Un tirón de orejas le han dado a la ANECA por arbitrariedades en el proceso de acreditación a profesores. Nos pasa esta información FETE-UGT:
"El Consejo de Universidades enmienda propuestas sobre evaluaciones de
acreditación que había presentado la ANECA y
ordena que
las actuaciones de las comisiones de acreditación se
retrotraigan a la fase de emisión de informe por los
expertos
designados al efecto, en contestaciones a reclamaciones presentadas. El
pasado mes de noviembre, y a la vista del cúmulo de quejas
recibidas sobre los informes de expertos que se iban conociendo en los
que no constaba motivación como tal sino que eran meras
apreciaciones subjetivas o algunas veces eran hirientes, la FETE-UGT
levantó su voz denunciando las actuaciones de la ANECA y
exigiendo 'cambios inmediatos que subsanen el procedimiento que ampara
la impunidad de los expertos y que vulnera los principios de
mérito e igualdad'.
Ahora hemos tenido conocimiento de que el Consejo de Universidades, a través de su Comisión de Reclamaciones, ha resuelto estimar diversas reclamaciones presentadas ya que 'encuentra en ellos [en los expedientes] numerosas deficiencias formales que dificultan una garantía suficiente de los principios rectores del acceso a la función pública y del derecho de tutela judicial efectiva'" (El Boletín de Universidad nº 56)
Ahora hemos tenido conocimiento de que el Consejo de Universidades, a través de su Comisión de Reclamaciones, ha resuelto estimar diversas reclamaciones presentadas ya que 'encuentra en ellos [en los expedientes] numerosas deficiencias formales que dificultan una garantía suficiente de los principios rectores del acceso a la función pública y del derecho de tutela judicial efectiva'" (El Boletín de Universidad nº 56)
—y pasa FETE-UGT a detallar más medidas de control que estima necesarias.
Hay que resaltar que esto sucede en el marco de un proceso que ya está muy reglado, con baremos públicos que regulan la puntuación de los méritos, en un proceso donde la arbitrariedad de las comisiones ha de tener un margen muy escaso. (Otra cosa será, quizá, en el concurso de acceso en la propia universidad... Supongo que en muchos se seguirán cociendo habas con mayor alegría.)
Cuando no había acreditaciones ni habilitaciones, sino sólo concursos de acceso, me presenté a una oposición de cátedra—una de las últimas, hace cinco años— y fui una víctima (bueno, lo fuimos todos los candidatos) de esa impunidad de los expertos. A pesar de mi buena carrera hasta la fecha, con premios, abundantes publicaciones, méritos reconocidos oficialmente (tramos de investigación, etc.), no tenía yo un requisito requerido: la bendición del tribunal.
Así que tras una oposición que fue un espectáculo, la comisión evaluadora me cascó un "1,8" sobre 10, así con un par de. Y se cargaron también a todos los demás candidatos, de la casa y de fuera de ella, en el primer ejercicio. Esto en un departamento con casi cincuenta funcionarios y una sola cátedra por entonces—la presidenta del tribunal, Dra. Onega. Toda una desautorización de tamaño colosal—desautorización de un departamento de inútiles que tras quince años sin oposiciones a cátedras en su casa no logran sacar una cuando se convoca. O bien desautorización del propio tribunal, que es la tesis por la que me incliné (yo solo: ni el Rectorado, ni el Departamento).
Envié un voluminoso recurso al Rector detallando numerosas irregularidades, como esta denuncia relativa a la arbitrariedad de los "expertos", que es el tema que hoy me ocupa:
CINCO. Deseo
recalcar que
conozco el concepto de la llamada “discrecionalidad
técnica” de las Comisiones, y que la
argumentación
de mis recursos anteriores va dirigida al uso inadecuado de tal
discrecionalidad. No puede entenderse la discrecionalidad
técnica en el sentido de libertad para contravenir
principios
básicos del campo de conocimiento para el cual se nombra a
los
expertos; por ejemplo, determinando que
“Estilística” o “Lengua y
Literatura” no
son materias pertenecientes a la Lingüística, a
contrario
de las argumentaciones de la comisión, y como se puede
comprobar
consultando cualquier manual o los campos
de conocimiento de la UNESCO.
