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miércoles, 6 de junio de 2018

Retropost (6 de junio de 2008): Planes retroactivos



Últimamente el Rectorado de la Universidad de Zaragoza se está apuntando a elaborar su planificación retroactivamente. Planes retroactivos, que se perfilan sólo a posteriori, cuando ya ha sucedido lo que tenía que suceder. Así, por ejemplo, computan las horas del curso de doctorado que impartiste sólo con dos años de retraso, para asegurarse de que haya habido alumnos en su impartición; o se firman las fichas del Plan de Ordenación Docente, con el encargo docente de las asignaturas a los profesores, una vez ha concluido el año. Uno podría pensar, qué listos, así nunca falla la cosa. Un plan retroactivo es el mejor plan, porque así aciertas siempre. ¿Quién fue el sonso que pensaba que los planes se hacían "antes de", con la incertidumbre que eso conlleva? No, no: mucho mejor a toro pasado, o a tiro fijo, y así una vez visto el cumplimiento, haremos una planificación perfecta.

Claro que también les veo yo sus pequeños inconvenientes a esos planes retroactivos. El año pasado, haciendo los planes del año anterior, resulta que como no había planes ni criterios, la docencia del nuevo máster se había repartido en un cuartito cerrado, sin criterios públicos ni transparentes (de hecho con criterios que fueron luego anulados por el Rectorado) - y eso dio lugar a un contencioso que ahora está en los tribunales. A algunos les salió perfecto el plan, pero, retroactivamente hablando, habrá que ver a la larga si los costes colaterales no han sido mayores que los beneficios.

Y ahora, este año, me llega para rellenar la "ficha de encargo docente del profesor en el curso 2007-08". El encargo ya se encargó, claro (pues siempre hay un plan antes del plan, aunque se mueva en un marasmo de indefinición) pero ahora se quiere elaborar el plan definitivo—el que no tiene fallos, pues tiene hindsight, perspectiva retrospectiva.

Y me envían una lista de asignaturas que supuestamente yo debería haber impartido. Claro que entre ellas no está la asignatura de máster que pedí... Igual debería haberme plantado en el aula, cerrar con llave la puerta para que no entrase ningún otro profesor a darla, y ahora incluirla en el plan impartido—y sería perfecto administrativamente hablando. En lugar de eso, hice constar que no impartiría el grupo que me asignaban en su lugar (visto que yo no era "asignable" al postgrado, según me hizo saber la Dirección del departamento). Así que en la ficha retroactiva de planificación del pasado, primer sitio donde se me compromete con la firma a dar la docencia que se me asigna, les pongo esta apostilla. Para que se vea que planificar el pasado no sale siempre tan redondo como se esperaba:

"Al haber solicitado únicamente 50 horas de docencia de prácticas, y una asignatura de Máster, impartí en la asignatura 23419 únicamente la docencia que solicité, y no la que se me asignó (alegando que no era yo profesor "asignable" para el Máster). Esta circunstancia fue comunicada al Director, Decano y Rector, y está actualmente en proceso judicial. Reitero mi solicitud de que se respete en mi caso, como en el de los demás profesores, el turno de elección de docencia."

Lo que hice fue en lugar de dar dos grupos de prácticas, como quería el Departamento, juntar a los alumnos en un solo grupo. ¿Que tenían los alumnos derecho a dos grupos de prácticas? Pues seguramente sí—pero no a costa de que el Departamento me atropelle a mí mis derechos, ni vaya por ahí declarando en documentos oficiales que no soy "asignable" para dar segundo ciclo de Filología Inglesa, o que "no soy especialista" para impartir materias en el Máster—como hace con todo su cuajo la coordinadora de nuestro postgrado.

Y la Universidad, que les permite hacer estas cosas, que corrija retroactivamente el plan retroactivo, si lo quieren redondo, o, por mí, como si lo hacen cuadrado—si prefieren que les cuadre. Ahora, si el plan es aplicarme la ley del embudo por sistema, contando con que me voy a estar calladito y "sí bwuana", pues ese plan ya les digo que les va a fallar. Mejor irlo modificando.



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lunes, 3 de julio de 2017

Retropost #1682 (3 de julio de 2007): Mí no comprender


Último consejo de departamento del año. Donde otra vez los nervios están a flor de piel. Está claro que a nuestros catedráticos les saco de quicio: hay que ver cómo se ponían, qué voces y alaridos, sólo por exponer yo mi punto de vista: subiéndose por las paredes, vamos. Está visto que hay poca costumbre de disensión, y que el "sí bwana" gusta mucho más, a dónde va a parar. Parte de la estrategia de defensa de los catedráticos es sugerir que éste que escribe es un tipo destructivo, o que le ha dado una calentura en la cabeza, o que sus motivos para protestar son resentimientos personales arrastrados de un remoto pasado—y no vulneraciones de derechos presentes, que ésas conviene cubrirlas con un tupido velo.

En fin, que el punto único era la asignación de docencia y en mi caso y el de la Dra. Penas no se nos ha asignado, pues hemos solicitado una vez más docencia en el postgrado del departamento, recordando que la abusiva normativa interna por la que se nos venía excluyendo ha sido anulada ya dos veces por el Rector. Un momento difícil, ése, para la Dirección, el de decidir qué normativa aplicar ahora (aunque a la Dirección le da todo más o menos igual)—y para la Subdirección de Ordenación Académica (aunque en el caso de la Subdirección, con aferrarse a lo que le mandan hacer, lo que le mandan a nivel de departamento digo, solucionado).

