miércoles, 14 de julio de 2010

Demasiado presuponer


Comentario puesto a un artículo de Tercera Cultura, "A vueltas con la ley del aborto":


La Constitución española se molesta en especificar a qué edad se vuelve uno mayor de edad y por tanto titular de ciertos derechos políticos, pero se le pasa por alto especificar a quién se aplica el artículo 15, que garantiza a “todos” el derecho a la vida. Todos, así sin especificar, no puede entenderse en sentido restrictivo: es TODOS. Claro que… ¿quiénes somos todos? A lo que voy: la Constitución es defectuosa, pues deja sin definir un aspecto esencial del sujeto de derechos: su identidad, o calidad de persona, o cuándo la adquiere. ¿Parecerá escándalo que la cualidad de persona tenga que definirse o establecerse por ley? Más escándalo es que esté sin definir legalmente, allí donde hay opiniones tan dispares al respecto. Lo que puede tener valor jurídico no son esas opiniones, sino la ley. Y la ley tiene un serio problema de apoyatura. O quizá contase allá por los años setenta con unas presuposiciones que hoy en absoluto pueden darse por generalmente compartidas. Antes que falsear retroactivamente la intención del legislador (como se hizo en el caso de la ley de matrimonios homosexuales) sería más coherente reformar la Constitución, y atender en ella a cuestiones verdaderamente insoslayables, y no trasladables a una mera ley. Pero en España no se va a hacer eso, por supuesto, y seguiremos adelante a bandazos incoherentes, y sometidos al cálculo de los intereses partidistas, en esta y en otras cuestiones.





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