frente a las reformas o implantaciones de planes de estudio que están
teniendo lugar. Nuestro departamento básicamente está a la espera de lo
que le caiga encima, en lugar de intervenir activamente en el proceso de
diseño de titulaciones, y luego se quejará de lo que le caiga o no le
caiga encima.  Da vergüenza ajena la situación descrita por la
coordinadora. Por cierto, que según nos dice otra profesora, la
situación a nivel de junta de centro no es mucho mejor, y la Facultad
también está esperando a ver lo que le aterriza encima, en lugar de
tener una política clara sobre qué titulaciones quiere y cómo deben ser.
El caos, pasividad o desinterés que se aprecia en nuestro departamento
parece ser mal de muchos.

En cuanto a la titulación de
Estudios Ingleses, intervengo para solicitar que esta comisión se reúna y
haga su trabajo de diseñar una propuesta departamental. Me dicen que sí
se han reunido—pero será en secreto, y sin producir actas. Ni plan de
estudios. De hecho, sucede lo que me suponía: el Dr. Deleyto, presidente
de la Comisión de planes de estudio del departamento, opina que no es
necesario que esta comisión haga una propuesta de plan de estudios: que
ya lo harán los miembros designados para la comisión a nivel de
facultad. Yo arguyo que bien representarán a alguien esos miembros,
además de a sí mismos, pero esto parece irritar sobremanera al Dr.
Deleyto. Observo sin embargo que la Dra. Onega comparte mi opinión, cosa
que no sé si tendrá algún efecto en las decisiones que se acaben
tomando. Si ni el director del departamento ni el presidente de la
comisión de planes de estudio parecen interesados en que el departamento
tenga una propuesta sobre qué plan de estudios quiere, parece probable
que nos quedaremos sin una.

Lo cual no quiere decir que
quienes vayan a esa comisión que diseñe el plan de estudios en la
Facultad no vayan a tener su propia propuesta, no consensuada en el
Departamento. Según previsto.

Otro resumen me dan: "Primero como quieran, después como sepan, y luego como puedan".



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lunes, 20 de noviembre de 2017

Retropost #1869 (20 de noviembre de 2007): Centro de Lenguas Modernas - al amparo de qué


Centro de Lenguas Modernas-al amparo de qué

Publicado en Universidad. com. José Ángel García Landa

Se puede leer en el último Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza de fecha 13 de noviembre un acuerdo del Consejo de Gobierno de esa misma fecha (esto va rápido) por el cual se constituye el Centro de Lenguas Modernas de la Universidad de Zaragoza, transformando el actual Instituto de Idiomas. Un centro universitario sin profesorado de los cuerpos docentes universitarios, y donde los profesores son personal de administración y servicios y contratados laborales. Quizá sea una visión del futuro, incluso...

El Instituto de Idiomas, siendo una creación loable en sus fines, y que ha venido desempeñado una gran labor, nunca ha tenido una ubicación fácil desde el punto de vista administrativo en la Universidad. Recuerdo una temporada (hará unos dieciocho o veinte años) en que repentinamente se adscribieron los profesores de los distintos idiomas a cada uno de los departamentos universitarios correspondientes. El de ruso fue a aterrizar en nuestro departamento de Filología Inglesa y Alemana, amén claro de todos los de inglés y los de alemán. Claro que los profesores del Instituto seguían siendo personal de administración y servicios... Esto debió conducir a alguna reductio ad absurdum administrativa, y prontamente se deshizo lo hecho y se les extrajo de los departamentos universitarios tan rápidamente como se les había insertado. Alguna idea brillante que no funcionó.

Pues mucho me temo que estamos repitiendo la maniobra, por otro lado. Ahora el Consejo de Gobierno busca dotar de un marco legal al Instituto de Idiomas, y veamos lo que dice al respecto el acuerdo por el que se crea este Centro de Lenguas Modernas:


Primero. Marco legal
La Universidad de Zaragoza, al amparo del artículo 25 de los Estatutos, constituye su Centro de Lenguas Modernas (en adelante, CLM) al amparo de la figura de “otros centros” y concebido como una estructura transversal a las Facultades y Escuelas, para el desarrollo de la enseñanza instrumental de idiomas en la Universidad.