Bueno, pues las respuestas ante esta encrucijada han sido varias y variadas. Primero unos aspavientos a voces del Dr. Collado, exponiendo que la gente civilizada no pide docencia que haya impartido otra persona antes, que a quién se le ocurre solicitar una docencia ya asignada. (Asignada el curso pasado contrariamente a derecho, le recordamos.... ) Y, además... añadimos—si no está asignada; si estamos precisamente asignándola. Bueno, pues que no, que no se puede, dice el Doctor; que si a él se le ocurre pedir mi asignatura, ¿qué? —Pues ahora es el momento de hacerlo, le digo. (Ya cogería yo la que él soltase, y punto).

En fin, que lástima que la noble voluntad del Dr. Collado de "evitar el caos", según ha dicho, sea contradictoria con la idea misma de un Plan de Ordenación Docente (he tenido que explicar que un "plan" se refiere al futuro, no al pasado), y con la existencia de una normativa para dirimir conflictos de solicitud en la asignación de docencia.

Otra estrategia ha sido la seguida por la Dra. Onega: como viene haciendo últimamente, sencillamente ha declarado desconocer ninguna resolución del Rector anulando los criterios de asignación docente de "su" postgrado. Ni tenía noticia, ni la había leído. Nadie, por cierto, ha tenido la gentileza ni de apoyarla ni de corregirla: todos callados como muertos, incluida la Dirección. Así que los disidentes de siempre hemos pedido que se haga llegar una copia de la resolución del Rector a la Dra. Onega, aunque seguramente algún mecanismo de bloqueo mental le impedirá percibirla.

Y aún otra estrategia ha seguido el Subdirector de Ordenación Docente, Dr. Guillén. Tras admitir que sí había habido una resolución del Rector (¡bravo!) ha dicho no comprenderla, no entender a qué aspectos de la normativa departamental se refería, ni cuáles anulaba—y que hubiese agradecido mucho al Rector que le dijese (en lugar esa vaguedad asignar la docencia "conforme a derecho") qué párrafos en concreto eran los que había que tachar.

Le he sugerido que probase con los que se refieren a reservar la docencia en segundo ciclo a los miembros de los equipos de investigación. Debería el Subdirector releer, si no comprende en una primera lectura. Pero está visto que la Subdirección está decidida a subdirigir sin salir de sus dudas, pues tampoco se nos ha dicho que se haya pedido aclaración al Rectorado ante estas dudas: simplemente se ha ignorado la resolución del Rector, una vez más.

Ante lo cual hemos decidido los disidentes que vamos a impartir más o menos la docencia que nos dé la gana, y si no, ninguna—pidiéndole al Rector que dirima al respecto. Y luego, siguiendo el ejemplo que nos dan nuestros catedráticos, oiremos o desoiremos las respuestas del Rector según nos convenga. Como no pasa nada y todo da igual....

Si hacerse el tonto o el sordo va a dar resultado en la Universidad, y producir efectos académicos, es algo que conviene aprender a hacer pero ya.

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jueves, 22 de junio de 2017

Retropost #1668 (22 de junio de 2007): Esto no es un cortijo


Hoy hemos estado de reunión de POD (Plan de Organización docente), repartiendo las asignaturas del curso que viene a los profesores del Departamento de Filología Inglesa (en la Facultad de Filosofía y Letras). Sin embargo, como los criterios de asignación a los que se aferra este departamento están recurridos y han sido anulados repetidas veces por el Rector, no es fácil saber qué acabaremos enseñando después del verano.  Ni siquiera qué se nos asignará definitivamente en el Consejo de Departamento, porque todo cambia tan deprisa: llueven los recursos, desaparecen las normativas.... O te llega un reconocimiento de sexenio más, como me acaba de pasar hoy.

La polémica se ha montado cuando hemos pedido la Dra. Penas y yo otra vez docencia en el máster, y se nos ha vuelto a excluir de entrada, por no formar parte de un equipo de investigación subvencionado, como siempre. Así que hemos dejado constar esta protesta:


Deseamos que conste en acta nuestra oposición a los siguientes criterios de asignación de docencia, que entendemos son irregulares:

1) Se ha aplicado una normativa, como es la de organización docente de los estudios de postgrado, que ha sido repetidamente anulada por resolución del Rector, para volver a excluirnos del Máster.

2) Se ha efectuado una contabilización doble del compromiso investigador a algunos miembros de los equipos de investigación, pues se sigue contabilizando 1/3 de su compromiso para descarga de docencia después de haber sido ya utilizado para obtener una descarga por plan IRDI.

Expresamos nuestra queja por estas actuaciones, y solicitamos que la asignación docente en el Consejo de Departamento se efectúe conforme a derecho.
Zaragoza, 22-6-07
Fdo. José Ángel García Landa    Beatriz Penas Ibáñez

También hemos protestado por el hecho de que los catedráticos, después de acumular para sí la descarga docente del plan IRDI (obtenida con las descargas de todo su equipo, para que puedan investigar), no la utilicen, y de hecho impartan más docencia de la que les correspondería, sólo por no soltar (al menos sobre el papel) asignaturas golosas... que de lo contrario irían a parar a manos de algunos titulares a quienes se quiere mantener a raya y fuera de esas asignaturas. Nuestra pregunta "inocente" ha sido, "Si los equipos de investigación tienen derecho a esa descarga, pero los catedráticos, por su amor al trabajo y su dedicación irrenunciable a la enseñanza, no la quieren aprovechar—¿por qué no son otros miembros de esos equipos de investigación, menos agobiados por sus responsabilidades docentes, quienes aprovechan esa descarga docente?" La respuesta ha sido una nube de tinta de calamar, claro.

