martes, 6 de junio de 2017

Retropost #1646 (6 de junio de 2007): Recurrente


El Ala Crítica del departamento de Filología Inglesa y Alemana hemos presentado esta mañana un recurso más contra los planes de organización docente del departamento para su postgrado. Ocho páginas más cuatro anexos, total veintiuna páginas. Como gran parte es un tema recurrente (pues el departamento sigue manteniendo en vigor actuaciones ilegales, aun después de recibir repetidas órdenes del Rector de que sus decisiones se atengan a derecho), pongo sólo un fragmento a título ilustrativo:

La Comisión de Postgrado del Departamento elaboró una propuesta de baremo que se presentó a su aprobación en el Consejo de Departamento de 4 de junio sin que ni la Comisión ni la Dirección abriesen un turno de alegaciones o presentación de enmiendas previo al Consejo en el que había de aprobarse.

En la reunión del Consejo en sí, la Dirección tampoco quiso atender a las preguntas y alegaciones allí presentadas, sino que estableció que la propuesta de baremo debería o bien aprobarse tal cual la presentaba la Comisión, o bien devolverse a la Comisión sin debate en el Consejo. Tras una votación ("sí" o "no" a la propuesta recibida) se aprobó la propuesta sin permitir, por tanto, la votación de enmiendas ni la modificación del texto. Se siguió, pues, un procedimiento que consideramos vulnera las buenas prácticas a seguir en las tomas de decisiones relativas al establecimiento de normativa, que siempre deberían seguir un procedimiento más transparente y abierto al debate.

Esto está en el apartado "Cuestiones de procedimiento." También hay "Cuestiones preliminares", "Cuestiones de forma y fondo", y "Carencias y omisiones". Por ejemplo, la omisión de méritos como titulaciones adicionales, premios... Yo tengo tres, mira, y eso sin contar el I Premio Vanity Fea, que acabo de recibir ahora mismo.

Hay en realidad dos cuestiones clave en este baremo que pretenden modificar el procedimiento actual de asignación docente, y que está por ver si salen adelante. El resultado en todo caso será ilustrativo sobre los límites de la actuación de los departamentos con respecto a los derechos de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios (derechos más generales reconocidos en la Administración, como es la antigüedad en el cuerpo), y también sobre la entidad que puede darse a las famosas "subáreas" que siempre han actuado extraoficialmente en nuestro departamento sustituyendo en sus efectos muchas veces al área de conocimiento—y que son redefinidas ahora como "módulos de investigación".

Esperamos la respuesta con impaciencia—unos más que otros, es cierto, visto que en lo que va de año el Consejo lleva perdidos tres recursos por actuar con exceso de confianza y con defecto de atención a la normativa universitaria. Ya sabemos que en su casa cada uno hace lo que quiere y organiza las cosas a su manera, pero por eso mismo lo que está en cuestión es de quién es la casa, y qué normas rigen en ella. Sería bueno tener una respuesta clara—que sea clara hasta para los especialistas en estudios textuales, sin embargo, parece difícil.



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ISIS ataca de nuevo

lunes, 5 de junio de 2017

El autor más leído en Análisis del Discurso

El autor más leído en Análisis del Discurso

Cada semana me comunica ResearchGate mis mejores posicionamientos, y si he de creerles soy el autor más leído (esta semana) en mi departamento, en Artes teatrales, en Estética, en Lingüística, y en Análisis del Discurso.

Lo de Artes Teatrales no es por echarle teatro, sino por un artículo muy leído que tengo sobre la Poética de Aristóteles. En cuanto a la Lingüística y Análisis del Discurso, debe ser por las publicaciones sobre narratología o teoría de la narración.

Aunque en una infausta y memorable oposición me suspendió el tribunal con nota baja, alegando que la narratología no es ni análisis del discurso, ni lingüística. Y ahí quedó la cosa, que nadie les enmendó la plana, y así se hace la ciencia.



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Retropost #1645 (5 de junio de 2007): Adanista




Comparece Pazatero (sin preguntas comprometedoras por favor) y corre luego a esconderse. De autocrítica, cero. Y un mensaje sólo que dar: que nadie me critique. Son los etarras los que no saben cómo alcanzar la paz—no dice el presidente que no son gente de fiar, pero su semblante muestra lo que le duele esta traición de aquellos con quien yo tanto quería. The most unkindest cut. El gobierno, por su parte, lo ha hecho todo cojonudamente. Y va a seguir actuando igual de bien—hasta alcanzar LAPAZ. Hasta que los criminales (terroristas, maltratadores, atracadores...) depongan su actitud, y reine LAPAZ y ya no sea necesario luchar contra el crimen, porque se habrán vuelto buenos. Es firme voluntad de este gobierno ver materializarse este plan, que es voluntad mayoritaria de la sociedad española.


 Comunicado de prensa del Foro Ermua:

ANTE EL COMUNICADO DE ETA:
EL FORO ERMUA LLAMA A LA CONSTITUCIÓN DE UN FRENTE DEMOCRÁTICO POR LA LIBERTAD Y A LA ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDADES POLÍTICAS POR RODRÍGUEZ ZAPATERO

·        El proceso de negociación y cesión iniciado por Rodríguez Zapatero, nos ha hecho pasar de ver la derrota de ETA al final del túnel, a una situación en la que la banda terrorista ha recuperado su presencia institucional, su financiación pública y ha rehecho su estructura.

·        Tenemos que sacar enseñanzas de esta nueva tregua trampa: debe desaparecer del horizonte cualquier escenario de final negociado de ETA. Sólo un proyecto unitario y creíble a largo plazo para su derrota podrá terminar con la banda.

·        Las responsabilidades políticas deben ser asumidas en las urnas. Por tanto, hacemos un llamamiento al Presidente del Gobierno para que convoque elecciones como paso previo a la construcción de un sólido frente democrático por la libertad que recupere el Pacto Antiterrorista.


Bilbao, 5 de junio de 2007

Tras el comunicado de ETA en el que da por rota la tregua declarada el 22 de marzo de 2006, desde el Foro Ermua queremos hacer llegar a la opinión pública las siguientes reflexiones:

1ª.-      La declaración oficial de ETA llamando a activar todos sus frentes terroristas no supone ningún cambio esencial; sólo viene a confirmar lo que todos debíamos saber y tiene como única virtud dejarle claro a Rodríguez Zapatero que el camino de negociación y cesión frívolamente emprendido no tiene salida alguna.

2ª.-      El comunicado de la banda terrorista nos obliga a mirar atrás y analizar lo sucedido.

Cuando en el año 2004 el PSOE llegó al poder, ETA se encontraba acorralada, se había terminado con su financiación pública, se había eliminado su presencia de la práctica totalidad de las Instituciones, sus comandos caían a un ritmo vertiginoso, llevaban más de un año sin conseguir asesinar a nadie a pesar de sus intentos y ya se veía la luz al final del túnel en forma de derrota de la banda.

Pasados tres años de Gobierno de Rodríguez Zapatero y tras las incontables cesiones realizadas, ETA se encuentra representada de nuevo en el Parlamento vasco y en los Ayuntamientos del País Vasco y Navarra, ha recuperado una buena parte de su financiación pública, su estructura ha sido reforzada[1] y ha visto legitimado su discurso ante cierta parte de la población en Euskadi. En definitiva, la banda es ahora más fuerte y tiene más capacidad para asesinar.

3ª.-      La actual recuperación de ETA tiene sus bases en una política de negociación y cesión frente a los terroristas comenzada por Rodríguez Zapatero en contra de la opinión del principal partido de la oposición, en contra de las víctimas del terrorismo, en contra de las principales asociaciones del movimiento cívico y en contra de lo acordado formalmente por el Parlamento.

            En este sinsentido que ha sido llamado “proceso de paz” y que no ha sido más que un proceso de engaño, deslegitimación del Estado, de adulteración de las Instituciones y de división social, el Presidente del Gobierno:

a) Comenzó negando las conversaciones y contactos previos con ETA. Posteriormente estos contactos han sido confirmados por todos los interlocutores;
b)   Siguió negando que se fuera a dialogar si no se verificaba la realidad del alto el fuego. Posteriormente vimos cómo se continuaba negociando a pesar del terrorismo callejero, de la extorsión, del robo de 350 pistolas o del descubrimiento de un zulo de reciente construcción de ETA;
c)  Se afirmó que el Estado no estaría en tregua. Posteriormente se vio cómo la detención de comandos disminuía radicalmente, cómo la Fiscalía se inhibía ante la permanente actuación de la organización terrorista Batasuna, cómo se oponía a todas las acciones emprendidas contra ETA por el movimiento cívico en los tribunales, cómo reducía su petición de penas para los etarras, cómo las Delegaciones del Gobierno hacían dejación de sus funciones siempre en favor de ETA, cómo desde dentro de la elite antiterrorista de la Policía Nacional salía un chivatazo hacia ETA antes de una operación antiterrorista y cómo incluso el PSOE pedía en Europa que se sacara a los partidos políticos de las bandas terroristas de las listas europeas de organizaciones terroristas, etc.
d)     Se afirmó que no se seguiría negociando con ETA después del atentado de la T4 de Barajas. Posteriormente hemos visto cómo se ha publicado en diversos medios que continuaban las negociaciones, cómo la propia banda terrorista así lo ha manifestado y cómo se han producido innumerables hechos que sólo son comprensibles en un contexto de negociación: calificación del atentado como “accidente” en tres ocasiones por parte del Presidente del Gobierno, excarcelación de De Juana, retirada de la acusación contra Otegi, retirada de la acusación contra Ibon Meñika, solicitud de archivo del caso Egunkaria, negativa a ilegalizar ANV, etc.

