lunes, 6 de julio de 2009

Fallamos

FALLAMOS:
 
Primero:
Desestimamos el recurso de apelación interpuesto por Don José Angel García Landa, contra la sentencia 224/2007, de 3 de julio, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Zaragoza, recaída en el Procedimiento Abreviado 459/06.
Segundo: Imponemos las costas a la parte apelante.
Así lo acuerdan y firman los Ilmos. Señores anotados al margen.

Aunque en el margen no hay nada anotado, hay que entender que son los que figuran en el encabezamiento:

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES
PRESIDENTE:
D. Jaime Servera Garcías
MAGISTRADOS:
D. Eugenio Ángel Esteras Iguácel
D. Fernando García Mata



—son jueces del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 2ª), fallando sobre el "Rollo de apelación nº 2306 del año 2007", en un caso más de la serie "José Ángel García Landa contra Universidad de Zaragoza". La sentencia ésta es del 1 de julio, y me ha llegado hoy la notificación.


Termina así, supongo, un largo proceso que empezó en 2003, con la malhadada oposición a cátedras a que me presenté en el Departamento de Filología Inglesa y Alemana de la Universidad de Zaragoza (la vacante dejada por la jubilación de la Dra. Olivares). Que vacante quedó en la oposición, y vacante sigue, y vacante seguirá hasta que se presente alguien más del agrado (discrecional) de los catedráticos de nuestro departamento.

Como se dice aquí, ya perdí un primer juicio sobre esta cuestión en primera instancia, hace un par de años. En su momento ya comenté esa sentencia. El juez consideró, con argumentos de muy baja categoría lógica, ética y jurídica, que la Comisión evaluadora constituida por los catedráticos Dres. Garrudo, Dietz, González Groba y Martínez Vázquez, y presidida por la Dra. Onega, no cometió irregularidades. Y la presente sentencia de los magistrados del TSJA corrobora esa postura, con argumentos de solidez similar.

Como el asunto lo merece, iré comentando puntos de esta sentencia por partes, en una serie de posts. Sin mucha prisa, aquí: LA SENTENCIA DE LA CÁTEDRA.

Para mí vale la pena volver al tema, porque en mi trabajo y mi carrera este asunto de la cátedra ha sido un antes y un después. Para empezar, me ha desilusionado de intentar promocionarme, en un sistema donde lo que cuenta realmente no son los méritos objetivos, sino los sistemas de alianzas, y toda la parafernalia de las oposiciones es una pantalla destinada a ocultar las auténticas razones por las cuales se aprueba o se suspende a un candidato. A eso ya no juego más, una vez conocidas las reglas invisibles.

Por otra parte, todas las personas que se trataban conmigo en la Universidad antes de la oposición dejaron de tratarse después, haciendo piña alrededor de la catedrática y presidenta del tribunal de oposiciones. Salvo tres o cuatro colegas con quienes mantengo trato, ninguno de los profesores de mi departamento se ha interesado en ningún momento por saber si el procedimiento de la oposición había sido correcto o no, o qué razones tenía yo para recurrir y sentirme agraviado por el resultado de esa oposición. Todos han dado por bueno que, tras una carrera académica brillante, un tribunal me cascase así porque sí, por discrecionalidad, una calificación de uno coma ocho sobre diez, no para darle la plaza a otro (ni siquiera para eso), sino para dejarla vacante. Eso, en un departamento que por entonces tenía unos noventa profesores y una sola catedrática—la Dra. Onega, presidenta del tribunal. Ha sido un proceso de cierre de filas espectacular—como trazar una raya en el suelo y hacer que la gente se posicione a un lado o a otro. Sin necesidad ninguna aparente de hacerlo—y sin que la gente, a la hora de posicionarse, estudie el tema así con el cerebro o con el criterio, claro: el posicionamiento se da sólo por motivos de estrategia y conveniencia. Son cosas que, naturalmente, le abren a uno los ojos sobre las personas y las maneras de actuar.

Aparte, estos grupos han cerrado filas alrededor de la catedrática desde entonces también en otros casos, apoyando decisiones contrarias a derecho tomadas por ella y que me perjudicaban directamente. Así, una normativa impulsada por la Dra. Onega como coordinadora del postgrado de Estudios Ingleses ha llevado a excluir del máster o del doctorado a quien no pertenezca a los "grupos de investigación" de los coordinadores, sin entrar a baremar sus méritos ni respetar su jerarquía ni capacitación profesional. Este asunto también ha acabado en los tribunales de lo contencioso administrativo, con mejor fortuna de momento.

De los miembros del tribunal de oposiciones de la cátedra, sólo diré que el proceso estuvo plagado de irregularidades de todo tipo, de fondo y de forma, y que en ningún momento han intentado justificar su actuación o sus criterios con argumentos sostenibles públicamente, ni administrativos ni filológicos. Yo sí justifico, dando razones, por qué digo que la oposición fue una merienda de negros. El debate es público: está aquí, o donde decidan iniciarlo ellos. Pero es más seguro atenerse al silencio. Porque es muy de temer que no tengan argumentos más sólidos que los que aportan estos jueces en sus sentencias.

Y la categoría de estos argumentos (la categoría jurídica y la intelectual) la vamos a ir viendo en detalle aquí, punto por punto.


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