¿Se utiliza el tema ese de la descarga como un símbolo de status, en plan "yo me puedo descargar, acumulando tu compromiso investigador, pero encima soy tan chulo que no lo hago"—? ¿O habrá luego apaños y arreglos subterráneos?  Nos quedaría la duda, pero...

... menos mal que nos ha aclarado la catedrática en cuestión, acuñando la frase memorable del día, que "Esto no es un cortijo".



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jueves, 23 de febrero de 2017

Retropost #1482 (23 de febrero de 2007): Invasion of the POD snatchers

Remitentes: Dres. José Ángel García Landa, Beatriz Penas Ibáñez (Departamento de Filología Inglesa y Alemana).
Destinatario: Sr. Director de Departamento de Filología Inglesa y Alemana.
Asunto: Recurso POD POP
Fecha: 23 de febrero de 2007

Sr. Director:

Los abajo firmantes hemos presentado ante el Excmo. Sr. Rector Mgfco. un recurso de alzada contra una decisión del Subdirector de Ordenación Académica del Departamento de Filología Inglesa y Alemana de fecha 19 de febrero de 2007, por la cual se niega el trámite a nuestra solicitud de impartir docencia en el Programa Oficial de Postgrado de nuestro Departamento.

Entendemos que esa decisión se ha tomado conforme a una normativa interna de dicho programa de postgrado que vulnera la legalidad y normativa universitaria, y que debió reformarse al conocer la orden del Rector de anularla en su aplicación al Tercer Ciclo de este mismo postgrado. Como ya dimos a conocer en el Consejo de Departamento del pasado día 15 de febrero, entendemos que mal puede ser ajustado a derecho en Segundo Ciclo lo que es contrario a derecho en Tercer Ciclo.

Habiendo sabido que el lunes 26 de febrero va a tratarse en la Comisión Permanente la aprobación definitiva 1ª y 2ª fase del POD de la docencia de Máster del curso 2006-2007, juzgamos oportuno que usted dé a conocer a los miembros de la Comisión la existencia de este recurso.

Zaragoza, 23 de febrero de 2007

José Ángel García Landa Beatriz Penas Ibáñez


Sobre este tema tuve una entrevista con el Decano de la Facultad de Filosofía y Letras esta semana, visto que nos habían pasado una lista con la primera remesa de los Programas Oficiales de Postgrado aprobados por el gobierno de Aragón (—Top of the POPs—) y allí aparecía la Facultad de Filosofía y Letras como responsable de este programa de Postgrado. Pero el Decano dejó muy claro que la responsabilidad de la Facultad es meramente nominal, o simbólica, o delegada en el Departamento, o errónea... Que, en cualquier caso, ni entran ni salen en el asunto de la organización docente del Postgrado, ni en las normas a aplicarle, ni tienen opinión al respecto ni por supuesto tienen intención de solicitar al Departamento que introduzca ninguna modificación, algo que según entiende el Decano caería fuera de las competencias de la Facultad. (O sea, que si la Facultad es responsable del Postgrado... es poca responsabilidad la suya, ciertamente). En cualquier caso me dijo el Decano que así se lo podía expresar al Rector: que la Facultad se limita a conocer (que no aprobar o controlar) las actuaciones del Departamento. Será quizá porque es una Facultad de Filosofía, ya se sabe, la contemplación pura. En fin, pues queda el asunto entre el Departamento y el Rectorado. Sea cual sea la respuesta del Rectorado a nuestro recurso, será muy ilustrativa. Si dictamina que se puede exigir la pertenencia a los equipos de investigación de los Coordinadores del plan de estudios para impartir docencia en él.... pues ya lo sabemos para otra vez.

jueves, 16 de febrero de 2017

Retropost #1474 (16 de febrero de 2007): Esto sí que es retroacción


Nos ha pasado un correo nuestro Subdirector de Ordenación Académica, comunicándonos que, a estas alturas, la Universidad, y a instancia suya el Departamento, se ha planteado por fin organizar la docencia para el curso 2006-2007 de los Másteres oficiales que se implantaron el año pasado. Es decir, organizar la docencia de unos estudios que se vienen impartiendo desde 2006. Pequeño detalle, resulta que no habían adscrito las asignaturas a ningún profesor. Se les olvidó abrir el plazo de solicitud, de alegaciones, etc. Claro que alguien las está impartiendo ya (quiero suponer, si no ... pobres alumnos; ya se llevarán bastante sofoco, si se enteran de cómo se organizan estas cosas). En nuestro departamento, se hizo un reparto a puerta cerrada entre un grupo de profesores que se apropiaron así por las buenas del segundo y tercer ciclo: los catedráticos y directores de equipos de investigación; saltándose a la torera las normas de asignación docente, baremos propios y ajenos, y categorías académicas. Esta asignatura para tí, Periquito, que eres de mi equipo. Mientras no chistes demasiado, ¿eh? —que aquí no queremos respondones. Y ojo, que contamos los votos.

Pero claro, luego resulta que los papeles tienen que cuadrar... y mira tú qué inoportuno, resulta que hay que abrir un plazo más o menos ficticio, y cubrir el expediente haciendo que los profesores soliciten ahora impartir la docencia que ya impartieron el cuatrimestre pasado... ridículo, pero no doloroso: lo doloroso es que también otros profesores "no invitados" podemos solicitar que se nos asigne (por primera vez con un procedimiento público y transparente) la docencia de este año académico en curso, no sé si incluso, en buena ley y legalidad, la ya impartida por otros profesores.