4ª.-  Por tanto, ha sido la actuación frívola, irresponsable y adanista del Gobierno de Rodríguez Zapatero, basada además en el engaño y en la falta de claridad, la que ha permitido el severo retroceso sufrido en la política antiterrorista. En democracia las responsabilidades políticas han de ser depuradas en las urnas, por lo que llamamos al Presidente del Gobierno a que convoque elecciones Generales como paso previo a la construcción de un auténtico frente democrático contra ETA en el que los dos principales partidos nacionales –junto con quienes se quieran unir al mismo- recuperen el Pacto por las Libertades y Contra el Terrorismo, articulando una política conjunta de derrota de la organización terrorista.

Debemos sacar enseñanzas de esta nueva tregua trampa: hay que desterrar del horizonte un final negociado de ETA. Sólo la creación de un frente democrático por la libertad, empeñado en un proyecto a largo plazo de derrota de ETA, puede terminar con la banda. La credibilidad para este proyecto es fundamental.






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Flechetas de primavera

Flechetas de primavera

Gréco chante Brel (EPK, 2013)






Me suscribo al Juliette Gréco Channel:
https://www.youtube.com/user/JulietteGrecoChannel


Y me bajo esta otra de Brel, y de Gréco diciéndole que ya llegaba. Aunque aún no ha llegado, por suerte.

Era 1988, un buen año para oír a Juliette Gréco, rodando por las carreteras de Francia:








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Retropost #1644 (5 de junio de 2007): ¡EXTRA, EXTRA!


(La ETA vuelve a anunciar que de momento no piensan asesinar más gente).
 
Ups– no, qué tonto, si son las noticias de hace años. Bueno, no importa. A tanto mendrugo que hay en este país se le puede vender el pescado podrido todas las veces que haga falta.

(Según la versión del El País: "La medida entrará en vigor a partir de las 00.00 de mañana, 6 de junio". Mi comentadora de textos observa: "Si cuando te digo yo que vivimos en un país de cursis y cretinos...").


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Corporalidad, Temporalidad, Afectividad



Tras varios meses de darle vueltas, acabamos de enviar a una editorial alemana este volumen colectivo que he coeditado y que aparecerá próximamente. Así se resume su contenido:

Corporalidad, Temporalidad, Afectividad: Perspectivas filosófico-antropológicas

Este volumen colectivo es resultado de la colaboración de especialistas universitarios interesados en la fenomenología hermenéutica y en sus implicaciones antropológicas. Examinan aquí su relevancia actual para repensar la corporalidad, la temporalidad y la afectividad: en concreto, la complejidad de la experiencia humana en lo tocante a la manera en que se habita la propia naturaleza corporal, en lo tocante a los afectos y emociones en sus dimensiones intersubjetivas, y en lo relativo a las características específicamente humanas del tiempo vivido y del tiempo socialmente organizado.

Los capítulos iniciales de este libro sitúan el lugar propio de la antropología fenomenológica en el marco de los actuales discursos sobre la experiencia corporal, vital y emocional humana, en especial los formulados por las perspectivas científicas actuales como son la psicología evolucionista y las ciencias cognitivas. De ahí se pasan a examinar diversas cuestiones relativas al pensamiento sobre la corporalidad, la temporalidad y la afectividad desde perspectivas filosófico-antropológicas de inspiración diversa (ya sea heideggeriana, interaccionista, o feminista) atendiendo a cuestiones como la experiencia fenoménica del cuerpo; la fenomenología y experiencia del vestido; la empatía literaria; la percepción subjetiva y la organización social del tiempo; el pensamiento de la diferencia, el activismo intelectual feminista y su reflexión sobre la construcción social del género; o la experiencia del amor como fenómeno ético distintivo. Los autores que son objeto de estudio incluyen grandes figuras de la tradición filosófica como Aristóteles o Heidegger y otros autores de la antropología fenomenológica (Scheler, G. H. Mead, Ortega y Gasset) pero también figuras testimoniales de los conflictos identitarios contemporáneos (Audre Lorde, Salman Rushdie) o pensadoras de la alteridad como Judith Butler y Rosi Braidotti.

Se trata de un libro que abre nuevas perspectivas a estudiantes e investigadores interesados en la antropología filosófica y en una mejor comprensión del cuerpo humano, de la experiencia temporal, y de la fenomenología de los afectos y emociones.


Es una de las publicaciones auspiciadas por el grupo HERAF: Hermenéutica y Antropología Fenomenológica. en el que participo junto con mi coeditora y directora del grupo, Luisa Paz Rodríguez Suárez, y otros profesores de la Universidad de Zaragoza y más allá.

 



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domingo, 4 de junio de 2017

JUAN GOYTISOLO - Pájaro que ensucia su propio nido. El papel del escritor.





Termina Goytisolo denunciando el ensimismamiento del País Vasco... y podría haber seguido señalando el ensimismamiento patológico de Cataluña. España profunda, las dos regiones.

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Civilization Part 1 - BBC Series by Niall Ferguson

Contra el premio Princesa de Asturias a Karen Armstrong

Adela Cortina - ¿Para qué sirve realmente la Ética?


Un resumen primero:





Y la conferencia completa en cuatro partes:










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Vista de Alloza

Vista de Alloza

Retropost #1642 (4 de junio de 2017): Otra vez Conseja de Departamento


Muchas cosas se han tratado en Consejo de Departamento hoy; por ejemplo se ha aprobado un baremo para organizar la docencia en estudios de segundo ciclo, cuya legalidad tendrá que ser examinada, me temo... El ala opositora hemos planteado numerosas enmiendas, pero se ha optado por la solución fácil, que es en lugar de debatirlas y ver si son oportunas o no, pues votar el texto en su conjunto, hale, a ver quién tiene más rodillo. Y como siempre, hemos perdido la votación. Con lo cual (...yawn...) no me servirá para mérito en el máster tener yo mismo un máster, un mérito que "contraje"—según expresión del baremo—en América.

Y se consagra el principio según el cual la docencia entre profesores titulares se reparte mediante baremo o amenaza del mismo, mientras que con los catedráticos no se puede competir, pues están protegidos por el principio (principio franquista, según decían el otro día) de jerarquía académica.

A cambio, algunas cosas del baremo me favorecen. Por ejemplo, por "publicaciones en revistas o editoriales con índices de calidad reconocibles" me darán algún punto para el baremo (2 puntos por artículo), pero más puntos voy a tener por publicaciones "en otros" sitios: a 1 punto por artículo, cada mes me saco por lo menos diez artículos de temática filológica en Vanity Fea—que supongo que será un sitio de calidad irreconocible—y me quedo corto. Yo votaba por suprimir las publicaciones de calidad irreconocible, pero supongo que este punto me beneficia, porque a calidad de publicaciones seguro que me ganan muchos, pero a cantidad difícilmente. Debería participar en un programa de doctorado de cantidad.

Al margen de perder votaciones, hemos complementado el informe de la Dirección con la siguiente información que allí faltaba, sobre la organización docente del Departamento y las resoluciones del Rector a los recursos presentados contra su programa de postgrado.



Departamento de Filología Inglesa y Alemana, Universidad de Zaragoza.
Información sobre los recursos presentados al Programa Oficial de Postgrado de "Estudios Ingleses"
Presentada por los abajo firmantes al Consejo de Departamento reunido el 4-6-07.

1) El Consejo de Departamento celebrado en diciembre de 2005 aprobó una estructura del postgrado oficial de Estudios Ingleses (máster o segundo ciclo) propuesta en su memoria por un grupo de profesores coordinado por la Dra. Onega. Esta memoria excluía de entrada del máster a la mayoría de los profesores del Departamento.

2) En segunda fase el Consejo volvió a reunirse para aprobar estos criterios también en Tercer Ciclo, al presentarse una memoria de programa de Doctorado dentro del mismo postgrado que adoptaba los mismos criterios excluyentes que dejan fuera del Doctorado nuevo a la mayoría de los doctores.

3) Ante este estado de cosas, un pequeño grupo de profesores presentamos dos recursos ante el Rectorado (contra la memoria de doctorado, y contra la memoria de máster), denunciando que la normativa interna aprobada por el Departamento para su postgrado contravenía la legislación general y la normativa universitaria de Zaragoza.

4) Ambos recursos han sido estimados por el Rector (resoluciones de fechas 26-12-06 y  14-5-07 respectivamente), anulándose las decisiones del Departamento, y ordenando a éste que se ajuste a derecho en la ordenación docente de su postgrado.

5) Como puede observarse por la diferencia de fechas, entre una y otra resolución no se han tenido en cuenta las órdenes del Rector y nos hemos visto obligados a recurrir una por una todas las actuaciones irregulares del Departamento, sin que éste haya mostrado voluntad real de atender nuestras explicaciones en el Consejo y las instrucciones recibidas del Rector. Así por ejemplo se ha vuelto a proponer, y sigue propuesta, una memoria de Doctorado que sigue sin incluir a un significativo número de doctores de este Departamento, sin ninguna apoyatura normativa que justifique este hecho, al margen de la voluntad decididamente obstruccionista de los coordinadores.

