domingo, 14 de mayo de 2017

Retropost #1609 (14 de mayo de 2007): La institución del VERDUGO


Me estoy partiendo de risa el ejespinazo con un libro de José Carlos Bermejo Barrera que acaba de salir, La aurora de los enanos: Auge y caída de las universidades europeas, una sátira socarrante más que socarrona del proceso de reforma universitaria éste en el que estamos embarcados—el de Planificación para la Convergencia Con Europa Mediante la Sinergia con el Tejido Empresarial y Evaluación de la Calidad Oficialmente Entendida. Vamos, que me río por no llorar, porque estoy viendo que mi entorno departamental es de lo típico típico (en la medida en que las Humanidades pueden ser típicas hoy de la Universidad...)—vamos, que parece que haya estado infiltrado el autor con cámara secreta y grabadora en la sala de reuniones del Departamento nuestro. Donde hay mucho especialista en dividir al personal en Listos y Tontos, o gente con marchamo de calidad y gente sin marchamo de Calidad. Criterios de Calidad que luego se emplean—de modo objetivo, claro—para hacer sayos con las capas propias y ajenas, y regular la dinámica de grupos con normas no escritas, una vez se ha interiorizado en el personal la falta de confianza en sí mismos y el temor al Verdugo.
berengario
Aquí pongo un trozo del capítulo 3: "Declaración particular de los derechos de algunos, o doctrina universitaria del derecho y de la virtud."

Título tercero: del gobierno de las universidades

Artículo 22: el gobierno de las universidades ha de basarse en los siguientes principios:
1. establecimiento de la desigualdad y control de las mayorías
2. creación de la riqueza y reparto desigual de la misma
3. represión de la disidencia mediante el ejercicio de las funciones académicas del VERDUGO.

Glosa: todos estos principios se derivan de los artículos anteriores, por lo que no necesitan explicación. Además, dado que en una Declaración particular de los derechos de algunos únicamente deben establecerse las normas fundamentales que rigen el funcionamiento del derecho, y no entrar en los desarrollos normativos concretos, procede pues limitarse a definir las funciones jurídicas esenciales del instrumento fundamental del gobierno: el VERDUGO

Artículo 23: son funciones esenciales del verdugo la ejecución de los reos y la tortura de los mismos

Glosa: ya se estableció anteriormente que la pena de muerte no tiene sentido. Ello no obsta para que el verdugo siga teniendo una función esencial. No obstante, esa función ha de ser redefinida en el marco de la "sociedad del conocimiento". (…)

Artículo 26: Sólo quienes gobiernan el mundo y la Universidad tienen derecho a establecer los significados de las palabras y a fijar los criterios de la verdad y la falsedad.

Glosa: en la "sociedad del conocimiento" la realidad sólo puede ser conocida a través de los medios de comunicación y mediante los lenguajes existentes. A esa realidad se le llama realidad virtual. Los que gobiernan, gobiernan poque conocen la realidad gracias a su inteligencia. Si la realidad es virtual, ellos no sólo tienen derecho a controlarla, sino también a crearla, no sólo de la forma más inteligente, sino también con vistas a mantener la existencia de la desigualdad y a favorecer la producción de las riquezas y su reparto desigual, en aras del bien común. Por ello el producto resultante, además de ser bueno y justo, también será verdadero. Cuando un ser humano no conoce la verdad está equivocado. Cuando está equivocado toma decisiones que le perjudican. Si ello se hiciese colectivamente surgiría el caos social. Por ello, con el fin de evitarlo y lograr el bien común, quienes gobiernan tienen derecho a establecer los significados de las palabras, a regular su uso, y a fijar los únicos criterios válidos de la verdad y la falsedad.

Artículo 27: Serán, pues, las funciones esenciales del VERDUGO:

1. Eliminar todos aquellos obstáculos y neutralizar a todas personas, grupos o instituciones, que se nieguen a aceptar la realidad virtual tal y como es

2. Torturar los lenguajes y los sistemas de comunicación, con el fin de alejarlos de la mentira y obligarlos a aceptar la realidad virtual.

Glosa: todos los sistemas normativos de las universidades deberán estructurarse de modo que se pueda lograr este fin. Una vez que esto se haya conseguido y que se pueda controlar a la mayoría disidente, gracias al incremento de su conocimiento, se lograrán cumplir los fines básicos de los sistemas académicos, a saber:

a) fomentar la desigualdad, gracias a la creación de elites diferenciadas por criterios de excelencia.

b) establecer el gobierno de los inteligentes.

c) permitir y obligar a que los inteligentes se enriquezcan, en aras del bien común.

d) construir un lenguaje y unos sistemas de comunicación obligatorios, que establezcan lo que es real y lo que no lo es, lo que es posible y lo que es imposible.

e) obligar a que la mayoría acepte ese lenguaje y ese gobierno, gracias a la institución del verdugo.

f) continuar denodadamente la ardua labor de instrucción y educación de la mayoría de los tontos, con los fines siguientes:

1. que acepten que son tontos, y que no saben.
2. que acepten que deben ser gobernados por su bien.
3. que acepten que no están capacitados en modo alguno para saber quiénes son y cuál es el mundo en el que viven, y que no se puede salir de la realidad virtual.
4. que sepan que siempre estará presente el VERDUGO.

Entre la lista de Virtudes de la Minoría que siguen: el dogmatismo, la omnisciencia, la prepotencia, la arrogancia, la vanidad, la avaricia, la intolerancia, la lujuria, el paternalismo, la displicencia, la compasión...  (—"pero siempre despreciándolos").

(José Carlos Bermejo Barrera, La Aurora de los Enanos, ed. Foca, 2007; 60-64).







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