Dictamen del Comité Rabínico sobre la adecuación o no a la ley judía de las "vacunas Covid-19"; traducción oficial inglesa tras auditorías con expertos y testigos. En conclusión, y resumo algo:
Se refieren a las llamadas "vacunas Covid-19" en particular las inyecciones que usan tecnología mRNA pero también las vacunas basadas en "vector adenoviral ADN", habiendo entrevistado a expertos en este campo, a médicos que inventaron y fabricaron las mRNA, observando que la mayoría de los médicos en activo no son expertos en estas cuestiones, y se limitan a seguir la información que les transmiten las instituciones sanitarias estatales. Estos expertos han mostrado al tribunal "el profunfo peligro y daño inherente en esta nueva tecnología". Mostraron cómo las agencias gubernamentales y las compañías farmacéuticas niegan estos peligros y ocultan la información, haciendo que al público le resulte difícil darse cuenta de las graves reacciones adversas y de la mortandad que han sufrido muchas de las personas a las que han administrado estas inyecciones. También han comprobado cómo escondieron la información de diversas maneras, impidiendo como se sabe que las lesiones y muertes fueran publicitadas por los medios de comunicación y a través de Internet.
Han oído testimonios de miembros de la comunidad judía que han sufrido lesiones o peores consecuencias ("no lo quiera el Señor") y también señalan que esta inyección es dañina para la procreación y la fertilidad. Y lo más importante: cómo existen medicamentos sencillos y probados con éxito demostrado en el tratamiento de esta enfermedad, mientras que esto es negado por las agencias gubernamentales, que han llegado a prohibir estos medicamentos, haciendo todo lo posible por promover el miedo, no la salud, aunque a ellos mismos les consta que dichos medicamentos funcionan.
Y ahora han aprobado estas agencias la inyección para los niños también, aunque es un hecho universalmente conocido y aceptado que la enfermedad no les plantea a ellos ningún riesgo. Y que tienen la intención de hacer que esta inyección sea obligatoria para poder asistir a la escuela (se refieren en concreto a las escuelas religiosas judías).
Las pruebas presentadas, que incluyen informes de lesiones debidas directamente a la vacuna o bien con sospechas razonables de deberse a la vacuna, además de conocimientos científicos que sugieren razonablemente que la vacuna puede causar daños (hasta que se pruebe lo contrario mediante pruebas adecuadas)—todo ello son cuestiones tan preocupantes que justifican plenamente este dictamen según los criterios aceptados en la ley judía.
Por tanto emiten el siguiente dictamen rabínico, acorde a las enseñanzas de la Torah:
1) Queda absolutamente prohibido administrar esta inyección, o promover que se administre, a los niños, a los adolescentes, y a los adultos jóvenes, aunque ello signifique que el gobierno les vaya a impedir acceder a la escuela, a la educación superior (se refieren en concreto a las instituciones judías) o al estudio en el extranjero, etc. Es una obligación explicita protestar contra esas órdenes, y cualquiera que pueda impedir que se obligue a vacunarse a un niño o a un joven debe hacerlo, de la manera más directa y enfática.
Esta admonición ha de entenderse como adicional al rechazo general de estas inyecciones por no cumplir criterios de adecuación a la ley judía (halájica), rechazo debido a: 1) los ingredientes problemáticos de estas vacunas; 2) que nadie se hace responsable de los daños causados por estas inyecciones, al contrario de lo que sucede con cualquier otro tratamiento o terapia médica; 3) porque permitir que see administre la vacuna a nuestro hijo le da fuerza al gobierno para obligar a otros niños a que también sean inyectados.
2) Parece ser que las mujeres embarazadas sufren graves daños debidos a la inyección (posiblemente debido a los anticuerpos que el propio cuerpo produce en respuesta a la proteína sincitina-1, o por el SM102, o por microcoágulos sanguíneos causados por la inyección. El denominador común es que es dañino para la embarazada, y que puede considerarse una violación de la prohibición relativa a la esterilización o la prevención de la fertilidad. En este sentido, queda prohibido que las mujeres embarazadas reciban esta inyección. Quedan incluidas en esta prohibición todas las mujeres adultas sanas y en edad fértil: también ellas deberían apartarse de esta inyección. (Hay muchos informes sobre mujeres que no paran de sangrar durante meses como resultado de recibir la inyección, haciéndoles imposible conseguir la pureza ritual [—según estipula la ley hebrea, "Dios no lo quiera"—] . Y en el caso de los hombres hay muchos informes sobre problemas con la potencia sexual, "Dios no lo quiera").