6) Hoy nos volvemos a reunir para aprobar una nueva actuación de la Comisión de Postgrado relativa a este mismo asunto. Se propone un baremo para estudios de postgrado que complementa la normativa interna de ordenación docente del Departamento aprobada en el último Consejo de Departamento (3-4-07) y que figura en el acta del Consejo que hoy se revisa. La normativa de la Comisión de postgrado presupone (al ser complementaria) la validez de esa normativa interna más general.

7) Ahora bien, como puede verse por la resolución del Rector que adjuntamos, esta normativa interna contiene elementos contrarios a derecho, y declara que es

"anulable toda asignación de docencia que se realice en base a criterios que restrijan, limiten o no respeten el acceso a la docencia y a la investigación, derechos/deberes del profesorado universitario conforme a la normativa anteriormente señalada.

Y si resulta que tales criterios han sido establecidos en lugar que no es el indicado, como es la Memoria del Máster en Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa con mayor razón deberá el Departamento revisarla, como habrá de hacerlo también en la Memoria del Programa de Doctorado en Estudios Ingleses como ya tuvimos ocasión de señalar en la resolución de recurso de alzada de fecha 22-12-2006, todo ello en orden a adecuar sus determinaciones al respeto y debida garantía de los derechos y deberes del profesorado perteneciente al Departamento de forma tal que sea reconocida y adecuadamente valorada su capacidad docente e investigadora."

Hay que observar que estos criterios aprobados el 3-4-07 han sido sometidos también a un recurso separado que está pendiente de resolución, aunque la presente resolución ya dice bastante al respecto. Son contrarios a derecho los criterios restrictivos que ha venido utilizando el Departamento para la organización docente del postgrado, y por tanto ambas normativas habrán de revisarse.

8) Es más, siendo que el postgrado en su conjunto, sus líneas de investigación, sus asignaturas, su organización administrativa, etc., se ha diseñado sobre la base de la exclusión de profesores en base a unos criterios contrarios a derecho, es hora de que el Departamento entre de lleno a replantearse estos estudios sobre bases firmes y acordes a derecho, en lugar de limitarse a estudiar detalles de un baremo discutible, pues el árbol no deja ver el bosque.

Entre las muchas peculiaridades de la actual normativa de postgrado está que puede impartir docencia en Máster todo humano del planeta que decidan sus Catedráticos-Coordinadores... a excepción del autor de estas líneas y otras personas del propio departamento que no están en sus equipos de investigación. A esos, se autovedan los redactores de estos criterios incluso la posibilidad de invitarlos, cosa que pueden hacer con todos los demás seres planetarios, como digo.  Y otras lindezas que han sido declaradas, con razón, contrarias a derecho (—falta decir a la cortesía y al sentido común elemental). Pidiendo aclaración a la Dirección sobre si esta vez tenían intención de revisar los criterios de organización de postgrado y atender a las órdenes del Rector, pues... eso no está tan claro. De momento, aunque se conoce desde hace varios días la resolución del Rector, en la reunión de hoy no se ha tomado ninguna resolución para llevar a efecto sus órdenes—no se ha corregido ninguna de las normativas ni memorias ilegales; tampoco se ha reconocido que se había actuado mal excluyéndonos en base a esas normas anormales.

Ni se nos ha dicho si se nos va a seguir excluyendo de entrada este mes de junio, a la hora de hacer el plan de organización docente del máster, o si se nos va a permitir dirigir tesis doctorales, y menos si se va a atender a la solicitud que hemos hecho de revisar el máster partiendo de cero, vista la endeblez legal de las bases sobre las que se ha edificado. El Director, aun afirmando que por supuesto iba a cumplir la ley, decía no entender bien a qué se refería la resolución del Rector, y que iba a solicitar aclaraciones sobre qué cambios en concreto hay que hacer y qué cosas había contrarias a derecho en nuestro postgrado.

Le he sugerido al Director que para mejor comprensión se lea el recurso presentado, además de la respuesta del Rector. Y al Rector va a haber que sugerirle que envíe sus órdenes en letras de neón.






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Ideas at the House: Germaine Greer - How Many Dangerous Ideas Can One Pe...

sábado, 3 de junio de 2017

Bauman sobre Trump y la responsabilidad ética



Si no hubiera fallecido hace poco, Zygmunt Bauman hubiera podido comentar esto sobre Donald Trump y su rechazo a los acuerdos para controlar la degradación del medio ambiente. Por suerte ya lo comentó en 1993:

trump little hands


 Dado que lo que hacemos afecta a otras personas y el mayor poder de la tecnología afecta a muchas más personas que antes, el significado ético de nuestras acciones alcanza una dimensión sin precedentes. No obstante, las herramientas morales con que contamos para absorberla y controlarla siguen siendo las mismas que teníamos en la etapa de la "industria casera". La responsabilidad moral nos insta a procurar comida y vestido a nuestros hijos, mas no nos puede ofrecer muchos consejos prácticos cuando nos enfrentamos con las aterradoras imágenes de un planeta agotado, árido y sobrecalentado que ellos heredarán, y después sus hijos, y que tendrán que habitar como resultado indirecto de nuestra despreocupación colectiva actual. La moralidad que siempre nos ha gustado tiene manos poderosas aunque cortas, y necesitaría manos muy, muy largas. ¿Podremos acaso crecerlas?



Zygmunt Bauman, Ética posmoderna (1993)



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Jonathan Safran Foer on Eating Animals










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Working on My Minimalism

Working on My Minimalism

Andrew Horn: "The Art of Meaningful Conversation" | Talks at Google

Juno Flyby Video

Retropost #1641 (3 de junio de 2007): Zodiac


Mucho más me gustó en conjunto Se7en, aunque digan que esta Zodiac es la mejor película de Fincher hasta la fecha. Conste que Zodiac está muy bien hecha en muchos aspectos, pero es una película demasiado larga para llegar a donde llega, sin resolver mucho, y con notables fallos de tensión. Deja al espectador insatisfecho, no tanto por la no resolución del caso, sino por haberle dedicado tanto tiempo y esfuerzo y detalle a algo que va a parar en nada. Durante la propia proyección de la película, la gente olvida y se hace vieja y pasa a otras cosas. Y hasta los asesinos en serie se aburren—ciertamente sería un tormento obligarles a ver todas las películas que se han hecho sobre Zodiac, es como para desanimar a un copycat killer que fuese razonable. Pero no lo son, claro, ni ellos ni los directores de cine, y vuelven incansablemente al mismo asunto. Esta vez las faltas de hortografía de las cartas que escribe el asesino son tan gordas y aparecen tan en primera línea que le quitan todo el glamur intelectual al quíler semianalfabeto éste. Tipos tan cutres no merecen semejante inversión de atención, dinero y personal, y menos volver a recrear la California de los años sesenta con todo detalle—que es lo mejor de la película en realidad, en el día a día, aunque también se dan el lujo de mostrarnos la pirámide de San Francisco creciendo en versión digitalizada para mostrar el paso del tiempo. La película falla por un argumento que a base de buscar contar diversos aspectos de la historia de la investigación se pierde constantemente en líneas muertas: quizá el cine no está hecho, o al menos esta película no lo está, para contar una realidad que se resiste a ser narrativizada. Comenzamos con un argumento de ética periodística, pero esos personajes desaparecen, se pierde el foco en ellos. En los asesinados no digamos, porque ninguna de las víctimas interesa al espectador. Los policías encargados del caso, y sobre todo Toschi, se ven frustrados, ninguneados por las autoridades y luego por la película, pues sus investigaciones rozan al culpable sin llegar a demostrar nada. Y el protagonista en cuyo libro se basa la película nos desorienta al principio, no interviene en la historia hasta el final, también en direcciones erráticas (como requiere un caso sin solución) con lo cual el efecto sobre el espectador es más de irritación y frustración que de otra cosa. Es el fallo de optar por (o ir a parar a) una forma imitativa del hecho narrado: investigación larga y frustrante, sin solución, que da lugar a película larga y frustrante, sin solución. Y se ha de recurrir a muchas explicaciones finales en títulos de crédito, casi un certificado de estructura narrativa fallida. El fracaso familiar del novelista-guionista viene casi a avisarnos de que esta película se basa en una obsesión poco recomendable, de crucigramista o sudokista plasta. Seguirle los pasos hasta tal punto al asesino durante años viene a ser casi jugar su juego—algo que parecen no poder evitar hacer los medios, y el público. El asesino en serie tipo Zodiac es el terrorista propio del suelo americano: busca atención, su crimen no es un fin, sino un medio para publicitarse, y acongojar a toda la sociedad en espera del siguiente. Busca ser el mejor caso. Pero paradójicamente, un buen caso, uno llamativo, es un caso resuelto; el vuelo del asesino en serie es efímero y necesita del topetazo final. Que aquí no hay propiamente. No creo que esta vez el marasmo patético de irresolución en que acaba Zodiac invite a ningún copión a plantar pistas para ser capturado. Y si aquí se cita a Harry el Sucio y se nos recuerda la invitación de Zodiac a hacer una buena película sobre él, creo que por fin ha encontrado lo que merece, y esta película no volverá a ser citada intertextualmente en Otra vez no, por favor: El Regreso de Zodiac. Pues este final que no lleva a nada no lo quiere ni el propio asesino, que busca, como cualquier otro agente narrativo, una clausura más espectacular. Sea como sea, les dedicamos demasiado tiempo y atención a esta gente, cuando lo que necesitan es quizá lo contrario, una caja oscura donde meterlos.