Y punto. La idea ya se ve ve por dónde va—ubicar esto en algún sitio. Lo malo es que los Estatutos de la Universidad de Zaragoza tienen otros artículos aparte del 25, por ejemplo el artículo 7, donde se definen los Departamentos de la universidad y sus funciones:

Art. 7. Concepto
Los departamentos son los órganos encargados de coordinar las enseñanzas propias de sus áreas de conocimiento en uno o más centros de la Universidad de Zaragoza y de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras de su profesorado.

Observemos que no dice "enseñanzas oficiales", sino "enseñanzas propias de sus áreas de conocimiento" (por ejemplo, los idiomas son enseñanzas propias de las áreas de conocimiento de Filología). Y tampoco dice "en las Escuelas y Facultades", sino en "centros", en general. Aunque el articulado sobre "otros centros" prevé que tengan normativa propia, autonomía, etc., bien habrá de entenderse que esa normativa no puede contradecir a otros puntos de los Estatutos. Y veamos cuál es la definición de "área de conocimiento":

LEY ORGÁNICA 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Artículo 71. Áreas de conocimiento.
1. Las denominaciones de las plazas de la relación de puestos de trabajo de profesores funcionarios de cuerpos docentes universitarios corresponderán a las de las áreas de conocimiento existentes. A tales efectos, se entenderá por área de conocimiento aquellos campos del saber caracterizados por la homogeneidad de su objeto de conocimiento, una común tradición histórica y la existencia de comunidades de profesores e investigadores, nacionales o
internacionales.

2. El Gobierno establecerá y, en su caso, revisará el catálogo de áreas de conocimiento, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria.

Esta es la definición oficial y legal. Observemos que en contra de lo que algunos parecen creer actualmente, no se crean las áreas para los cuerpos docentes, sino que los cuerpos docentes se ajustan a las áreas. Pues éstas son un concepto más amplio y fundamental, no limitado a la estructuración de cuerpos docentes universitarios.

En suma, que los Departamentos son responsables de la organización de todas las enseñanzas de sus áreas de conocimiento en la universidad, sean o no oficiales, y estén involucrados en ellas o no los Cuerpos Docentes Universitarios. Me temo que estamos viendo aquí un capítulo más de la devaluación de las áreas de conocimiento como concepto administrativo, una devaluación muy avanzada ya en la LOU y la LOMLOU. Pero... por devaluadas que estén, siguen existiendo, esas áreas de conocimiento, en un rincón de la legislación, y reposa sobre ese concepto mucho más de lo que parece, y mucho más de lo que se querría desde el punto de vista puramente administrativo (pues esas áreas suponen barreras para la libre reordenación y disponibilidad del profesorado para múltiples tareas... la realidad es tozuda, y no se deja administrar perfectamente).

La palabra "Departamentos" no aparece en esta normativa por la que se crea el Centro de Lenguas Modernas. Se organiza en "Secciones" correspondientes a cada idioma, pero sin imbricación alguna con los departamentos univesitarios. Y es que se tiene la intención de seguir manteniendo este centro, con uno u otro nombre, al margen de la estructura de los departamentos de la Universidad de Zaragoza. Posiblemente por una conjunción de intereses: ni a los departamentos de Filología les interesa meterse en este tema, ni a los del Instituto de Idiomas (ahora CLM) les interesa que se les metan. En nuestro departamento, al menos, jamás se ha mencionado esta cuestión en ningún Consejo.

Pero este desinterés es una base insuficiente, me temo, como marco legal. El que algo interese a dos partes por igual (y ninguna vaya a recurrirlo) no quiere decir que ese algo se atenga a derecho, o deje de incurrir, una vez más, en absurdos administrativos. En los cuales no nos embarcaremos impunemente, no... porque las incoherencias suelen acabar pasando factura.

A los profesores de idiomas ya nos pasa factura, directamente: la Universidad devalúa estos estudios (imprescindibles según parece) proporcionándoles un marco legal inestable y contradictorio, y encomendando la mitad de estos estudios a un profesorado al que no se concede el status ni el sueldo de profesorado universitario. Se hace un apaño para que todo salga más barato, con el resultado de que los profesores de idiomas sean en conjunto peor pagados que el resto (porque a la mitad se les da trato aparte). Me pregunto—y me respondo—si las profesiones bien colegiadas, médicos, ingenieros y abogados por ejemplo, se avendrían a perpetuar situaciones como ésta dentro de la Universidad.