Rogamos pues se determine si la
discrecionalidad técnica
significa que la comisión puede reorganizar las bases del
saber
humano, o si por el contrario sus miembros deben atenerse precisamente
a los criterios técnicos para cuya aplicación se
les ha
nombrado.
(Otra que tal: )
SEIS. En mis recursos anteriores expresaba sorpresa por el hecho de que la Comisión use los votos como si fueran puntos, valorando primero por común acuerdo a los candidatos y procediendo luego a darles un número de votos según la puntuación obtenida. Reitero mi petición de que se determine si este modo de proceder es conforme a derecho. Pues, tras el común acuerdo de la Comisión, ¿en qué criterio racional habría de fundarse la asignación de voto a cada uno de sus miembros? ¿En preferencias personales? ¿O bien se realizaría un sorteo arbitrario? Y ruego además se determine si es racional y justo, habiendo acordado la Comisión una puntuación de suspenso para todos y cada uno de los candidatos, que a continuación alguno de los miembros de la Comisión haga figurar un voto positivo a tal o cual candidato, en flagrante contradicción con la puntuación asignada. ¿Puede votarse a favor de un candidato al cual se ha asignado, por común acuerdo con los otros tres miembros de la comisión, una puntuación de 1’8 sobre 10? ¿No se supone que expresan la puntuación, y la votación, la valoración que merece el candidato a cada uno de los miembros de la comisión?
(Otra que tal: )
SEIS. En mis recursos anteriores expresaba sorpresa por el hecho de que la Comisión use los votos como si fueran puntos, valorando primero por común acuerdo a los candidatos y procediendo luego a darles un número de votos según la puntuación obtenida. Reitero mi petición de que se determine si este modo de proceder es conforme a derecho. Pues, tras el común acuerdo de la Comisión, ¿en qué criterio racional habría de fundarse la asignación de voto a cada uno de sus miembros? ¿En preferencias personales? ¿O bien se realizaría un sorteo arbitrario? Y ruego además se determine si es racional y justo, habiendo acordado la Comisión una puntuación de suspenso para todos y cada uno de los candidatos, que a continuación alguno de los miembros de la Comisión haga figurar un voto positivo a tal o cual candidato, en flagrante contradicción con la puntuación asignada. ¿Puede votarse a favor de un candidato al cual se ha asignado, por común acuerdo con los otros tres miembros de la comisión, una puntuación de 1’8 sobre 10? ¿No se supone que expresan la puntuación, y la votación, la valoración que merece el candidato a cada uno de los miembros de la comisión?
Y es que la Dra. Onega, naturalmente "votó a favor" mío y de todos sus demás colegas de la casa.
En fin, y decenas de folios más con cuestiones de este calibre, tanto conceptuales como defectos de forma. El Rector (Pétriz) no respondió nunca a mis recursos por escrito: sí me recibió, e intentó desanimarme diciendo que la única manera en que podría contestar era abriéndome a mí un expediente investigador. Y lo abrió en efecto, a instancia mía, visto que investigarme a mí era la única manera de investigar nada, para el Rector.
Pero la investigadora nombrada, una colega de la Facultad, se quitó el muerto de encima por la vía rápida: si existió su informe, jamás lo ví, ni consta en el expediente del caso. En cualquier caso, le hizo saber al Rector (supongo que de palabra) que todo eran problemas "de desavenencias personales" entre yo mismo y la presidenta del tribunal. Cuestiones de rencillas personales, oigan. Aunque de responder a mis denuncias de irregularidades de modo razonado, ni una letra, por supuesto. Como para ponerle un pleito a la investigadora. Pero carpetazo al asunto, y a correr. Ahora la investigadora es vicerrectora; y Pétriz director de universidades—gente que hace universidad, y sabe de qué va el percal, vamos. Cuando se denuncian mangoneos, no suele faltar quien haga lo posible por taparlos, o por ponerse de perfil, y dejar que vaya a misa lo que dice el catedrático. Que así seguro que acierta, y así es como se potencia el funcionamiento habitual y estable de las instituciones.
En cuanto a mí, llevé el asunto a contencioso administrativo, ante el silencio del Rectorado—silencio seguido por su solicitud expresa al tribunal de que no se oyera el asunto ni se admitiera a trámite. Pero bueno, se admitió... se desestimó también—con flojas razones, créanme. En los tribunales sigue la cosa.
Y mientras, los expertos, de comisión en comisión.
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