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Retropost #1639 (1 de junio de 2007): Word Trade Center





Ayer fue mi cumpleaños y medio lo celebré, medio hecho polvo que aún estoy con las alergias, a mi cumpleaños entre otras cosas. Me llegaron regalos, unos tipo corbata (gracias, lo cierto es que nunca tengo bastantes)–y otros un poquito más atípicos, como un vídeo por correo de Mélissa cantando una cancion de Balavoine—merci, Mélissa!

Y yo me autorregalé un par de cosillas. La mitad de las obras completas de Cervantes, que tenía la primera mitad y me ha costado años encontrar la segunda. Así que pude leerme sus últimos escritos, como la dedicatoria al conde de Lemos escrita el diecinueve de abril de 1616–cuatro días antes de su muerte y "puesto ya el pie en el estribo" como dice: "el tiempo es breve, las ansias crecen, las esperanzas menguan". Lo leíamos en la Plaza de los Sitios, una tarde preciosa. Habíamos comprado en el Corte Inglés unas delicatessen para la cena, y los chavales estaban echando a volar un avioncito que les había salido de sorpresa. Ah, y nos encontramos a Vicente del molino, que nos dio recuerdos para los de Biescas.

Del Corte Inglés también me regalé, ya puestos, un par de películas: 2046, of which more later, y World Trade Center—me había quedado con ganas de ver las dos, aunque las orientales no me suelen gustar, y las demasiado occidentales tampoco. Sabía que la de Oliver Stone tenía malas críticas: la carátula cita fuera de contexto "Un auténtico espectáculo visual con más cine y emoción..."—y cuando la ves caes en la cuenta de que eso es seguramente lo que falta, según el crítico. Bueno, a falta de drama externo, la película se centra en el drama interno, "como América recupera la fe en sí misma y escapa de su alienación mediante el sufrimiento y el peligro de muerte".

Es la historia de dos policías atrapados en los escombros del World Trade Center cuando se dirigían a rescatar a la gente allí; se ven atrapados sin haber hecho aún nada heroico ni útil, y se preguntan "¿para qué sirve lo que hemos hecho?" Es quizá el mayor interrogante que queda planeando sobre la película. El gran derrumbamiento está bien hecho pero desde la perspectiva de los que lo vivieron desde dentro—desde fuera ya lo vimos todos en directo. Y la película se reduce demasiado a una situación un tanto beckettiana de dos personajes atrapados en escombros, "con un pie en el estribo". Hay largas secuencias movimientos minimalistas en la oscuridad, con el sargento y su subordinado bajando cada vez más las defensas profesionales y sociales, y acordándose de lo mucho que quieren a sus familias y lo importantes que son las cosas simples de la vida mientras se tienen. Eso da lugar a una serie de flashbacks memorísticos en contrapunto a la angustia de los policías enterrados vivos.

Y mientras, también, como tercera línea de acción, la espera angustiada de las familias afuera, preparando la descarga emocional que tendrá lugar cuando los salven... al salir, se filma la escena como la de cadáveres saliendo de la fosa. Porque claro, el la película es de los que se salvan (la excepción) y no de los que no salieron de los escombros. Esos, pulverizados, tienen un interés narrativo más bajo. Y es uno de los fallos de la película, su planteamiento demasiado simple como "una historia de valor y supervivencia" que dice la carátula. Allí aparecen los dos colegas entre las dos torres—una torre de fortaleza moral cada uno, se nos sugiere, aunque por otra parte son sólo tipos normales, eso también está muy enfatizado. Las torres también figuran las barras de la bandera  USA. A pesar de eso, no consigue la historia hacerse mucho más emblemática que la de unos mineros atrapados en una mina, en parte porque jamás nadie discute en ningún momento las causas, autoría, o envergadura del ataque. Eso estaba en el aire en la discusión de alrededor de la película, pero el hecho de que ningún personaje ni dentro ni fuera de los escombros se plantee la cuestión es, como poco, increíble, cuando eso era en ese momento la cuestión básica en boca de todos. wtc

Y así, en un intento de no enfocar la dimensión política del asunto sino a través de la dimensión humana, la película vuelve esa dimensión humana irreal—al menos para el espectador, porque quizá el personaje atrapado en los escombros de hecho no se preguntaba eso. Pero es que en realidad no queremos estar atrapados en los escombros, ni una película que parece hecha desde el shock y la incomprensión: la película definitiva sobre este asunto, si la llegamos a ver, traerá análisis, y perspectivas diferentes, y comprensión panorámica, y será una película abiertamente política, no soterradamente y digo soterradamente, como esta.

Y no pienso en Fahrenheit 9/11 de Michael Moore, porque es un documental, me refiero a una película ficcionalizada basada en los hechos reales. Más se aproximaba a ella United 93, siquiera sea sólo por sus escasos planos mostrando la vivencia de los terroristas—pero esa también estaba hecha todavía desde el shock y la incomprensión, y una perspectiva muy limitada sobre los hechos. Quedan muchas películas por hacer sobre el tema, y sin duda las iremos viendo. Pero en cuanto a perspectivas limitadas, quizá ya se haya hecho con ésta la definitiva.

La cuarta línea argumental de la película es la más anagógica: Dios interviene para desenterrar a los policías (y con ellos a la esperanza de América) a través de un antiguo marine de intensa vocación religiosa: recibe una orden divina, se hace pasar por marine de nuevo, e infiltrándose en la "zona cero" encuentra a los policías cuando ya se había suspendido la búsqueda. Un tipo simplista y eficaz—como si lo que necesitásemos fuese simplismo. Se nos indica en los títulos finales que luego este hombre volvió a reingresar en los marines y estuvo dos años en Irak—como rúbrica final de reacción shockautomática a la americana, una justificación entre líneas de la política de Bush allí, por parte de Stone. Mucho me temo que en Irak habrá perdido el marine (y América) la fe—en los Marines, en Dios y en América.

Peter Bradshaw escribió en el Guardian una reseña más cruel, más divertida y seguramente más ajustada que la mía.






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Retropost #1640 (3 de junio de 2007): Dos microrrelatos


Cuando se despertó, sólo estaban allí los zapatitos del bebé.



In My Dream

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Opera in absentia et in praesentia


Lem
Llevo todo el año, desde que cumplí los 55, completando el currículum vitae; no digo haciendo muchos méritos nuevos, sino sobre todo añadiendo enlaces a publicaciones de las que andan por la web, y muchos por repetido y tripitido, en un repositorio, y en otro, y otro requetepositorio (Por suerte, no añado todas las publicaciones electrónicas, y aun así me repito más que el ajo).

En fin, sea como sea, hoy cumple mi currículum la cifra redonda de 800 páginas. Esta es la dirección abreviada donde puede bajarse en PDF mi currículum actualizado. (Uf): http://bit.ly/jaglcv

Y además incluye enlaces activos, con lo cual casi matamos dos pájaros de un tiro, y lo podría llamar Opera in absentia et in praesentia, puestos a poner titulajos en latín.

O sea que se puede leer como currículum o como portal a las Obras Completas. Sin embargo, no llegando al nivel, ni al nivel de autocomplacencia, de James Joyce, me permito aconsejar al público que no dedique sus días y sus noches íntegras al examen de mis obras. Que igual se llevaban una decepción.

O, por qué no, una agradable sorpresa, que ya vale de ser negativo ("Idiota, habla siempre bien de ti mismo", nos aconseja Ricardo III). En realidad, hay allí un poco de todo, como en botica.




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viernes, 2 de junio de 2017

Radioscopie - Edgar Morin (1970)

Aún mantengo el puesto 7


Mantengo desde hace dos años y medio el séptimo puesto mundial por número de artículos en la SSRN. Pero mal lo mantengo, si dejo de subir artículos. Aquí sólo se mantiene uno subiendo, es la única manera de no bajar. Así que pronto me despediré de este puesto.






Manteniendo el puesto 7


Estamos ya más en edad de ir bajando que de seguir subiendo a ninguna cumbre.




Detenido en el puesto 7



Según parecen augurar las estadísticas.





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Con el mocé

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Samuel Beckett: Literatura y Traducción CFP


JORNADAS INTERNACIONALES. 