Claro que las reuniones en petit comité ya dejaron todo esto atado, y ahora se resolverán por la vía rápida las posibles disensiones que surjan de esta confrontación entre los procedimientos huis clos (en los que el infierno son los otros) y los procedimientos conformes a derecho, publicitados y abiertos. En nuestro departamento se solucionó la cuestión introduciendo un doble rasero oficial: la docencia ordinaria se asignaría con el procedimiento establecido y ordinario de jerarquía, antigüedad en el cuerpo docente, y aplicación de baremo. La docencia extraordiaria, porque todo es extraordinario en estos nuevos másteres, se solventaría con unos criterios ad hoc que, si bien es una lástima que contradigan a los otros criterios ordinarios, y a la normativa universitaria, y a la LOU, pues en cambio sí resultan convenientes para la protección mutua de los intereses de los equipos de investigación. A saber: sólo podrán docer en el máster, y dirigir tesis, los miembros de los equipos de investigación de los susodichos catedráticos et al.

En el caso del doctorado, esto ha sido recurrido y declarado ilegal por el Rector. Pero los coordinadores del máster (Dra. Onega, Dr. Collado, Dr. Deleyto, y Dr. Vázquez), mantienen y sostienen que esta normativa contraria a derecho para el Tercer Ciclo (según el Rector) se va a seguir aplicando en el Segundo Ciclo. Único caso en el mundo será en el que para un ciclo de enseñanza inferior se exijan capacitaciones mayores que para el ciclo superior.

Sea como sea, como esto es todo un absurdo sin pies ni cabeza, yo he solicitado hoy (aunque soy el diablo con pezuñas para los coordinadores del máster) que se me asigne una, u otra, u otra de las materias de este año académico 2006-2007. Con un poco de suerte, igual hasta me asignan una que ya se ha terminado de impartir, y han estado trabajando para mí, hala. O igual entonces habrá de admitir la universidad que la alteración del pasado es una ficción administrativa conveniente a veces, pero en última instancia irrealizable.

Esta es la carta enviada al subdirector de ordenación académica del departamento:


Remite: Dr. José Angel García Landa
Destinatario: Dr. Ignacio Guillén,
Subdirector de Ordenación Académica, Dpto. de Filología Inglesa y Alemana
Asunto: POD Máster 2006-07
Fecha: 16/2/07

Estimado colega:

Bastantes personas hemos recibido con sorpresa el mensaje en el que nos comunicas que "el plazo para realizar el POD del curso 2006-2007 de los "Máster" será del 12 de febrero al 2 de marzo".

Es extraño que la Universidad ponga los bueyes detrás del carro, y se plantee sobre la asignación de docencia de unos estudios que ya están impartiéndose.

Sería deseable que ante este ejercicio de incompetencia de la Universidad, nuestro Departamento hubiese asignado ya el encargo docente de estos estudios. De hecho, como sabemos, se ha hecho DE FACTO, y así consta el encargo docente en la propia memoria del máster de Estudios Ingleses publicada en la página web del departamento. Esta asignación se hizo de manera no pública, en reuniones de grupos particulares que (si nos hemos de atener al mensaje que ahora nos haces llegar) no tenían ninguna validez oficial. Es más, sabemos que se hizo esa asignación en base a unos criterios que según reciente resolución del Rector han sido declarados contrarios a derecho (por su exceso de requisitos) para el nivel de enseñanzas superior: cuánto más lo serán para este segundo ciclo.

Sea como sea, parece que nuestro departamento no da por asignada esta docencia, y se abre un plazo para, cito de tu mensaje, elevar la "propuesta de Fase 1 y 2 del POD de Máster al órgano correspondiente para su aprobación, si procede, o para derimir casos, de haberlos, en los que dos o más profesores deseen impartir la misma asignatura total o parcialmente".

Por lo cual procedo a solicitar el encargo docente de UNA de las asignaturas del máster de "Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa", si no se han impartido aún en este curso académico; y también, con vistas al precedente que pueda suponer la impartición (precipitada, quizá) de las mismas este año, de cara a su reasignación el curso que viene.

La asignatura que solicito es una de éstas, en orden de prelación:

"60700 APROXIM. AL ESTUDIO DEL TEXTO LITERARIO EN L.INGLESA"

"60707 LA REPRESENTACIÓN: FORMAS, MÉTODOS Y PROBLEMAS"

"60710 APLIC.TECNOLÓGICAS A LOS ENTORNOS INVEST,PROF Y DOC. EN L.IN"

Por si fuera necesario dirimir la asignación acudiendo a la antigüedad en el cuerpo o en el doctorado, recordaré que soy doctor desde 1988, y Profesor Titular de Universidad desde 1992. Vistos los precedentes habidos en el Doctorado, también creo que no sobra recordar que la asignación docente habrá de realizarse conforme a derecho.

