miércoles, 30 de junio de 2010

Un ministro satisfecho


Declaraciones del ministro de justicia sobre el Estatut y la sentencia del Constitucional. Que muestran qué tipo de personaje es el que puede llegar a ministro (y cuáles, en cambio, se quedan por el camino):

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño se ha congratulado por la sentencia del Estatut. Para Caamaño, autentico muñidor de los acuerdos parlamentarios, "de 39.000 palabras sólo 300 son inconstitucionales" según ha afirmado en Espejo Público de Antena 3.





Esto viene a ser como si en esta frase que tiene unas cien palabras, yo voy y digo que las declaraciones del ministro son declaraciones más propias de un BOTARATE, y alguien, quizá esa misma persona, dijese que en mi declaración sólo había una palabra problemática, y que por tanto le parecía en conjunto muy correcta y acertada—demostrando que concibe el lenguaje y la redacción de las leyes, o la estructura de las instituciones, como una especie de acumulación inorgánica o un montoncillo de elementos sueltos sin estructura ni coherencia.

Caamaño no considera que "su criatura" se encuentre mutilada y ha querido compartir responsabilidad en el fallo "la criatura es producto de los representantes de España. Yo he ayudado y ayudé como Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes, pero lo importante es que el modelo de Estado es plenamente constitucional".

A ver. Este señor, y su partido, y sus socios, y la Comisión Constitucional del Congreso, avalaron una ley que resulta que contenía unas cuantas patas inconstitucionales. Y ahora se le quitan esas patas. ¿Dónde han estudiado Derecho toda esta gente? Ah, ya—en el Komintern del partido.

Por cierto, que la última frase presupone que esta ley ha cambiado nada menos que EL MODELO DE ESTADO, cágate lorito. Y se queda tan ancho, el tío.



El ministro ha aprovechado para atacar al PP, valedor del recurso. Así Caamaño ha querido recordar críticas populares como que el Estatuto "rompía España, que generaba privilegios, que se llevaba el dinero de España, que implicaba a la bilateralidad (...)" para sentenciar que "quiero recordar que todo eso es Constitucional". Para Caamaño "se ha encontrado el camino".

O sea, que estaría tan feliz y orondillo, el ministro, si el PP no presenta el recurso y la ley tira para adelante con sus catorce artículos inconstitucionales. Y con sus veintitantos que requieren traducción para que no lo sean. Y con los otros cien que reposan en estos, y que el Constitucional ha decidido envolver en un tupido velo y pasar.

Francisco Caamaño pasa también por ser uno de los ideólogos de la solución al concepto de nación en el preámbulo. Para Caamaño esta salida no es suya. "La decisión es del Constitucional, no del ministro de Justicia pero es cierto que los preámbulos de las leyes no son de control jurídico"como dicta una sentencia del propio tribunal. Sentecia que el PP conoce y que "han aprovechado en contra".

Uno de tantos apaños jurídicos perniciosos. O sea, que si estuviese en el cuerpo sería inconstitucional, y no podría estar, se presupone, pero en el preámbulo no importa. Perfecto, oigan. Menudo preámbulo para cualquier actuación subsiguiente.

José María Calleja ha cuestionado al ministro si quien ha ganado ha sido el Gobierno y Caamaño ha terciado que "quien ha ganado ha sido España. Se trata de una interpretación que está dentro de la Constitución", "no sólo de Cataluña sino de otras Comunidades Autónomas que han cambiado también su estatuto, que en su esencia es similar del Estatut".

Sí, "todos café", ya se sabe. España ya es un caos de normas distintas en cada ayuntamiento, en cada comunidad y en cada Universidad. Si se espera que ese "estilo nacional" sea lo que le dé el carácter unitario al país, aquí hay algo que falla de entrada.

El ministro también resta importancia a las objeciones populares. "El Constitucional ha dicho que en los grandes temas: derechos del estatuto, bilateralidad, competencias y financiación" no hay ninguno resquicio de inconstitucionalidad. "Tan sólo hay un inciso precisado por el Constitucional" sobre la bilateralidad. "Y es verdad que el tribunal declara la competencia exclusiva para el Estado en la materia de derechos judiciales" pero el "Constitucional declara inconstitucional de este ámbito sólo un artículo, 97 y porque reafirma que los Consejos de Justicia son competencia de la Ley Orgánica del Poder Judicial".

Ay, miren, un detallito que se le había pasado por alto—porque esto de la jurisprudencia es muy complicado. Que eso no lo sabía el ministro, vaya—y miren, llega a ministro y se pega cenas de ministro. O igual es que le da lo mismo así que asá, por lo que parece. Y lo de la bilateralidad, para este ministro todo le suena bien mientras la línea del partido vaya por allí. ¿Unidad de España? Si significa lo mismo que Multiplicidad de España. Que sea un país, u otro, o diecisiete, qué más da, la Constitución puede significar cualquier cosa, y la ley también según quien la interprete. Miren, en eso sí que coincide el ministro con el Tribunal Constitucional—que nada significa nada en última instancia.

En definitiva para el ministro, "las conclusiones implican que se trata de una reiteración de un mismo inciso en 3 artículos, salvo lo que tiene que ver con el concepto de preferente sobre lengua catalana". "Aunque el tribunal la reconoce como lengua vehicular de la administración, de la enseñanza...".

Y que no le pregunten al ministro si ve ahí alguna incoherencia con el artículo de la constitución sobre la lengua española como lengua oficial de todo el país. No: no lo ve ni él ni el Constitucional. Pero todo perfecto, seguimos de ministro, o de magistrado, aunque las leyes no signifiquen nada—es que si significasen algo, no estaríamos de ministro, o de magistrado, con este equipamiento que tenemos de intelecto y de criterio.

Sobre la reacción popular, para Caamaño, "comenzando desde el primer aspecto la sentencia por encima de interpretable tiene una valoración objetiva, de 193 artículos cuestionados, 187 son constitucionales. No se llega al 1 % de 39.000 palabras que tiene el estatuto solo 300 son inconstitucionales y esto es un dato objetivo."

Este individuo desconoce no sólo el concepto de sintaxis, sino también el de semántica, el de estructura textual, y el de jurisprudencia. Y el de prudencia sin juris—porque sólo un imprudente puede creer que las leyes fundamentales pueden ser de plastilina, y que se puede hacer que no signifiquen nada, sin que eso tenga consecuencias no ya futuras, sino a cada momento.




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