SAMUEL BECKETT: LITERATURA Y TRADUCCIÓN 

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA – CÁCERES FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS 12-13 ABRIL 2018 


Samuel Beckett (1906-1989) es un escritor de enorme trascendencia para la literatura tanto irlandesa como universal que ha alcanzado la talla de icono cultural en tiempos recientes. La fama mundial le llegó con Esperando a Godot (1953), una obra escrita en francés que de inmediato él mismo tradujo al inglés, siendo este un patrón que se repetiría a lo largo de su vida. Asimismo, tradujo al francés la mayoría de sus obras escritas en inglés, convirtiéndose, de hecho, en el más importante escritor bilingüe del siglo XX. Se podría decir que el bilingüismo en Beckett alcanza el status de categoría estética: cuando Beckett parecía “fallar de nuevo” sin poder avanzar, el bilingüismo le ofreció la oportunidad de seguir adelante. Escribir en otra lengua, efectivamente, parecía el único avance posible de una literatura encerrada en sí misma. Como resultado de todo este proceso al final de su vida había creado, como señala Sinead Mooney, un canon inestable y complejo, en el cual, desde el final de la Segunda Guerra Mundial en adelante, se hace cada vez más difícil distinguir consistentemente entre el original y su traducción. Beckett era consciente de la enorme importancia del bilingüismo y la autotraducción en su producción literaria y se sabe que ayudó a numerosos traductores de su obra, interesándose vivamente por la forma en que sus novelas y textos teatrales se vertían a otros idiomas. 

Sin embargo, a pesar de la relevancia internacional del Premio Nobel de Literatura de 1969, todavía existe en España un relativo desconocimiento de su obra. Estas jornadas tienen como objetivo analizar la presencia de Beckett en la vida cultural española en los últimos sesenta años, con particular atención a las traducciones de su obra al castellano. Si bien prácticamente todas las novelas, obras de teatro y textos en prosa del autor irlandés se encuentran traducidos a nuestro idioma, existe una gran irregularidad en cuanto al estado actual de dichas traducciones. Numerosos textos emblemáticos del autor están descatalogados y otros se encuentran dispersos en ediciones de escasa tirada. Estas jornadas pretenden constituirse en un foro de debate en el que analizar a Beckett en español, de forma que futuros estudios sobre la obra de Beckett en nuestro país puedan fundamentarse en los trabajos que aquí se presenten. 

Para las jornadas internacionales Samuel Beckett: Literatura y Traducción se aceptan propuestas de comunicaciones interdisciplinares (en castellano, inglés o francés) sobre los siguientes temas:
-Samuel Beckett y el bilingüismo en su obra. 

-Traducciones de Samuel Beckett al castellano y a otros idiomas peninsulares: análisis de casos concretos y estado de la cuestión. 

-La recepción de Samuel Beckett en España.
-La censura de la obra de Samuel Beckett en España. -Beckett y la autotraducción de su obra al inglés y al francés. -Corrientes de interpretación de Samuel Beckett.
-Beckett y el pensamiento filosófico.
-Beckett y la exploración de otras formas artísticas. 

-Análisis de obras de Samuel Beckett. 


Las propuestas de comunicación pueden enviarse por correo electrónico a esta dirección samuel_beckett@unex.es antes del 30 de septiembre de 2017. Deberá incluirse en archivo adjunto el título de la comunicación, un resumen o abstract de 200–300 palabras, el nombre del ponente y la institución a la que pertenece, así como un correo electrónico. El Comité Científico del Congreso valorará las propuestas presentadas y comunicará su aceptación durante el mes de noviembre 2017, para a continuación proceder a abrir el proceso de inscripción. 

Ponentes plenarios
Alan Graham (University College Dublin, Irlanda) Nadia Louar (Universidad de Wisconsin, USA) José Francisco Fernández (Universidad de Almería) 

Organiza
-Universidad de Extremadura, Cáceres. Facultad de Filosofía y Letras. -Proyecto I+D FFI2016-76477-P (MINECO y AEI/FEDER) 

Dirección del congreso
Bernardo Santano Moreno (Universidad de Extremadura) 

Comité organizador
Carolina Amador Moreno (Universidad de Extremadura)
Lourdes Carriedo López (Universidad Complutense de Madrid) Nuria Fernández Quesada (Universidad Pablo de Olavide)
José Francisco Fernández Sánchez (Universidad de Almería) María del Carmen Galván Malagón (Universidad de Extremadura) Luis Girón Echevarría (Universidad de Extremadura)
Noelia Plaza Fernández (Universidad de Extremadura)
Olvido Soria Pequeno (Universidad de Extremadura)
Diana Villanueva Romero (Universidad de Extremadura) 


Comité científico
Antonio Andrés Ballesteros González (UNED)
María José Carrera de la Red (Universidad de Valladolid) Lourdes Carriedo López (Universidad Complutense de Madrid) Nuria Fernández Quesada (Universidad Pablo de Olavide)
Alan Friedman (University of Texas at Austin)
José Ángel García Landa (Universidad de Zaragoza)
Karine Germoni (Université Paris-Sorbonne)
María Jesús López Sánchez-Vizcaíno (Universidad de Córdoba) François Noudelmann (Université Paris 8)
Bernardo Santano Moreno (Universidad de Extremadura) Pascale Sardin (Université Bordeaux Montaigne, Francia)
Dirk Van Hulle (Universidad de Amberes, Bélgica)
Feargal Whelan (UCD, Irlanda) 





beckett thinking



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RLC (2017 06 01) Puigdemont entrará en la mente de los antiindependentistas

Pages by Rattlesnake

Refoto de Flickr

Refoto de Flickr

jueves, 1 de junio de 2017

Delito de Sedición en Cataluña (Antonio García-Trevijano)
















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Retropost #1638 (1 de junio de 2007): Morfing de caras pintadas


"Women in art", un hipnótico vídeo de un tal EggMan sobre el eterno femenino o algo así. Una nueva forma de arte, esta de la modificación automática de imágenes. ¿Quién es el artista? ¿El programador, el pintor, quien selecciona las caras, el ordenador, el azar?
















Al parecer, la serie es así: Leonardo Da Vinci, Rafael, Tiziano, Botticelli, Giovanni Antonio Boltraffio, Durero, Lucas Cranach el viejo, Antonello da Messina, Pietro Perugino, Hans Memling, El Greco, Hans Holbein, Fyodor Stepanovich Rokotov, Rubens, Gobert, Caspar Netscher, Pierre Mignard, Jean-Marc Nattier, Élisabeth-Louise Vigée-Le Brun, Sir Joshua Reynolds, Franz Xavier Winterhalter, Alexei Vasilievich Tyranov, Vladimir Lukich Borovikovsky, Alexey Gavrilovich Venetsianov, Antoine-Jean Gros, Orest Adamovich Kiprensky, Amalie, Corot, Manet, F. Latour, Ingres, Wontner, William-Adolphe Bouguereau, Comerre, Leighton, Blaas, Renoir, Millias, Duveneck, Cassat, Weir, Zorn, Alphonse Mucha, Gauguin, Matisse, Picabia, Gustav Klimt, Hawkins, Magritte, Dalí, Malevich, Merrild, Modigliani, Picasso.



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Retropost #1637 (1 de junio de 2007): Respuesta y recurso



El Departamento de Filología Inglesa y Alemana de la Universidad de Zaragoza ha elaborado su Plan de Ordenación Docente en los nuevos postgrados con criterios contrarios a derecho, pues iban encaminados a reservar toda participación en esos programas de postgrado a los miembros de los equipos de investigación de los coordinadores del propio postgrado, los Dres. Onega, Collado, Deleyto y Vázquez. Esta actuación ha sido sometida a recurso y se nos ha dado la razón a los recurrentes: los criterios vulneran la normativa universitaria, y son nulos en su aplicación. Ya con anterioridad se habían anulado otros aspectos de este Programa Oficial de Postgrado de Estudios Ingleses por presentar los mismos vicios, aunque los coordinadores no han dado hasta el presente ninguna señal de que en el futuro sus actuaciones vayan a ajustarse a derecho, pues la anterior resolución fue acogida con un subterfugio legal que ha sido a su vez recurrido. Ahora llega esta nueva resolución. El mensaje parece claro para cualquiera que no se haga el sordo, creo.

Reproduzco a continuación, primero, la respuesta del Rectorado con la resolución del recurso, y seguidamente el recurso que se presentó.

Observaré que la estimación parcial del recurso se refiere a que no se va a alterar el pasado: la asignación de docencia de este curso pasado, que se ha hecho ya (y no se puede cambiar) con criterios contrarios a derecho. Sí observaré que a pesar del no pronuciamiento explícito, una actuación con criterios contrarios a derecho es nula de por sí.  



Universidad de Zaragoza
Fecha: 14-05-2007
(Salida de registro 28/05/07)
Nuestra Refº: Rectorado /JSJ
Destinatarios: Sr. D. José Angel García Landa y otra
Departamento de Filología Inglesa y Alemana
Sr. Director del Departamento de Filología Inglesa y Alemana
Facultad de Filosofía y Letras
Universidad de Zaragoza

Asunto: Resolución recurso de Alzada

En el Recurso de Alzada interpuesto por D. José Angel García Landa y Dª Beatriz Penas Ibáñez frente a la decisión de la Dirección del Departamento de Filología Inglesa y Alemana de fecha 19 de febrero de 2007 denegando la admisión a trámite de su solicitud de impartir docencia en el Programa Oficial de Postgrado "Máster de Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa" y que se sustenta en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

En fecha 14 de febrero de 2007 el Subdirector de Ordenación Académica del Departamento de Filología Inglesa y Alemana comunicó al Personal Docente e Investigador (PDI) perteneciente al mismo que el plazo para realizar el POD de las asignaturas del citado Máster correspondientes al curso 2006-2007 (que ya se estaba impartiendo en esas fechas, por tanto) debería efectuarse entre los días 12 de febrero a 2 de marzo, solicitando la remisión de la oportuna petición de asignación docente a fin de elevarla a la aprobación del órgano competente (Consejo de Departamento) o, en su caso, dirimir las posibles duplicidades entre candidatos. Los hoy recurrentes, miembros del PDI del Departamento y pertenecientes al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, solicitaron la asignación docente de algunas de las asignaturas de dicho Máster tanto para el curso actual (si aún no se hubieran impartido) como de cara a su reasignación al curso siguiente, solicitud que les fue inadmitida en fecha 19-02-2007 por "no cumplir todos los requisitos de admisión de profesorado vigentes en dicho Máster, a saber: Ser doctor perteneciente a los cuerpos docentes universitarios de Catedrático de Universidad, Profesor Titular de Universidad o Profesor Titular de Escuela Universitaria; estar en posesión de, al menos, dos tramos de investigación evaluados positivamente y pertenecer a grupos de investigación reconocidos y relacionados estrechamente con las enseñanzas que se imparten en la titulación".