Zaragoza, a 16 de febrero de 2007

JOSE ANGEL GARCIA LANDA



Ah... veo que ya me responde nuestra Administración del POP:

Estimado colega:
Le comunico que su petición de asignación docente en el Máster en Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa por Vd. cursada a esta Subdirección hoy viernes 16 de febrero de 2006 no ha lugar y, por tanto, no será tramitada, porque Vd., según los datos que obran en los archivos del Departamento, no cumple todos los requisitos de admisión de profesorado vigentes en dicho Máster, a saber,
- ser doctor y perteneciente a los cuerpos docentes universitarios de Catedrático de Universidad, Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Escuela Universitaria;
- estar en posesión de, al menos, dos tramos de investigación evaluados positivamente; y
- pertenecer a grupos de investigación reconocidos y relacionados estrechamente con las enseñanzas que se imparten en la titulación.
Le recuerdo que el pasado jueves, día 15, la modificación de criterios de admisión de profesorado que el Consejo del Departamento aprobó por mayoría concierne, hasta la fecha, en exclusiva a la PROPUESTA de incluir un Programa de Doctorado dentro del Programa Oficial de Posgrado (POP) en Estudios Ingleses, POP dentro del cual sólo consta un título efectivo (vid. BOE de 3 de julio de 2006), que es el de Máster en Estudios Textuales y Culturales en Lengua Inglesa, Máster sobre cuyos criterios de profesorado, arriba enumerados, no pesa, que yo sepa o haya sido informado desde el Rectorado de la Universidad de Zaragoza, resolución rectoral alguna de modificación por existir recurso de alzada admitido a trámite y resuelto.

Ignacio Guillén Galve
Subdirector de Ordenación Académica
Departamento de Filología Inglesa y Alemana


(PS: Cuando por fin llegó la cosa a juicio, a los tribunales, en efecto se produjo la retrotracción del procedimiento, y se me adjudicó retroactivamente, por ficcción legal pero como oficialmente impartida por mí, la docencia de varios años que había sido impartida por otros profesores. Si es lo que puede pasar, y a veces pasa, por hacer las cosas mal a conciencia).

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miércoles, 16 de enero de 2013

Los sindicatos, contra la nueva ordenación docente

Pasan este mensaje CC.OO y UGT, contra la aplicación del decreto Wert por parte del Rectorado de la Universidad de Zaragoza:

CC.OO. y UGT CONVOCAN Al PROFESORADO de la UZ A MANIFESTAR SU RECHAZO A LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA DEDICACIÓN DOCENTE DEL PROFESORADO MAÑANA JUEVES 17 DE ENERO, A LAS 13 HORAS, EN LA TRASERA DEL EDIFICIO PARANINFO (Facultad de Economía y Empresa, Entrada por Gran Vía nº2)

  • Porque la actual dedicación docente se atiene a la legalidad vigente.
  • Porque la propuesta rectoral vulnera gravemente la legislación actual.
  • Porque la propuesta rectoral produce un ahorro insignificante (30 millones de las antiguas pesetas) a costa de desestabilizar las plantillas para siempre.
  • Porque la propuesta rectoral produce efectos perniciosos sobre la calidad de la docencia impartida, incentivando el retorno a la clase magistral y a la eliminación de prácticas(para hacer coincidir los créditos ECTS con los que se contabiliza el trabajo de los estudiantes con las horas de docencia presencial con las que se contabiliza la dedicación del profesorado).
  • Porque, con carácter general, la propuesta rectoral de sobrecarga docente no remunerada empeora las condiciones laborales para el ejercicio de la actividad investigadora (remunerada) de la mayoría del profesorado (sólo 96 profesores funcionarios, en una plantilla de 1612, son beneficiarios de las descargas con carácter permanente y seguridad jurídica).
  • Porque la propuesta rectoral provoca despidos y encubre un ERE.

Por todo ello, CC.OO. y UGT INSTAN AL RECTOR A RETIRAR ESTA PROPUESTA Y CONVOCAN Al PROFESORADO A MANIFESTAR SU RECHAZO MAÑANA JUEVES 17 DE ENERO, A LAS 13 HORAS, EN LA TRASERA DEL EDIFICIO PARANINFO (Facultad de Economía y Empresa, Entrada por Gran Vía nº2)

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CSI.F también ha expresado su oposición a esta medida. Ahora bien, como no cambien a Wert, como poco, y además deroguen el Real Decreto, mal veo yo que se vaya a poder inaplicar estar norma. Y por cierto, de la famosa comisión de trabajo que iba a crear el Ministerio, antes del verano, para estudiar la aplicación de la norma y sus ambigüedades, nada se ha vuelto a saber. Sólo que al parecer cada Universidad la está entendiendo a su manera, y la manera de la nuestra ya veremos en qué queda cuando hagamos el POD del año que viene—si las únicas descargas aplicadas son las que dice el decreto Wert, o si se les suman otras. Y si aparte de las descargas vienen las cargas, que para mí ahora mismo supondría dar una asignatura más.


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PS: otro comunicado de FETE-UGT donde sí se menciona a la comisión (aunque sin citar ningún documento en concreto): 


Estimados compañeros y compañeras,
Esta semana CC.OO. y UGT, como sindicatos que promueven la defensa jurídica ante los tribunales frente a la falta de abono de la paga extraordinaria de diciembre, os vamos a convocar Por la dignidad de los empleados públicos  a la manifestación unitaria que el jueves 24 de enero organizamos un total de 10 centrales sindicales.

Además, en la Universidad de Zaragoza estamos ultimando la concentración ante el Departamento de Educación del Gobierno de Aragón para protestar por el recorte de nuestros incentivos de calidad (complementos retributivos autonómicos) en el Presupuesto de 2013, para el jueves 31 de enero.

