Casi me olvido de comentar otro episodio del consejo de departamento de ayer. No de buena gana, me readmiten al programa de Doctorado de Filología Inglesa, del cual me expulsaron en 2006.
He sido readmitido por orden judicial, contra la voluntad de la dirección del Departamento y su consejo, y sobre todo contra la de la coordinadora del programa, la Dra. Susana Onega, que es la que promovió la idea de reservar el Doctorado para los miembros de los equipos de investigación. De hecho esta misma orden la dio el Rectorado en 2006, aunque el Departamento decidió no cumplirla—y la Dra. Onega declaró inexistente esa orden, en un episodio de antología. Ante la resistencia del Departamento, que tiene alta tendencia a volverse un corronchico con leyes propias, llegó la cosa a contencioso administrativo, y hoy se me han tenido que comer con tomate.
La Dra. Onega, con todo su rostro, sugería poner detrás de mi nombre "admitido por imperativo legal", la famosa frase batasuna. Por lo menos le han recordado que por imperativo legal están ahí todos. Esta vez se ha aceptado cumplir al menos de entrada la orden del juez y del Rector... si bien con apostillas y pies de página, aludiendo a la prioridad de los grupos de investigación subvencionados—pequeños tentaculillos que empiezan a crecer para hacer esta orden inoperativa en la práctica, en cuanto sea posible.
Soy consciente de que las victorias en este terreno son pírricas: con todo el departamento, o al menos sus Fuerzas Vivas (que muertas hay muchas), a la contra, a ver quién es el guapo del alumno que se atreve a hacer una tesis conmigo... Mientras no haya una quiebra en la dinámica sectaria de este departamento, no hay nada que hacer. Y no sé si este tipo de choques con el riáliti prínsipol hacen reflexionar a los juramentados, o todo lo contrario. Desde luego, ayer no hubo ni asomo de desencastillamiento—y queda cada vez más claro que los que se hacen los tontos, diciendo que no saben, que en realidad no entienden las leyes, que ya hablará el Rector, que ellos no quieren perjudicar a nadie, sino garantizar la calidad del programa, etc... en realidad son bastante listillos. E interesadillos.
Pero bueno, mal que bien, se vieron obligados a incluirnos. Y todos nos pirramos por una victoria, aunque sea pírrica. Las victorias pírricas las ganó Pirro—¿no? Pues vae victis; menos da una piedra.
Por cierto, han aprobado ya en Consejo de Gobierno el Grado de Estudios Ingleses. Veremos qué aventuras nos aguardan por allí.
PS: Votos particulares presentados al Consejo de Departamento de ayer—con tres firmas. Muchas más optan por otras vías.
Asunto: Voto particular contra actuación de Consejo de Departamento de fecha 6/10/09 (Punto 1).
Los abajo firmantes, profesores Titulares de Universidad del Departamento de Filología Inglesa y Alemana, manifestamos nuestro voto particular contra la decisión adoptada sobre el punto 1.3 del Orden del Día del consejo extraordinario de fecha de 6/10/09.
Teniendo en cuenta que el asunto a tratar es ejecutar la orden del Rector relativa a la ejecución de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 relativa al programa de Doctorado de Filología Inglesa:
1) Emitimos voto negativo a la pregunta del Director sobre si procede o no procede tratar el punto 1.3 del Orden del Día.
2) Emitimos voto negativo a los criterios específicos de "garantía de la Calidad" propuestos por la Dra. Onega, y aprobados por el Consejo.
El sentido de nuestro voto es que con estos "procedimientos de garantía de la calidad" el Departamento limita el alcance de la ejecución de la sentencia y de la orden de ejecución del Rector, aludiendo una vez más al carácter prioritario de la pertenencia a grupos de investigación en el Doctorado, un criterio cuyo uso abusivo dio lugar a esta sentencia.
Zaragoza, 7 de octubre de 2009
José Angel García Landa et al.
Asunto: Voto particular contra actuación de Consejo de Departamento de fecha 6/10/09 (Punto 2).
Los abajo firmantes, profesores Titulares de Universidad del Departamento de Filología Inglesa y Alemana, manifestamos nuestro voto particular contra la decisión adoptada sobre el punto 2 del Orden del Día del consejo extraordinario de fecha de 6/10/09, y contra los mismos términos en que se ha planteado esta votación, a propuesta del Dr. Celestino Deleyto.
El sentido de nuestro voto es que el asunto a tratar era dar cumplimiento a la orden del Rector relativa a la ejecución de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2, sobre la docencia de Máster.
Sin embargo, la votación sobre el punto 2.1 se ha planteado en términos que invitan a ejecutar la sentencia parcialmente, en lugar de "ejecutar la sentencia en sus propios términos" según dicta la orden del Rector. Es de notar que estos términos ni siquiera se quisieron conocer en la reunión, donde ofrecimos el texto de la sentencia del Juez y no se aceptó su lectura. No se ha ejecutado el punto 4 de la ejecutoria del Rector, relativo a la retrotracción del procedimiento, aplicable al POD del Máster de los años 2007 y 2008: de hecho este punto de la orden está excluido del Orden del Día de la convocatoria del Consejo, cuya copia adjuntamos. Únicamente se ha modificado la normativa para su aplicación desde el POD 2009/10. De hecho los Dres. Onega, Deleyto y Martínez desacreditaron la idea misma de que sean posibles las retrotracciones en el procedimiento administrativo.
Entendemos que no es votable por el Consejo la propuesta de no ejecutar una parte de la sentencia cuya ejecución se ha ordenado. Nos oponemos a que se someta a votación porque consideramos que el Departamento no tiene que matizar la aplicación de la sentencia, sino ejecutarla según la orden del Rector; es decir, se debe retrotraer el procedimiento a su estado en 2007, cambiar los criterios anulados porque no se ajustan a derecho y aplicar los no anulados correctamente, en todos los actos subsiguientes en que los criterios anulados se hayan aplicado/utilizado mal hasta la fecha.
Nuestro voto en contra se refiere tanto al hecho mismo de proponer una votación sobre este particular, como al acuerdo resultante de la misma.
Zaragoza, 7 de octubre de 2009
José Angel García Landa et al.
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