Es esta decisión de inadmisión la que se recurre y frente a la que se solicita: 1) La anulación del POD del Programa Oficial de Postgrado "Master en Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa para el curso 2006-2007 que se viene tramitando a estas fechas; 2) Que se ordene al Departamento la elaboración de ese POD siguiendo los criterios ajustados a derecho y a las buenas prácticas universitarias; 3) Que se ordene al Departamento la revisión de la normativa propia para la ordenación docente de su postgrado oficial, por contravenir no sólo los principios básicos de ordenación docente en la Universidad sino también el propio Reglamento del Departamento y la reglamentación vigente para el ciclo superior del mismo postgrado así como los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y la misma LOU; 4) Que se especifique que estos criterios tampoco son aplicables a Primer Ciclo para evitar futuros abusos y recursos; 5) Que se pronuncie sobre los límites de aplicación que ha de tener la relación entre docencia oficial y pertenencia a grupos de investigación y explicite los límites de las buenas prácticas en ese terreno.

Desarrollan los recurrentes todas sus argumentaciones y consecuencias al respecto en su escrito de interposición, que damos aquí por reproducidas.

El procedimiento se ha seguido por todos sus trámites, interesando informes y documentación diversa tanto del Sr. Director del Departamento como del Sr. Vicerrector de Profesorado, todos los cuales han quedado incorporados al expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Competencia

El Rector es competente para conocer del presente recurso conforme a lo establecido en el art. 66 apartados e) y s) de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza (Decreto 1/2004, del 13 de enero, del Gobierno de Aragón).

II.- Legitimación

Los recurrentes están legitimados para la interposición del presente recurso por ser parte interesada en el procedimiento en tanto que titulares de derechos e intereses legítimos como miembros del Departamento cuya resolución se recurre. (Art. 31.1 Ley 30/1992).

III.- Objeto del recurso

Es objeto de recurso los criterios seguidos por el Departamento de Filología Inglesa y Alemana para la asignación, entre los profesores adscritos al mismo, del encargo docente previamente fijado en el Plan de Ordenación Docente en lo relativo a la impartición del Curso Oficial de Posgrado "Master en Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa", que ha comenzado a impartirse el presente 2006-2007 y forma parte de las nuevas enseñanzas oficiales de posgrado establecidas a partir de los Reales Decretos 55 y 56/2005, que regulan, respectivamente, las enseñanzas de grado y de posgrado.

El Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana en fecha 18 de marzo de 2005 aprobó los "Criterios de priorización para la elección de asignaturas por los profesores en cada centro" encomendando a la Comisión de Ordenación Docente la elaboración de una propuesta de baremación de los criterios a seguir en la adjudicación de la carga docente (Cuerpo docente, antigüedad en el cuerpo, antigüedad en la impartición de la asignatura, perfil docente, perfil investigador, formación para la docencia) y en fecha 20 de abril de 2005 se completó con la aprobación de unos "Criterios de asignación de docencia de carácter general".

Ahora bien para el Máster objeto de este recurso el Departamento de Filología Inglesa y Alemana no aplicó estos criterios de priorización y asignación docente sino que, según ha informado el Director del Departamento, al ser "una situación totalmente nueva ... hubo de tenerse en cuenta que ya existían (y existen) criterios de profesorado muy concretos, establecidos en la Memoria del Máster".

Resulta, sin embargo, que mientras los criterios vigentes no son excluyentes sino que van baremando y priorizando en función de las distintas situaciones (cuerpo docente, antigüedad, experiencia docente, líneas de investigación, perfil docente) pero tomando como base a todo el profesorado adscrito al Departamento y al área de conocimiento de que se trate, en los criterios establecidos en la Memoria del Máster se incorporan unos requisitos acumulativos (Así, no basta con "Ser doctor perteneciente a los cuerpos docentes universitarios de Catedrático de Universidad, Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Escuela Universitaria"; sino que se exige además que se esté "en posesión de, al menos, dos tramos de investigación evaluados positivamente" y además "pertenecer a grupos de investigación reconocidos y relacionados estrechamente con las enseñanzas que se imparten en la titulación") que dejan fuera de toda posible priorización y baremación a un buen número de profesores integrantes del Departamento que están en posesión del título de Doctor y que, en lugar de ver garantizada su plena capacidad docente e investigadora, se ven impedidos de acceder a la impartición de docencia en enseñanzas de titulación oficial de posgrado.

De lo expuesto se concluye que debamos reputar como anulable toda asignación de docencia que se realice en base a criterios que restrijan, limiten o no respeten el acceso a la docencia y a la investigación, derechos/deberes del profesorado universitario conforme a la normativa anteriormente señalada.

Y si resulta que tales criterios han sido establecidos en lugar que no es el indicado, como es la Memoria del Máster en Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa con mayor razón deberá el Departamento revisarla, como habrá de hacerlo también en la Memoria del Programa de Doctorado en Estudios Ingleses como ya tuvimos ocasión de señalar en la resolución de recurso de alzada de fecha 22-12-2006, todo ello en orden a adecuar sus determinaciones al respeto y debida garantía de los derechos y deberes del profesorado perteneciente al Departamento de forma tal que sea reconocida y adecuadamente valorada su capacidad docente e investigadora.

Po lo que atañe a la asignación de docencia en el Máster para el curso 2006/2007, habida cuenta que ésta ya se ha impartido en su práctica totalidad a la hora de resolver este recurso, no ha lugar a efectuar pronunciamiento alguno.

De acuerdo con los Antecedentes de Hecho y de Derecho reseñados y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,


HE RESUELTO

ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso de alzada interpuesto por los profesores D. José Ángel García Landa y Dª Beatriz Penas Ibáñez y en su virtud ordenar al Departamento de Filología Inglesa y Alemana que la asignación del encargo docente en todas las enseñanzas que conduzcan a la obtención de títulos oficiales, ya sean de grado como de posgrado, se efectúe siguiendo los criterios establecidos por su normativa propia adecuándola, en su caso, a la legislación vigente, revisando también los criterios establecidos en los actuales Programas Oficiales de Posgrado que se imparten desde el Departamento de forma que se adecúen y no contradigan ni a la normativa propia del Departamento adoptada en 2005 ni la que es de general aplicación; todo ello en uso de su autonomía y conforme a los límites señalados por la legislación y por la jurisprudencia.

Dése cuenta al Departamento de Filología Inglesa y Alemana a efectos de su cumplimiento.

El Rector,

Fdo. Felipe Pétriz Calvo

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Zaragoza de conformidad con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


Y este era el recurso que presentamos y dio lugar a la resolución anterior.

Remitentes: Dres. José Ángel García Landa, Beatriz Penas Ibáñez (Departamento de Filología Inglesa y Alemana).
Destinatario: Excmo y Mgfco. Sr. Rector de la Universidad de Zaragoza.
Asunto: Recurso alzada contra POD del Máster ("Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa") del POP de "Estudios Ingleses"
Fecha: 21 de febrero de 2007

Excmo. Sr. Rector Mgfco.:

Interponemos ante V.E.M. por la presente Recurso de Alzada contra una decisión de la Dirección del Departamento de Filología Inglesa y Alemana de fecha 19 de febrero de 2007, por la cual se niega el trámite a nuestra solicitud de impartir docencia en el Programa Oficial de Postgrado de nuestro Departamento.

En resolución fechada el 22/12/2006, el Rector determinó la anulación de los criterios establecidos por el Departamento de Filología Inglesa y Alemana para la organización docente del Doctorado de Estudios Ingleses, por ser contrarios a derecho.

Estos criterios que se anularon para el Doctorado siguen vigentes, sin embargo, en el Programa Oficial de Postgrado del Departamento, en concreto en el Máster de Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa, que no recurrimos en el momento de su aprobación por creer que serían corregidos en instancias superiores. Esto no ha ocurrido, dando lugar a una normativa injusta que produce indefensión.

Nos encontramos ahora con la paradoja de que en nuestro departamento los requisitos que capacitan para la docencia en el nuevo Segundo Ciclo son muy superiores a los que capacitan para la docencia en el nuevo Tercer Ciclo.