Entre tanto, instamos al Rector a retrotraer las actuaciones del Consejo de Dirección en materia de modificación de las Directrices de RPT (dedicación docente del profesorado) al mensaje  “Aclaración régimen dedicación del profesorado universitario 2012/13” que el Vicerrector de Profesorado dirigió a todo el PDI el 9 de julio de 2012, en el que se refería en los siguientes términos a los trabajos de  la Comisión Mixta Ministerio de Educación-CRUE, creada para proporcionar criterios con los que superar las dificultades generadas por el Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, en cuanto a la modificación del art. 68 de la LOU, que se ocupa del régimen de dedicación del PDI:

“Los trabajos han dado ya su fruto y así nos lo ha comunicado el Ministerio. De él se concluye que corresponde a la Universidad la competencia para modificar las dedicaciones individualizadas de los profesores funcionarios: puede intensificar la dedicación de determinados profesores hasta un total de 32 créditos ECTS y disminuir la de otros hasta 16. La traducción en horas de esta unidad de medida corresponde también a la Universidad tomando como obligada referencia el RD 898/1985 sobre régimen del profesorado universitario. Lo que la ley establece, por tanto, son criterios de programación, pero no regula derechos de los funcionarios. Tiempo habrá de valorar y aplicar, en su caso, las intensificaciones que permite la norma: disponemos de la cobertura legal para afrontar una planificación con el debido sosiego”.

Tomando como obligada referencia el RD 898/1985 y con el debido sosiego, no creemos posible la aplicación de la propuesta presentada en la Mesa de Negociación de PDI del 20 de diciembre en la inminente planificación del POD 2013-2014. En consecuencia, instamos al Rector a retirar dicho documento y presentar en la Mesa de Negociación de PDI un plan de ahorro viable y sostenible.

Un saludo cordial,


FETE-UGT Aragón
Sección Universidad





viernes, 6 de julio de 2012

Universidad Independenzia

Estamos que no nos aclaramos con el POD y el Real Decreto-Ley. Tras hacer unas reuniones previas y un consejo de departamento, en el que se nos asignó una docencia para el año que viene, llega el nuevo director y hace nuevas reuniones y nuevo consejo, en el que nos asigna más docencia, a mí en concreto un par de asignaturas o trozos de, con lo cual ya tengo cinco asignaturas diferentes para el año que viene en mi encargo docente. Y eso que me rebajaban la docencia según el Real Decreto-Ley...

... ah, pero hete aquí que el Real Decreto-Ley no tiene aplicación en esta universidad. Nos lo comunicó el Director, sin que nadie al parecer se extrañase de que la universidad se declare off limits selectivamente para la ley. Y hoy nos lo ha vuelto a confirmar: que la universidad (no él) ha decidio que aquí no se aplica de momento el Real Decreto-Ley. Claro que eso contradice al BOE, que dice que está en vigor desde abril pasado.

Pero esto de los catalanes con su Estado Asociado va sentando cátedra, y aquí ya vamos seleccionando qué leyes del Estado Español nos gustan y cuáles no. El Real Decreto-Ley no gusta, y eso que al parecer solucionaría los problemas de escasez de dedicación docente que aquejan al departamento. Sobre todo si se toma al pie de la letra y se da al traste con las descargas docentes no contempladas allí.

Y hoy, en el consejo de departamento en el que se ha decidido atenerse a las instrucciones de la universidad de no aplicar el Real Decreto-Ley, hemos presentado este voto particular.

Voto particular:

Los Dres. Beatriz Penas Ibáñez y José Ángel García Landa, Profesores Titulares de Universidad en la Facultad de Filosofía y Letras hacen constar su voto particular contra la asignación docente propuesta por el Departamento de Filología Inglesa y Alemana en fecha 06/07/12. Nos acogemos al Real Decreto-Ley 14-2012 de 20 de abril de Medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (BOE 21 de abril de 2012) de obligado cumplimiento desde el 22 de abril de 2012. La misma ley contempla descargas en el encargo docente en una serie de supuestos, en uno de los cuales nos encontramos. Cita: "deberá dedicar a la función docente la parte de la jornada necesaria para impartir en cada curso un total de 16 créditos ECTS quien se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: profesores titulares de universidad, profesores titulares de Escuelas universitarias o catedráticos de escuela Universitaria con tres o más evaluaciones positivas consecutivas, habiéndose superado la más reciente en los últimos seis años"
Por ser este nuestro caso, el encargo docente que nos corresponde es de 16 créditos ECTS, que hemos solicitado sea en las siguientes asignaturas:

para Beatriz Penas Ibáñez,
Introducción a la Traducción de Textos en Lengua Inglesa (6 créditos ECTS)
Variedades Geográficas del Inglés (6 créditos ECTS)
La Representación: Formas, Métodos y Problemas (junto con el Dr. García Landa, que cubre la otra parte del encargo de 7,5 ECTS)

Para José Ángel García Landa (6 créditos ECTS)
Literatura Inglesa II (6 créditos ECTS)
Géneros literarios en la literatura inglesa I (6 créditos ECTS)
La Representación: Formas, Métodos y Problemas (junto con la Dra. Penas Ibáñez).

Zaragoza, 6 de julio de 2012

Hablaba el director de atenerse a las reglas del juego vigentes, al parecer sin caer en la cuenta de que las reglas del juego en la Administración las marca la ley—no su inmediato superior, y que la ley vigente al respecto es el famoso Real Decreto-Ley. Pero, como en otras ocasiones, funciona aquí la falacia administrativa de los órganos: votamos que tal norma no se aplica, y hale, no se aplica.