(PS: Exponiendo estos puntos en un escrito al Director del Departamento de Filología Inglesa y Alemana, le pido como sigue:

Ruego por tanto que se incluya un informe sobre esta cuestión en el próximo Consejo de Departamento, o un punto del Orden del Día para tratarla, siendo que afecta directamente a la enseñanza de idiomas en esta Universidad y a las competencias de éste y otros departamentos. O que, de lo contrario, se explique al Departamento por qué esta cuestión no entra en el ámbito de sus competencias).





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martes, 19 de septiembre de 2017

Retropost #1790 (19 de septiembre de 2007): Actuaciones en postgrado

Actuaciones en postgrado

Publicado en Departamento. com. José Ángel García Landa


A photo on Flickr

Hemos vuelto a dirigirnos al Rector de la Universidad de Zaragoza para ver si clarifica la situación en el postgrado de Estudios Ingleses, y en general en todos los postgrados—dictaminando si es posible que estas enseñanzas oficiales se la apropien los grupos de investigación (grupos de "intereses especiales" y de apoyo mutuo) excluyendo a los no- miembros, por muy Doctores y Profesores Titulares que sean; y la LOU que cante misa cuando dice eso de "plena capacidad docente e investigadora". El Rectorado contesta, pero contesta tímida y educadamente, sin que parezca chocarle esta apropiación indebida con pisoteo de derechos, y pitorreo, incluidos.

Lo que se ventila es utilizar el apoyo del grupo para pasar por delante de otros profesores más antiguos, Y CON MAS CURRICULUM, a la hora de elegir asignatura. Se les excluye a esos profesores por decreto, y presto, ya hemos dado un salto en la jerarquía. (Jerarquía de cuerpo y antigüedad que se sigue aplicando con inflexibilidad leonina dentro del propio grupo, por supuesto—hasta ahí podríamos llegar). Ah, se me olvidaba. La ventaja de "estar en el máster", currículum y prestigios aparte, es que te puedes diseñar una asignatura más a medida de tus intereses docentes. Y otro pequeño beneficio: el horario de mañana—también te saltas turnos de elección de horario, así como quien no quiere la cosa. Pero claro, estas cosas seguro que no entran en la consideración de las almas puras universitarias, únicamente movidas por el impulso hacia la Calidad. En suma, que los nuevos grupos de investigación vienen funcionando como las viejas cátedras autocráticas: manda el catedrático, y tiene sus protegidos (los miembros del grupo) a quienes favorecerá por encima de los que vayan por libre y no sean catedráticos. Vamos, feudalismo rearmado, contra la letra de la ley que garantiza los derechos de profesores titulares.

La Dirección del departamento deja hacer, y da por bueno todo lo que venga de las cátedras. Y en caso de duda, a votar: que los grupos bien coordinados siempre ganan las votaciones, aunque sea de un democrático más que dudoso eso de suprimir los derechos de alguien por votación. Sobre todo cuando es una norma superior la que ha establecido esos derechos. Pero aquí sólo se entiende el tipo de democracia que manda quien manda. Consciencia de los derechos de los demás, que también son los propios, y de los procedimientos legales: NULA.

Así que hemos impugnado nuevamente las actuaciones de este Departamento en su postgrado (postgrado de Calidad, sí, pero Calidad sin Ley). Extracto del último escrito al Rector:

"Queremos reiterar nuestra denuncia de que la actuación del Departamento (de fecha 15/2/07) en supuesta obediencia a la Resolución del Rector de fecha 22/12/06 no hace sino disimular la exclusión continuada de los abajo firmantes y otros profesores del Programa de Doctorado de Estudios Ingleses. Esto se expuso a V.E.M. en un nuevo recurso de fecha 14/3/07 donde se ruega a V.E.M. vele por la ejecución de las resoluciones del Rectorado. Dicho recurso todavía sigue sin respuesta.