Podría parecer que la paradoja es posible, habida cuenta de que según la resolución del Rector es la Comisión de Doctorado de la Universidad quien determina los criterios que garantizan a un profesor su capacitación para la dirección de Tesis. Mientras que no es el mismo órgano el que establece los criterios para Segundo Ciclo. Podría parecer posible, decimos, que existiesen criterios especiales para Máster que no rigen para Tercer Ciclo (aun creando un cierto absurdo administrativo), al ser un órgano diferente quien los establece en cada caso.

No ha lugar, sin embargo, para el mantenimiento de tal paradoja administrativo-legal. En efecto, es el Departamento quien ha de asignar la docencia, pero tal asignación ha de hacerse en base a criterios que no emanan de decisiones arbitrarias del Departamento, sino de la normativa legal de rango superior, que emana de la LOU, de la Ley de la Función Pública, y de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza.

La LOU garantiza la plena capacidad docente e investigadora de Catedráticos y de Profesores Titulares de Universidad. No es posible, por tanto, que una norma de funcionamiento de carácter inferior la vulnere frontalmente al establecer requisitos para la capacitación docente en segundo ciclo que la contradicen al establecer que ciertos Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad no están capacitados para impartir docencia en este Máster. Se introducen criterios excluyentes mucho más restrictivos que los contemplados en la LOU y que los únicos explicitados por la Universidad de Zaragoza, en este caso para Tercer Ciclo. Criterios que dejan sin capacitación docente a los profesores titulares y catedráticos que, por no trabajar en equipo y desarrollar su investigación de forma independiente, hace que no los cumplan. Es importante articular la diferencia que hay entre tener en cuenta méritos baremables, a la hora de priorizar distintas solicitudes de asignación docente, y establecer criterios iniciales eliminatorios, que vulneran abiertamente la legalidad. Como deja clara la decisión del Subdirector de Ordenación Docente del Departamento en su respuesta a nuestra petición de impartir cierta docencia en el Máster oficial del departamento, nuestra solicitud no es ni siquiera admitida a trámite, porque existe una norma de rango inferior (y contraria a derecho) que nos elimina de entrada. Ni siquiera se ha solicitado nuestro currículum para priorizar las solicitudes, pues sencillamente se nos niega la admisión a trámite.

Hay que hacer notar otra incongruencia administrativa. Por otra parte, el Departamento tiene ya un baremo para asignación de la docencia, baremo que (sin entrar o no en su adecuación) contradice los criterios establecidos para la docencia en el postgrado. Es decir, en el departamento se tiene y aplica un doble baremo: uno que supuestamente cubre la docencia del departamento en sus tres ciclos, y otro, especial para este segundo ciclo/máster, que contraviene al primer baremo, introduciendo los requisitos de a) pertenencia a grupos de investigación que estén recibiendo actualmente una subvención, b) de posesión dos sexenios de investigación, etc., —requisitos que, repetimos, han sido declarados contrarios a derecho para el Tercer Ciclo de este mismo postgrado.

Todo este razonamiento ha sido expuesto, según consta en el Anexo III, ante el Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana.

Tras una entrevista con el Sr. Decano de la Facultad de Filosofía y Letras, solicitada ante las dudas existentes sobre la responsabilidad de Centros o de Departamentos en cuanto a la ordenación docente en los Programas Oficiales de Postgrado, el Sr. Decano nos hizo saber que este asunto cae fuera de las competencias de la Facultad, y que no consideraba que entrase en sus atribuciones el requerir a los Coordinadores del Máster que reformasen la normativa o el POD del Postgrado de Estudios Ingleses. A juicio del Sr. Decano, la Facultad se limita a conocer de la actuación del Departamento, pero no entra a valorarla ni considera que se trate en este caso de un asunto de su competencia, y que así se podía hacer constar a V.E. en este recurso. De ahí que nos dirijamos una vez más directamente al Rectorado, para obtener no sólo una resolución sobre el acto específico recurrido, sino una explicitación de la normativa de organización docente y los límites de su supeditación a los intereses de los equipos de investigación—clarificación muy necesaria con el fin de evitar que casos semejantes sigan planteándose a cada momento.

Queremos subrayar una vez más que esta situación sólo puede entenderse como resultado de las estrategias de apoyo mutuo de ciertos grupos de profesores, a saber, los integrados en los equipos de investigación subvencionados. Estos grupos buscan explícitamente favorecer sus intereses y a sus miembros, estableciendo normas internas contrarias a derecho que les dan prerrogativas injustificables en todas las áreas de la actividad universitaria, tanto docencia como investigación. No es ésta una interpretación que cueste mucho trabajo hacer: basta leer la memoria del Doctorado impugnado, y la del Máster que sigue en vigor, pues son bastante explícitas al respecto. De esta manera se vulneran los derechos de los profesores no pertenecientes a esos equipos (aun con más investigación y sexenios en ocasiones que los profesores pertenecientes a los equipos), y, es más, se crea una dinámica de arrinconamiento de los investigadores independientes por medio de alianzas partidistas y control de votos (entre 16 y 18 votos en este caso, más abstenciones masivas), que envenena el ambiente de trabajo. Lo que estamos viviendo en el Departamento de Filología Inglesa y Alemana resulta con frecuencia en situaciones de acoso laboral o mobbing, ante la pasividad de la Dirección en los casos de tergiversación de la normativa que estamos contemplando, o en las maniobras de acoso administrativo a quienes contravienen los intereses creados. La Dirección se ampara en este caso en que puede haber distintas interpretaciones a lo dicho en la resolución del Rector sobre el Tercer Ciclo.

Y, como es habitual, en la raíz del problema están las actitudes feudales y personalistas, a la vez de protección e intimidación, promovidas por los catedráticos y aspirantes. Hay que nombrar a los máximos responsables de este proceso de tergiversación de las normas: son los coordinadores del Programa Oficial de Postgrado y catedráticos de este Departamento, en especial los Dres. Susana Onega, Francisco Collado y Celestino Deleyto, secundados por los demás profesores del postgrado y sus equipos de investigación. No estamos pidiendo al Rector que acabe con los sistemas de "protección" promovidos por los catedráticos, pues eso está fuera de su capacidad de actuación. Sí solicitamos que se corrijan los abusos concretos que se denuncien, pues ya es mucho que estas denuncias lleguen a efectuarse. Los profesores que decidimos defender nuestros derechos nos vemos abocados a estar día a día redactando recursos y permanecer pendientes de ellos. Ello interfiere seriamente con nuestros derechos y nuestras obligaciones como empleados públicos. Esta es una situación intolerable en una administración pública, y exigimos el amparo del Rector. Los Estatutos de la Universidad de Zaragoza (Art. 7), y las buenas prácticas que han de regir en la institución, dejan claro que los Departamentos han de apoyar a sus profesores—a todos, y no sólo a una parte interesadamente autoseleccionada de ellos—en el desarrollo de sus actividades e iniciativas docentes e investigadoras.

En el caso que nos ocupa, los criterios excluyentes y contrarios a derecho establecidos por los coordinadores en la memoria de Postgrado de Estudios ingleses, (subrayados en la copia del Anexo II), exigen para poder aspirar a que se tramite la petición de docencia en Máster los siguientes requisitos:

a) la pertenencia a determinados grupos de investigación,
b) la necesidad de que hayan de estar estos grupos recibiendo actualmente una subvención,
c) la posesión de un mínimo de dos sexenios de investigación, y
d) la pertenencia a determinados Cuerpos de profesorado.

Estos criterios se aplican en primera vuelta: como veremos, hay una segunda vuelta "por invitación" en la cual dejan de aplicarse, pasando a ser criterio de calidad el haber sido señalados por el dedo de los profesores seleccionados en primera vuelta. Algunos de estos criterios sí podrían ser objeto de valoración no excluyente a priori en un baremo equilibrado, pero no es así como se utilizan aquí.

Hay que añadir que a los mencionados criterios (abusivos y excluyentes) se suman en la memoria del Máster una serie de elementos de carácter discrecional que pugnan con la consideración de que la acreditación para impartir docencia en segundo ciclo / máster ha de ser un procedimiento reglado de acuerdo con criterios públicos y objetivos. Así, la memoria, tras establecer los diversos criterios eliminatorios a que hemos hecho referencia, establece (págs. 43-44) que esos mismos criterios serán de aplicación discrecional para los coordinadores, pues también podrán participar profesores no permanentes miembros de sus equipos por invitación, o incluso personas que no sean profesores universitarios. Quienes tienen la participación vedada en todo caso son los miembros del Personal Docente e Investigador de esta Universidad que no sean miembros de sus equipos ni sean invitados por los coordinadores. De hecho éstos se vedan a sí mismos incluso la posibilidad de invitar a dichos profesores del Departamento como colaboradores. Esto da una idea clara de cúal es la finalidad primera que inspira esta normativa: la exclusión por norma de aquellos Profesores Titulares que no forman parte de los equipos de investigación de los Catedráticos y aspirantes.

Sería inaudito que en una Universidad Pública y en un Máster oficial se utilizasen semejantes criterios de ordenación docente privatizadores e incluso persecutorios, tan ajenos a las buenas prácticas establecidas en la institución. El hecho de que se estén implantando nuevos estudios y de que sus normas no estén todavía del todo explicitadas no ha de llevar a presuponer que hay campo abierto para ingenierías administrativas; antes bien, si no hay nuevos criterios claros aplicables a los nuevos programas de postgrado, ha de presuponerse que los criterios a aplicar son los criterios rectores de la Universidad, según la legislación vigente.