O sin votar siquiera: porque en este caso más bien se aplica el todos a una, o casi todos, vamos. Es la posición recomendada por Comisiones Obreras, de hecho. A mí me parecen genial las protestas, posiciones testimoniales, etc. etc.; a mí tampoco me gusta el Real Decreto: ahora mismo firmaba por que lo quitasen, e hice una huelga al respecto. Pero una cosa es que no me guste, y otra que crea que no está en vigor, o que finja que no existe. Y una cosa es lo que proclame un sindicalista, y otra la que haga un funcionario. Aquí hay un poco de confusión entre una cosa y otra. Intenta aclararla el Vicerrector de Profesorado, con esta circular que pasa justo tras el Consejo:


Asunto: Aclaraciones POD 2012-2013

El Real Decreto-Ley 14/2012 de 20 de abril (BOE de 21 de abril) incorpora una
nueva redacción al art. 68 de la Ley Orgánica de Universidades, regulando la
dedicación a la actividad docente del profesorado universitario funcionario. Esa
dedicación descansa y se articula sobre la jornada necesaria para impartir en
cada curso 16, 24 ó 32 créditos ECTS, según las situaciones individuales de
pertenencia a un determinado cuerpo docente y de evaluaciones positivas de la
actividad investigadora. En consecuencia, esta nueva regulación legal de
urgencia no contempla una dedicación de la actividad docente y de distribución
de la jornada del profesorado que implique necesariamente y, en todo caso,
prestar 240, 160 o 320 horas en cómputo anual.

Cuando en la legislación universitaria se habla de crédito ECTS, esta
referencia específica, tanto en su concepto como en su contenido, se proyecta
sobre las actividades a desarrollar por el estudiante en cada uno de los planes
de estudio y, en modo alguno, sobre la dedicación del profesorado en términos
de jornada laboral. Esta denominación plantea así un problema aplicativo
evidente, al utilizar reglas de medir o unidades de referencia que no son
comparables. Por ejemplo, nuestra normativa universitaria interna referida a las
directrices para la elaboración de la Relación de Puestos de Trabajo fija un
encargo computable en dedicación horaria para el crédito ECTS variable en
función del número de alumnos y del grado de experimentalidad de la
titulación. Una interpretación absolutamente literal y desligada de esta previsión
llevaría a dedicaciones variables en función de la titulación y, dentro de ésta,
de la asignatura. Se podría dar, incluso, la paradoja de que un profesor con
menor dedicación docente que otro en los términos del citado Decreto-Ley
hubiera de prestar más horas a la docencia en la distribución de su jornada
laboral. Ello podría producir efectos, en una situación como la descrita,
probablemente irreversibles y de difícil valoración para la propia Universidad.

Estas especiales dificultades interpretativas, junto con otras que también se
proyectan sobre más aspectos de esa regulación legal a que se refiere el
nuevo art. 68 de la Ley Orgánica de Universidades, han hecho necesaria la
creación y constitución de una Comisión Mixta entre la CRUE y el Ministerio de
Educación con el fin de proporcionar criterios legales e interpretativos más
claros de esta regulación que facilite así su aplicación por las universidades
con mayor seguridad jurídica. En los momentos actuales, se desconoce el
instrumento, así como su alcance y contenido para llevar a cabo esta tarea.

Una situación objetiva de incertidumbre como la descrita y la necesidad legal
de que la Universidad pueda abordar y planificar el próximo curso académico
para asegurar la docencia a sus estudiantes -que es su obligación principal
para garantizar y tutelar el derecho y el interés que les asiste- hace
aconsejable y prudente, en los momentos actuales, la aplicación del Plan de
Organización Docente aprobado en el mes de marzo, con anterioridad a la
publicación del actual Decreto- Ley. Por lo tanto, las condiciones que se
tuvieron en cuenta para el cálculo de las necesidades de profesorado son las
que han de regir el desarrollo de dicho plan. En el momento, por consiguiente,
en que se conozcan públicamente los resultados de la citada Comisión Mixta,
con proyección sobre todas las Universidades, la Universidad de Zaragoza
adoptará, con base en ellos, las medidas necesarias para su aplicación.

En ese contexto, y con el fin de responder y salir al paso de algunas
afirmaciones o exigencias que se están planteando es preciso hacer algunas
aclaraciones. La Universidad de Zaragoza tiene conocimiento del número de
sexenios de que dispone cada profesor para el abono del complemento de
productividad pero no dispone, en los momentos actuales, de la información
completa y necesaria para determinar, en todos sus términos, las situaciones
descritas por el Decreto-Ley. Existen así aspectos y datos relevantes que solo
son conocidos por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad
Investigadora y por los interesados que han sometido a ésta su
correspondiente evaluación. Además este es otro de los aspectos
precisamente que ocupa la atención de la citada Comisión Mixta.

La Universidad ha tomado esta decisión en el entendimiento de que ahora
mismo es la mejor opción, sin perjuicio de su provisionalidad, que puede
obligar a rehacer la planificación docente en cualquier momento. Son legítimas
las opiniones de que ya podía haberse adelantado la adecuación al Real
Decreto-ley 14/2012, claro que realizando operaciones de conversión a horas
de dedicación que luego pueden ser corregidas. Lo que en ningún caso está
ajustado a derecho es aplicarlo parcialmente, esto es, tomar la parte de la
disposición que ajusta la dedicación a lo que se relaciona con 16 créditos
ECTS, pero no hacer lo propio con lo que se relaciona con 32 créditos ECTS.

Espero que esta información sea útil y sirva también, en lo posible, como
aclaración a una situación sobrevenida fruto de esa legislación de urgencia
para racionalizar el gasto público de la que no son responsables los miembros
de la comunidad universitaria.

No obstante todo lo anterior, se acaba de recibir un correo electrónico de la
CRUE en el que nos indican que la próxima semana la Comisión Mixta CRUE-Ministerio
nos hará llegar el acuerdo alcanzado sobre este tema.