Una advertencia adicional: Se ha notificado al tribunal que el producto "Cominarty" de Pfizer hace constar en su prospecto que los datos sobre su administración a embarazadas son insuficientes para hacer constar la existencia de riesgos al embarazo. También se les ha notificado que la CDC está promoviendo estudios que permitan determinar los riesgos para embarazadas. También observan que según el prospecto de Pfizer este producto "no se ha testado en lo referente a sus posibles efectos carcinogénicos, genotóxicos o relativos a la fertilidad". Los riesgos inherentes en estos aspectos lo hacen inaceptable según los criterios la ley judía.
3) Para adultos más mayores y para ancianos, se precisa mayor clarificación (pero, como se ha señalado antes, hay esfuerzos por oscurecer los datos, y en este momento es difíl alcanzar una claridad suficiente). Sin embargo, en la práctica hemos visto casos de enfermedad en vacunados, que hacen pensar que no hay diferencia significativa entre vacunados con mRNA y no vacunados. El número de pacientes Covid viene a ser comparativamente equivalente en ambos grupos demográficos.
Gracias al testimonio de un abogado que sigue de cerca la difusión de desinformación hemos podido interpretar la auténtica realidad y frecuencia de las lesiones y defunciones a partir de los datos publicados. Ha de saberse que gran parte de los datos difundidos por el gobierno y las agencias sanitarias son engañosos. Por ejemplo, una muerte de Covid que se dé dentro del plazo de catorce días tras recibir la inyección se incluye como una muerte de "persona no vacunada". Por abreviar no entraremos en más detalles; baste decir que hay muchos ejemplos de inexactitudes así de groseras en la información que se da. Realmente, para cerciorarnos de la verdad y llegar a conclusiones fiables hemos de examinar la cuestión más de cerca, en la medida en que podamos.
Además, se dan muchas lesiones y riesgos que se puede sospechar de modo razonable que se deben a la vacuna, también entre el grupo de mayores y ancianos, pues hemos visto a muchos mayores que fallecían al poco tiempo de recibir la mRNA.
Por tanto, es mejor equivocarse por exceso de prudencia, y abstenerse de ponerse esta inyección, major que poner en riesgo la propia vida con una acción que puede dar lugar a daño inmediato y directo. Siendo además que hay tratamientos que funcionan y que no son dañinos.
(También hay que enfatizar la importancia de acudir al tratamiento lo más temprano posible, cosa que demostradamente aumenta su efectividad. Además, hay que insistir en la importancia de educarse mejor sobre la realidad de los hechos, por ejemplo escuchando los testimonios, y moderando de esta manera el miedo que se ha apoderado de tanta gente).
4) Hemos escuchado testimonios de particulares y de expertos en esta área de la medicina que sugieren que puede ser peligroso para las mujeres embarazadas estar en la proximidad de personas que se hayan puesto la inyección. Esto se puede deber a un fenómeno llamado "desprendimiento" (shedding) relativo a determinados tipos de vacunas y terapias génicas, según especifica la FDA en su guía sobre el shedding en las terapias génicas. No está claro si see aplica únicamente al producto génico (la proteína espícula o spike) o también al mensaje genético (el vector adenoviral o mRNA). No está claro durante cuánto tiempo se puede dar este desprendimiento, es decir, durante cuánto tiempo podría afectar a las embarazadas en su proximidad una persona que haya recibido la inyección. Por tanto, es mejor pecar por prudencia, y por tanto se sugiere como recomendación mínima un distanciamiento de al menos dos semanas entre mujeres embarazadas y personas inyectadas (aunque algunos han sugerido que el efecto podría durar meses, o incluso tener duración indefinida).
5) La prohibición (Levítico 19.14) de colocar un obstáculo ante una persona ciega, es decir, de ayudar o colaborar a que una persona viole una transgresión, incluye el animar verbalmente, ofrecer incentivos monetarios u otros sobornos, presiones verbalizadas o amenazas explícitas, etc. y coerción a los empleados para que reciban el mRNA.
En todo lo anteriormente dicho, sólo hemos tenido en cuenta los daños que ya han sucedido de hecho a los miembros de nuestra comunidad—no los efectos a largo plazo, las premoniciones o las previsiones aterradoras que también se han expresado en los testimonios que hemos escuchado en muchos testimonios. Que el Todopoderoso nos guarde. Que Aquel que dijo "Basta" tras crear el mundo, diga ya "Basta" a nuestro sufrimiento.
Firmado por (ver firmas abajo), miembros del tribunal rabínico y autoridades en la ley de los judíos.
A ver si el Papa aprende
ResponderEliminarSabio dictamen.
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