Así pues, RECURRIMOS

la decisión tomada por el Subdirector de Ordenación Académica del Departamento, que ha decidido no admitir a trámite nuestra solicitud de impartición de docencia en el POP, pues este acto de trámite decide sobre el fondo del asunto, manteniendo para el Segundo Ciclo la normativa que se ha declarado contraria a derecho para el Tercer Ciclo. De este modo, una convocatoria de asignación docente, que por definición es pública para los miembros del Departamento, vulnera este principio y altera su propio carácter, haciéndose cerrada para un grupo privado, bajo al apariencia de ser una convocatoria abierta a través de una circular al Departamento. El ANEXO I incluye la convocatoria por correo electrónico del Subdirector de Ordenación Docente, nuestra solicitud subsiguiente, y la respuesta del Subdirector negándose a tramitarla.

Y SOLICITAMOS:

1) Que V.E. anule el POD del POP de Estudios Ingleses del Departamento de Filología Inglesa y Alemana para el curso 2006-2007, POD que se viene tramitando en estas fechas.

2) Que ordene al Departamento la elaboración de este POD siguiendo criterios ajustados a derecho y a las buenas prácticas universitarias.

3) Que V.E. ordene al Departamento de Filología Inglesa y Alemana la revisión de la normativa propia para la ordenación docente de su postgrado oficial, por contravenir no sólo los principios básicos de la organización docente en la Universidad, sino también el propio reglamento del Departamento y la reglamentación vigente para el ciclo superior del mismo postgrado, así como los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y la misma LOU. Es decir, pedimos que se anule por ser contraria a derecho esta normativa interna que se ha establecido en el Postgrado de Estudios Ingleses, especificando que estos requisitos no se ajustan a derecho en Segundo Ciclo, como no lo hacen en Tercer Ciclo, y que por tanto no han de aplicarse.

4) Pedimos que el Rector, en su respuesta, especifique también que estos criterios tampoco son aplicables a Primer Ciclo, para evitar futuros abusos y recursos.

5) Reiteramos nuestra solicitud de que el Rectorado se pronuncie sobre los límites de aplicación que ha de tener la relación entre docencia oficial y pertenencia a grupos de investigación, y explicite los límites de las buenas prácticas en este terreno. Más específicamente, que determine si la pertenencia a grupos de investigación puede ser criterio determinante para la asignación de docencia, y si puede haber otros criterios excluyentes (dos sexenios, pertenencia a cuerpos de funcionarios, etc.) para impartir docencia oficial. Y si es admisible que en el reglamento de una institución pública coexistan estos criterios abusivos con un sistema discrecional de excepciones a todos ellos, convirtiendo un programa oficial de estudios y su máster en una pequeña Cosa Nostra.

Consideraciones finales. De esta explicitación de las actuaciones permisibles, y del reajuste normativo subsiguiente, sólo se derivarán beneficios para el propio postgrado de Estudios Ingleses y para el conjunto del Departamento, que sufre de un monopolio abusivo de grupos de apoyo mutuo: un monopolio de intereses creados que obstaculiza la libre competencia de los profesores de acuerdo con sus méritos y con criterios conformes a derecho, amén de obstaculizar el normal desarrollo y progreso de las tareas docentes y el ejercicio de la investigación independiente garantizada por los Estatutos de la Universidad. Estos investigadores, independientes de los grupos, sin subvenciones y con menos apoyos de todo tipo, están produciendo un mayor caudal de trabajo docente e investigador que bastantes miembros protegidos de los grupos de investigación. En cuanto a los firmantes del recurso, que hemos visto negado el trámite a nuestra solicitud, nuestro rendimiento calidad/precio, si tenemos en cuenta el nivel de producción investigadora y el coste de la misma en subvenciones, es muy superior al de los equipos liderados por los Coordinadores del Máster. Pero necesitamos saber no sólo si la organización docente ha de supeditarse a la investigación, sino también si (en ese caso) el criterio determinante ha de ser la capacidad investigadora demostrada, o la protección que da la pertenencia a un grupo. Sólo conociendo las normas podremos atenernos a ellas.

Los apoyos mutuos de grupos y los feudos siempre existirán: pero es inadmisible que adquieran rango de norma de ordenación académica y se permitan aparecer explícitamente en los procesos administrativos, imponiendo exigencias que tergiversan la normativa universitaria, con la pasividad en este caso de la Dirección del Departamento. Es deber del Rectorado velar por que estos abusos dejen de producirse.

Zaragoza, 20 de febrero de 2007

(Firmado:)

José Angel García Landa Beatriz Penas Ibáñez



PS: Y envío esta noticia al Rincón de Opinión de la Universidad:

Se anulan las actuaciones abusivas en el Postgrado de Estudios Ingleses

Según resolución del Rector, la pertenencia o no a equipos de investigación no puede ser criterio excluyente para la participación en programas oficiales de postgrado.

Hace algún tiempo informaba en el Rincón de Opinión (en "¿Estudios oficiales o feudales?") de la existencia en mi departamento, Filología Inglesa y Alemana, de criterios abusivos para la elaboración del Plan de Ordenación Docente. Se pretendía excluir del nuevo programa oficial de postgrado a todos los profesores que no perteneciesen a equipos de investigación financiados—en la práctica, a los equipos liderados por los coordinadores del postgrado (Dres. Onega, Deleyto, Collado y Vázquez), y se elaboró una normativa interna al respecto. Se impedía que quienes no perteneciesen a estos equipos pudiesen siquiera solicitar docencia en segundo ciclo, excluyéndoseles de entrada y sin aplicar baremación a sus méritos. También se pretendía impedirles—impedirnos— la dirección de Tesis Doctorales y la impartición de seminarios en el tercer ciclo. Con lo cual nuestro título de Doctor y nuestra "plena capacidad docente e investigadora" como Profesores Ttiulares, garantizada por la LOU, y nuestros sexenios de investigación reconocidos, quedarían en letra muerta con la reforma de las titulaciones.

Esta normativa interna fue votada, para vergüenza suya, por el Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana, lo cual obligó a algunos de los perjudicados (otros votaron a favor) a interponer recursos de alzada.

Una primera resolución del Rector anulaba estas normativas abusivas en Tercer Ciclo. Ahora bien, a instancias de los coordinadores, el Departamento se empecinó y volvió a presentar un programa en el que se nos excluía de nuevo, esta vez sin remitirse a ninguna normativa—un subterfugio que ha sido de nuevo sometido a recurso.

Ahora, una nueva resolución anula los criterios establecidos por el Departamento para su Postgrado de Estudios Ingleses. Según la resolución del Rector,


"se concluye que debamos reputar como anulable toda asignación de docencia que se realice en base a criterios que restrijan, limiten o no respeten el acceso a la docencia y a la investigación, derechos/deberes del profesorado universitario conforme a la normativa anteriormente señalada.
Y si resulta que tales criterios han sido establecidos en lugar que no es el indicado, como es la Memoria del Máster en Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa con mayor razón deberá el Departamento revisarla, como habrá de hacerlo también en la Memoria del Programa de Doctorado en Estudios Ingleses como ya tuvimos ocasión de señalar en la resolución de recurso de alzada de fecha 22-12-2006, todo ello en orden a adecuar sus determinaciones al respeto y debida garantía de los derechos y deberes del profesorado perteneciente al Departamento de forma tal que sea reconocida y adecuadamente valorada su capacidad docente e investigadora."

Se resuelve, pues,


"ordenar al Departamento de Filología Inglesa y Alemana que la asignación del encargo docente en todas las enseñanzas que conduzcan a la obtención de títulos oficiales, ya sean de grado como de posgrado, se efectúe siguiendo los criterios establecidos por su normativa propia adecuándola, en su caso, a la legislación vigente, revisando también los criterios establecidos en los actuales Programas Oficiales de Posgrado que se imparten desde el Departamento de forma que se adecúen y no contradigan ni a la normativa propia del Departamento adoptada en 2005 ni la que es de general aplicación; todo ello en uso de su autonomía y conforme a los límites señalados por la legislación y por la jurisprudencia."

Los recurrentes queremos dar a conocer estas resoluciones para que la comunidad universitaria conozca la situación de este departamento, donde los equipos de investigación actúan como grupos de presión que imponen normas para favorecerse a sí y a sus directores, vulnerando los derechos de los demás y la normativa universitaria. Es una situación que viene repitiéndose de modo sistemático, pero que no tenemos intención de dejar continuar sin someter a recurso cada actuación irregular. Queremos llamar la atención, sin embargo, sobre la presión psicológica y la pérdida de tiempo que nos supone esto a las pocas personas que resisitimos la acción abusiva—demostradamente abusiva, a juicio del Rector—de estos grupos, que vivida desde dentro raya en el acoso laboral.

Es de notar que estas decisiones internas en las que se excluye a una mayoría del departamento son aprobadas por una minoría que actúa como un partido político con disciplina de voto férrea, frente a una mayoría ausente o abstencionista que permite que sus propios derechos, y los de todos, se vulneren—llegándose así a estas situaciones absurdas, contrarias a derecho, e indeseables en la Universidad.




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Buenos días, España | 1-06-2017

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