Aprovecho estas líneas para desearos a todos un feliz verano.


José Antonio Mayoral Murillo
Vicerrector de Profesorado Universidad de Zaragoza


Esperaremos las conclusiones de la Comisión Mixta, y el tercer POD, con ansia. En cuanto al razonamiento del Vicerrector, es una opinión, pero tenemos distintas nociones sobre la prudencia. En una universidad en quiebra técnica, y semi-intervenida por el gobierno regional, no parece prudente saltarse las medidas de ahorro dictadas por el gobierno de la nación en un decreto-ley exprofeso. Ni el Vicerrector ni el Rector tienen potestad para decir que una determinada ley no se aplica en el perímetro de la universidad—y no parece prudente que finjan tener esa potestad. Lo prudente, en caso de duda, es aplicar la ley. Si quieren protestar, pueden hacerlo: dimitiendo, por ejemplo, si lo consideran oportuno, pero en ningún caso, opino yo, emitiendo instrucciones a sus administrados para que ignoren la ley sólo porque ellos han decidido ignorarla. Con menos fundamento se han abierto expedientes disciplinarios a otros funcionarios.

¿Que el ministro Wert también es el imprudente? Pues quizá también. O como poco, no se ha asesorado suficientemente a sí mismo, visto el pitote que se ha montado. Ha entrado como un toro en una cacharrería—imagen ésta en la que la cacharrería figura la Universidad, y algo de eso hay.

____


Una protesta airada contra el Real Decreto: "Ataque sin precedentes contra la docencia universitaria" de José Emilio Palomero.

Mariano Fernández Enguita, en cambio, está a favor del Artículo 68.

_____

Sale la conclusión de la Comisión Mixta Ministerio/CNEAI y, miren... ¡tenía razón el Vicerrector! Le ganan el pulso al ministro, y se echa para atrás la reordenación forzosa del encargo docente de los profesores: serán las universidades quienes decidan si aplicarlo o no. 

"Sin comentarios."


 
 
—oOo—

lunes, 2 de julio de 2012

Segunda Fase de la Segunda Fase


Se despide de la dirección del departamento el Dr. Guillén, haciendo la 2ª fase del Plan de Ordenación Docente, y estrenamos dirección con el Dr. Deleyto, cuya primera medida parece ser que va a ser deshacer lo hecho, o rehacer lo hecho si se prefiere. Convoca una nueva reunión para la 2ª fase del POD en la que nos quiere poner a todos a 24 créditos. ¿A todos? Bueno, no....  Así que le reitero mi encargo docente para este año próximo, en la persona de la



Sra. Subdirectora de Gestión Académica:






en respuesta al mensaje citado abajo, me cumple elaborar la siguiente propuesta de encargo docente a mi nombre y cargo para el curso 2012-2013






Mi encargo docente en términos generales, es de 24 créditos, según el real Decreto-Ley 14-2012 de 20 de abril de Medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (BOE 21 de abril de 2012) de obligado cumplimiento desde el 22 de abril de 2012. La misma ley contempla descargas en el encargo docente en una serie de supuestos, en uno de los cuales me encuentro. Cito: " deberá dedicar a la función docente la parte de la jornada necesaria para impartir en cada curso un total de 16 créditos ECTS quien se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: Profesores Titulares de Universidad, Profesores Titulares de Escuelas Universitarias o Catedráticos de Escuela Universitaria con tres o más evaluaciones positivas consecutivas, habiéndose superado la más reciente en los últimos seis años".






Por ser éste mi caso, mi encargo docente deberá ser de 16 horas, que he solicitado (y ha sido aprobado en comisión y Consejo de departamento) y solicito sea en las siguientes asignaturas del Grado de Estudios Ingleses:






Literatura Inglesa II (grupo 1)



Géneros Literarios en la Literatura Inglesa I



La Representación: Formas, Métodos y Problemas (1/2 de su carga total, junto con la Dra. Penas, que cubre la otra mitad del encargo)






No sé si este año los profesores podremos pedir descargas de docencia. En todo caso entiendo que estas descargas legales tan claramente especificadas en el texto de la ley tendrán prioridad sobre todas las que no están recogidas en dicha ley, que tiene carácter de legislación básica.






Un saludo









Jose Angel Garcia Landa





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SRES./AS MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE FILOLOGÍA INGLESA EN LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS




UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA




 Estimado/a miembro de la Comisión:




     Por la presente queda convocado/a a la reunión extraordinaria de la Comisión de Filología Inglesa en la Facultad de Filosofía y Letras que tendrá lugar el próximo jueves, 5 de julio, a las 11:45 horas en Primera Convocatoria y 12:00 horas en Segunda Convocatoria, en la Sala de Grados de Filología, de acuerdo con el siguiente




Orden del Día:




1. Revisión del encargo docente del curso 2012-2013 en la Facultad de Filosofía y Letras para la Fase 2 del POD de dicho curso.






NOTA: En esta reunión se solicitará al profesorado que ajuste su encargo docente a 240 horas o a lo que les corresponda por ley, debido a la existencia de un déficit en el encargo general del Departamento para la Facultad de Filosofía y Letras. En el caso de no poder asistir, se aconseja dejar una propuesta a la Subdirectora de Gestión Académica (Silvia Murillo). En los casos en que no exista dicha propuesta, la Dirección hará la asignación de oficio.







En Zaragoza, a 2 de julio de 2012




Fdo.: Celestino Deleyto Alcalá


Director del Departamento






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