Rogamos que en las resoluciones a estos recursos se haga mención explícita de nuestros nombres, del Postgrado/programa de Doctorado de Estudios Ingleses, y de la actuación concreta del Departamento que resulta contraria a derecho. Rogamos que se ordene de modo explícito nuestra inclusión en el listado de profesores encargados de la dirección de Tesis en este programa de Doctorado (pues cumplimos los criterios vigentes en la Universidad de Zaragoza), que asimismo se explicite que no puede excluirse a los abajo firmantes de la participación en el Máster sobre la base de que no pertenecen a ciertos grupos de investigación. Esta mención completamente explícita se hace imprescindible, pues tanto los coordinadores del Máster como la Dirección del Departamento han manifestado repetidamente, como consta en las Actas, que no son claras o no se entienden las resoluciones del Rectorado relativas a este Postgrado, y se han escudado en esta supuesta ambigüedad de las resoluciones del Rectorado para evitar su cumplimiento.

Reiteramos nuestras quejas al Rectorado por el acoso administrativo a que venimos siendo sometidos por los coordinadores del Máster de Estudios Ingleses y la Dirección del Departamento de Filología Inglesa y Alemana, que pretenden reinventar para nuestro caso las normas generales de ordenación docente de la Universidad, condicionando la capacidad docente de los Profesores Titulares, en unas enseñanzas oficiales, al hecho de que sean miembros de ciertos grupos de investigación—en la práctica, de los grupos dirigidos por los coordinadores del propio Máster."

Bien, pues aún ha habido más actuaciones en postgrado. (Ya lo decía Shakespeare: todo teatro, y todos actores). Hoy había reunión, y la presidenta de la Comisión de postgrado del departamento de Filología Inglesa y Alemana nos ha vuelto a reiterar que no conocía cuáles son los criterios para dirección de tesis en esta universidad, y si se nos estaba excluyendo con razón y derecho. Pues mira que la Comisión de Doctorado de la Universidad, y luego el Rector, se los recordaron, y no hay más que leerse esta página web de la normativa universitaria donde los pone en público y bien claritos.

Como verán, ahí no dice nada de que haya que pertenecer a un equipo de investigación. Pero la presidenta de la comisión de postgrado del departamento, Dra Herrero, como el Director del departamento Dr. Inchaurralde, siguen arguyendo que no entienden la normativa universitaria, que se la explique el Rector un poco más, y a la espera están de que eso suceda. Así que se ha vuelto a desestimar nuestra solicitud de que se nos incluya en el programa de doctorado de Estudios Ingleses.

He constatado, sin embargo, que empiezan a desmoronarse las murallas, y es que la necesidad aprieta. El otro día se aprobó en Consejo, y hoy se ha abundado en el tema, que... bueno, aunque no se incluya a los demás doctores en el postgrado, sí pueden CODIRIGIR una tesis con algún doctor de dentro. Lo cual me ha sonado a "yo pongo el marchamo, y usted (que no le dejo tener marchamo) pone la tesis)". Genial. Pero es sólo un primer paso, este afloje. Porque como digo aprieta la necesidad, y si a los profesores se les veta la entrada al programa, en cambio a los alumnos que se quieran matricular, puente de plata, o se les caza con lazo. Se trata de importar estudiantes y doctorandos al programa, que calidad tiene mucha, pero candidatos, pocos.

¿Solución? Succionemos el alumnado de otros programas. Por ejemplo, de este otro programa del departamento, plan viejo, no europeo, que va a la extinción. Hoy se ha propuesto, y votado (con mi voto en contra) admitir al programa a todos los alumnos que estén cursando el otro programa y así lo soliciten, convalidándoles todo en bloque (cuando este departamento siempre ha hecho morro fino y no convalidaba una asignatura de inglés por otra más que examinando cuidadosamente la plena coincidencia del programa...). Ahora se ha pasado al asalto, y desmantelamiento del otro programa, "para beneficiar a los alumnos". Oigan, a mí también me beneficia si de repente me convalidan la carrera que tengo hecha por otra más, pero no lo van a hacer, ¿verdad?

Así que quien se plantease hacer una tesis en el otro programa.. ya sabe, a hacerla "codirigida" en este postgrado de Estudios Ingleses, que llegó la hora de las rebajas. Supongo que por la misma regla de tres les regalarán los cursos de doctorado a todo el que venga de otra universidad, del programa que sea, con tal de que se apunte a este programa. Me pregunto si eso subirá o bajará la calidad. Es, en todo caso, una actuación decidida en la lucha por la vida.


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