domingo, 11 de noviembre de 2018

Retropost (11 de noviembre de 2008): Ascensos horizontales



Según promete el borrador del Estatuto del Personal Docente e Investigador de las universidades, podremos ascender sin ascender. Dentro de cada cuerpo se establecerán tres escalas y se ascenderá en ellas sometiéndose a una evaluación externa. strange fruitPara lo de las acreditaciones y oposiciones (ya eran obstáculos duplicados) parece bastante cerrado el grifo, y el club de los catedráticos seguirá siendo una cuestión reservada a quienes quieran dedicar a ello su vida y esfuerzos e intrigas. La gente se desmotiva. Así que proliferan los quinquenios y sexenios y tramos y cuerpos virtuales.

En esa línea se abre ahora esta especie de multiplicación de las entidades, o de promoción en falso, o de divide y los tendrás entretenidos, y reunidos en comisiones contando puntos. Desde aquí veo las montañas de resenti
miento acumulándose cuando se vea que no todos van a primera a la primera...

Pero el sistema será eficaz para tener a la gente compitiendo, y organizándose en equipos, y siguiendo líneas favorecidas, e indicaciones de la superioridad, y dándole vueltas todo el día a cómo sacar un puntejo más para la evaluación. (Por ejemplo, metiéndose en comités evaluadores). Y cómo se lo van a pasar algunos, redistribuyendo prebendas, funciones y tareas reservadas a los de primera, segunda, o tercera.

Yo creo que ya que la evaluación es voluntaria me quedaré en mi nivel, o mucho me equivoco: total, para ascender horizontalmente, casi te sale a cuenta dedicarte a lo tuyo y descender horizontalmente. Y aunque llegásemos a otro cuerpo más encumbrado tendríamos que volver a empezar, para no ser de tercera—porque con esto de los ascensos horizontales, hasta en tercera va a haber primera, segunda y tercera. Ya nos anunciaba esta reforma universitaria, y su estrategia 2015, aquel corrido de María Dolores Pradera.

desde el dia en que en la cuna te arropan
hasta el dia que te cubre la tierra
pues ahí tambien hay distinciones
ni de muerto te escapas siquiera
se dividen tambien los panteones
en primera, segunda y tercera

—todos horizontales, eso sí. Lo del ascenso vertical es más hipotético.

(PS: Me dice la Dra. Penas que para el caso, con esta reforma los Cuerpos se convierten en Castas. Y en el periódico hoy: Los profesores universitarios españoles, entre los peor pagados de Europa).

PS: Circular de Comisiones Obreras sobre este borrador de Estatuto del PDI:

El Estatuto de PDI es, junto con la LOMLOU y el EBEP, la norma legal de mayor trascendencia para la regulación de las condiciones laborales y retributivas de TODO el PDI.

Afecta a 56.000 PDI de todas las categorías, y nos va gobernar durante los próximos 20 años.

Ante la enorme relevancia de esta norma CC.OO. Informa:
·       El Ministerio tiene la OBLIGACION legal de NEGOCIAR con los representantes de los trabajadores en la Mesa Sectorial de Universidad. Hasta el momento el Ministerio no ha hecho más que iniciar "el debate del borrador". No ha iniciado la NEGOCIACION COLECTIVA con los REPRESENTANTES LEGITIMADOS, puesto que ni siquiera ha atendido la petición unánime de la representación sindical (CC.OO., UGT y CSI-CSIF) de CONSTITUIR LA MESA DE NEGOCIACION.

Este Borrador de Estatuto:
·       Es como un mal Convenio Colectivo sin promoción ni tablas salariales. Ascensos y salarios quedan en manos del Gobierno, para dentro de un año (¡otro más!), y sin negociación colectiva (Artículo 16.4, 16.5 y 17.3).

·       POSPONE SINE DIE LA CARRERA Y PROMOCIÓN DE TEUS Y CEUS, QUE QUEDAN TAMBIEN EN MANOS DEL GOBIERNO (Transitorias 1ª Y 2ª) SIN NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

·       Acaba con el actual modelo de quinquenio, que dejará de ser el complemento universal que da algo de lustre a nuestras nóminas (Artículo 16.3 y 16.6).

·       Sólo algunas de las actividades docentes computan dentro de la dedicación del PDI (cotejar Artículos 9.1 y 14.10).

·       Despoja a los futuros funcionarios de sus méritos anteriores al ingreso en los cuerpos docentes a efectos de retribuciones e incentivos (Artículo 17.3).

·       Acaba con la ilusión de la carrera investigadora: no hay más que PRECARIZACIÓN y vulneración del derecho a la negociación colectiva en los contratos de investigadores (Artículo 5.2 y 5.3).

·       Vulnera la Ley Orgánica de Universidades (Artículo 48), introduciendo la contratación de PERSONAL DOCENTE POR OBRA O SERVICIO para encargos docentes especializados de duración limitada, apoyo de los procesos de enseñanza-aprendizaje o innovación educativa (Artículo 5.1 y 5.2.d).

·       OLVIDA a contratados administrativos, becarios, Cajales, Juan de la Cierva, � (Artículo 1).

·       Introduce subrepticiamente la contratación a término de Profesores Contratados Doctores, contra lo establecido en la Ley Orgánica de Universidades (Artículo 52).

CC.OO. INSTA A TODO EL PROFESORADO A SEGUIR LA INFORMACIÓN SINDICAL QUE PERIODICA Y PUNTUALMENTE SUMINISTRAREMOS, A ACUDIR A LAS ASAMBLEAS INFORMATIVAS QUE VAMOS A CONVOCAR Y A ESTAR PREPARADOS PARA APOYAR NUESTRAS LEGITIMAS REIVINDACIONES LABORALES



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