jueves, 28 de abril de 2016

Retropost #887 (28 de abril de 2006): Categorías obsoletas



Leía esta semana en el ADN un artículo sobre las dificultades que encuentran los transexuales para ver reconocida su identidad sexual oficialmente; les requieren que se operen, etc. Debe ser una fase transicional ésta en la que estamos en España, mientras llegamos a la sustitución de la identidad sexual por la genérica, como decían que iban a hacer en el Reino Unido: es decir, que se considere irrelevante el sexo de una persona y se atienda únicamente a su género, o sea, su "disfraz sexual", que es algo elegido o al menos modelado por el individuo, y no algo con lo que se nace. Con lo cual el sexo pasaría a ser una categoría folklórica, sin validez ni reconocimiento oficial, algo así como el ser rubio o moreno, o tener los ojos azules o rojos, una irrelevancia administrativa. Cada persona determinaría voluntariamente la categoría, hombre, mujer (u otras: andrógino, neutro, ninguna, etc.) bajo la que quiere presentarse ante los demás, y una vez se ensanche el código civil, pasarían también a ser categorías administrativamente válidas. (Van apareciendo, eso sí, categorías múltiples folklóricas: "mujer que nació mujer", "mujer pero de las que no tienen de eso, ojo"; "hombre para gustos especiales", etc.). Y además, uno se pregunta que si el sexo es irrelevante, por qué habría que hacer cuestión del género. Está prohibida la discriminación por razón de sexo: presumiblemente se extiende esa prohibición a la discriminación por razón de género. En España vivimos un momento de transición curioso: tras la supresión de toda discriminación por razón de sexo (al menos a efectos legales) vino la supresión del servicio militar obligatorio, menos mal, porque hubiera supuesto un problema tener que enviar a las chicas a la mili en virtud del principio de igualdad. Y hace poco, el gran bastión de la diferencia sexual: el matrimonio. Ahora las categorías sexuales (y genéricas, supongo) son irrelevantes a la hora de contraer matrimonio. Con lo cual, ¿qué sentido administrativo, legal, queda para justificar la continuidad de los conceptos "hombre" y "mujer" como figuras legales? De acuerdo, hay cosas como embarazos, etc., pero la legislación aplicable a las mujeres embarazadas no lo es en tanto que son mujeres, sino en tanto que son embarazadas; las no embarazadas tienen tratamiento de hombre, con lo cual las categorías auténticamente relevantes son "personas embarazadas" / "personas no embarazadas". También está el tema de Leonor, marginal si bien con mucha importancia simbólica, que pronto se resolverá (supongo). Está la cuestión de los servicios de señoras... el escándalo público a ese efecto. Escándalo que carece posiblemente de base legal una vez se han suprimido las otras apoyaturas de la diferencia sexual: el matrimonio, sobre todo. Pues si hablamos de cuestiones de intimidad, pudor, control del deseo sexual, etc., desde luego no tiene mucho más que ver eso con el sexo de lo que tiene que ver con el género, o con la orientación sexual. Categorías obsoletasCon lo cual la actual clasificación entre baños de señoras y de caballeros no está mucho más justificada (legalmente hablando) de lo que lo estaría una división entre aseos para homosexuales, heterosexuales, homosexualas y heterosexualas. La arquitectura, sí, sería más complicada, pero una vez desmantelada la mitología sexual de Occidente uno se pregunta para qué la división en baños distintos (quizá sería más útil, como división binaria, la división entre retretes para guarros/as y retretes para gente limpia). Y desde luego si de anatomía hablamos, un transexual que nació hombre y no operó sus defectos debería ir al baño de caballeros. Es una situación curiosa, como decía, la de la identidad sexual en España hoy en día. Suprimida la ordenación sexual tradicional a efectos legales, parece insoportable sin embargo una situación en la que una diferencia socialmente tan relevante como la existente entre hombres y mujeres no tenga reflejo en la normativa legal. Se dice que es una de las categorías básicas que percibimos a primer golpe de vista en una persona: el sexo, o más bien la identidad sexual. Y la edad (que sí tiene reflejo legal, claro: niños, jubilados...). La orientación sexual a muchos también se les ve a primera vista, a otros no, pero parece que va por detrás en cuestión de prioridades perceptuales. Se suprime la relevancia tradicional de la distinción (para casarse, para obtener trabajo, o incluso estudios, antes; para ser obligado a ir al Ejército...) pero se mantiene la diferencia administrativa. ¿Por qué? De hecho no se ha suprimido totalmente a efectos administrativos la diferencia entre hombres y mujeres. Y además han venido a añadirse nuevas áreas en donde es relevante y aplicable, nuevas áreas de discriminación. Discriminación positiva (claro, positiva para unas y negativa para otros). Me refiero a las famosas cuotas mínimas de representación femenina (cuota mínima de representación masculina no sé si hay). Para eso necesitas mantener una clasificación. También promovió recientemente el gobierno una dudosa ley de violencia de género que penaliza a los hombres frente a las mujeres, endureciendo las penas si el agresor es hombre (en lugar de diferenciar entre personas fuertes y débiles, como sería de esperar en una ley que no discriminase por razón de sexo). Aparte de los argumentos positivos que puedan justificar esa medida, creo que al menos en parte viene motivada por un horror vacui legal: no es posible, sencillamente no es posible, que la categoría "sexo" se vuelva legalmente irrelevante, dada la significación social que tiene. El sexo no va a desaparecer de la documentación (V/M, S/Z...). Y por tanto, si desaparece su aplicación en algunos ámbitos, habrá de aparecer en otros. Las categorías se resisten a volverse obsoletas. Pero todo esto fluye que da gusto... plus ça change, vive la différence.




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