lunes, 13 de febrero de 2012

Auto Sacramental

A Baltasar Garzón, en su segundo juicio, lo han absuelto... pero cuidando de dejar bien claro que es un delincuente.

Es especialmente interesante, y reveladora, una frase del auto del Tribunal Supremo que exculpa a Garzón de prevaricación y lo culpa de cohecho impropio—una frase que retrata tanto lo que los jueces piensan en realidad de Garzón, como los criterios torcidos que ellos dan por buenos:

"D. Baltasar Garzón no tiene el deber jurídico de decir la verdad".

Con lo que presuponen los jueces, negro sobre blanco, que está mintiendo—pero que se lo van a pasar, aunque les conste.

Dicen que el cohecho, delito que sí hubo según todos los indicios, ha prescrito y que no procede condenarlo por él. Y, más sustanciosamente, dicen que no hay prevaricación porque no consta que la resolución de Garzón sobre el Banco de Santander, que sí les consta a estos magistrados que se dictó en agradecimiento por el pago, fuese injusta.  ¿Y por qué no consta? Pues... porque eso no lo juzgan, sino que dan por bueno el juicio de Garzón, porque tiene los membretes habituales y se parece a un auto de los de todos los días. Quod erat demonstrandum, y Catch-22.

Les consta, dicen, que Garzón sabía que debía abstenerse en la causa del Santader, y que no lo hizo. Pero no es prevaricación, sin embargo, porque sólo hay prevaricación (dicen) si la injusticia cometida es "patente, clamorosa, ajena a cualquier método de razonamiento jurídico, expresiva de un voluntario apartamiento de lo que es propio de la función judicial". O sea, si la injusticia es de pasar de puntillas, disimuladilla, no patente... mejor no entrar a mirarla más.

Pero aun usando estos criterios pervertidores de la justicia y de la ley, estos julays no se privan de argumentar lo siguiente, para tirarle de las orejillas a Garzón:

"Es cierto que D. Baltasar Garzón no se abstuvo del conocimiento de aquella querella. Ese hecho tiene un significado jurídico incuestionable. Es la mejor muestra de que el deber de abstención que le incumbía fue concientemente [sic] infringido en gratitud por la generosa respuesta que el BSCH había realizado a su petición de ayuda económica. Cuando el imputado, debiendo abstenerse del conocimiento de esa querella, consideró oportuno ocultar al Fiscal y a las partes la concurrencia de una causa que podría perturbar su imparcialidad, estaba demostrando que el deber de agradecimiento generado por la dádiva interfería ya el ejercicio íntegro de su función jurisdiccional."

O esta otra, relativa a hechos probados:

"El querellado contactó con responsables de distintas empresas españolas reclamando ayuda económica para la celebración de cursos en los que él aparecía como director. Todas tenían en común—BSCH, BBVA, TELEFÓNICA y CEPSA—el haber sido objeto de investigación por hechos imputados a sus directivos en el propio juzgado del que era titular el acusado o en otros de la Audiencia Nacional. Además de estas empresas, también contactó con los responsables de ENDESA, llegando a solicitar a todas ellas un total de 2.595.375 dólares. Mediante esas gestiones D. Baltasar Garzón obtuvo para la Universidad que le abonaba sus honorarios, que pagaba a su asistenta personal, que cubría los gastos de escolarización de su hija y que, además, poneía a su disposición una elevada retribución en especie, la cantidad definitiva de 1.237.000 dólares. Todas las empresas que fueron requeridas rebajaron la cuantía reclamada, algunas, por el carácter injustificado de los presupuestos económicos aportados por el querellado, otras por la falta de seriedad en la descripción de los proyectos de convenio."

Se especifica que los testigos dijeron que no habían dado el dinero porque se tratase de un magistrado de la Audiencia Nacional, pues si no, reza el auto, sí habría habido prevaricación. Los testigos lo dicen, y el tribunal se lo cree con excelente credulidad. Ahora, vayan ustedes a pedirles unos cientos de miles de euros a Botín o a Telefónica, para unos cursos muy interesantes y enrollados que están ustedes organizando, a ver qué les dicen. Aquí hay una voluntad muy determinada, y explícita, de no querer ver y no querer saber, por parte del tribunal.

Que descarta la prevaricación, y no se priva sin embargo de decir que Garzón sí cometió un delito, de cohecho impropio—  un delito que, qué suerte, ya ha prescrito. Si no hubiese prescrito, vayan a saber ustedes si existiría, con apretar los ojos un poco más fuerte...  Aclaremos que según la ley actual, el delito no ha prescrito (reforma LO 5/2010)—pero como entonces sí habría que enchironarlo, pues aplican la ley más favorable que era la que regía cuando se cometió el delito. También encuentran maneras "jurídicamente aceptables" de saltarse el artículo del código penal que dice que la prescripción se interrumpe "cuando el procedimiento se dirija contra el culpable". Una querella por los mismos hechos que se presentó en plazo, y que fue inadmitida, hubiera interrumpido esta prescripción, pero ah, fue inadmitida en su momento, aunque ahora se vea que tenía razón. O sea que esta vez caen todas las monedas de canto para favorecer a Garzón, miren qué bien.

Seguramente también lo exonerarán en la causa del franquismo, con argumentos igual de finos. Ahora ya lo han quitado de enmedio, y le han dejado claro que no se han ensañado con él, que podían haberlo mandado a la trena, o inhabilitarlo de por vida. Two out of three ain't bad, Garzón conserva su dinero ganado delictivamente, se puede dedicar a la política, e igual los republicanos, comunistas e Indignados paran de tirar huevos a la fachada del Tribunal Supremo, cuando lo absuelvan por saltarse la ley de amnistía.

Qué quieren que les diga, que tirarles huevos es lo mínimo que se puede hacer.

Aquí está el auto sacramental— menudo teatro.



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