martes, 21 de febrero de 2017

Retropost #1479 (21 de febrero de 2007): Feudalismos y sociedades feudales



Hoy hemos presentado con Beatriz un recurso al Rectorado, contra la decisión del Departamento (tomada por su Subdirector de Ordenación Docente, el Dr. Ignacio Guillén) de no admitir a trámite nuestra solicitud de impartir docencia en el nuevo segundo ciclo de Estudios Ingleses. No se nos admite como capacitados para la docencia en segundo ciclo por no estar recibiendo financiación externa para nuestra investigación. Amén de otros criterios abusivos, que ya fueron declarados contrarios a derecho por el Rector para el Tercer Ciclo de ese mismo postgrado. Pero el Departamento ha decidido no sacar conclusiones de esa decisión del Rector, y seguir aplicando en Segundo Ciclo esos mismos criterios abusivos. Así que ha habido que presentar un nuevo recurso. Unas veinte páginas de recurso.

Es ésta una labor a la que dedicamos bastantes horas por semana quienes somos víctimas del mal hacer de la administración. Pero es absolutamente necesario hacerlo, pues si no presentásemos recursos estaríamos aceptando los abusos que se producen, e invitando además a que el acoso administrativo pasase a la siguiente fase. Porque acoso administrativo es lo que hay, cuando los grupos de investigación del Departamento funcionan como partidos políticos para arroparse mutuamente y defender sus intereses, aprobando en Consejo de Departamento normas y actuaciones contrarias a derecho. En el contexto claustrofóbico e histerizado de este pequeño mundo parecen estas votaciones "democráticas" sencillamente porque se ganan. Se olvida el hecho de que (como pequeños Planes Ibarreche) están decidiendo sobre cuestiones que no son de su competencia, y saltándose las normas de funcionamiento general de la Administración. Pero esta viene siendo una tónica muy general en nuestro Consejo de Departamento: muchísimas ausencias, muchas abstenciones, y disciplina de voto férrea para los equipos de investigación. Así se toman numerosas decisiones que vulneran los intereses de alguien que no tiene un grupo que le apoye—y muchas veces, también, los derechos de los mismos miembros del partido, que votan por disciplina a favor de decisiones contrarias a derecho y que, encima, les perjudican.

Normalmente ni se recurren estas decisiones injustas: por asqueo, por inercia o por pereza, por ignorancia, por inocencia… Pero últimamente estamos empezando a recurrir. Sobre todo porque vemos que es una dinámica que no cambia: una minoría actúa como un partido político decidido a saltarse las normas que haga falta si es preciso; una mayoría o no asiste o se abstiene. Y de los que asisten (y se abstienen) siempre hay quien reprocha a los que se quejan del maltrato administrativo que esas cosas son asuntos que sólo conciernen a los que se quejan, y que no intenten esos involucrar al Consejo en algo que no le interesa (pero que en cambio sí es de su competencia legal), que le aburren… y así, abstención al canto, aun si se está votando vulnerar alguna norma. De este modo se lleva el gato al agua el grupo que actúa como un partido controlado: a saber, los catedráticos y sus satélites. Víctima típica del maltrato: alguien que ni es catedrático ni satélite, normalmente algún profesor titular que va por libre y cuyos derechos chocan con la voluntad de control y distribución de bienes de los catedráticos.

Me he encontrado en un aula una fotocopia de alguna clase anterior, en la que ponía este texto procedente de algún manual de historia de Francia, de interés crucial para analizar el funcionamiento de la Universidad:

Feudalismos y sociedades feudales

"¿Queréis ser mi hombre?" "Quiero". Durante toda la Edad Media estas fórmulas rituales han sido intercambiadas por los señores y vasallos. Ni siquiera era preciso un contrato para sancionar la entrada de un hombre dentro del vasallaje de otro: bastaba una serie de gestos minuciosamente reglamentados, realizados en presencia de varios testigos para que se establecieran entre los miembros de las clases dominantes de la sociedad unos lazos personales y jerárquicos. En su acepción más restringida, la palabra feudalismo designa el conjunto de estos vínculos que unen a los señores y a los vasallos, vínculos que crean entre las partes contratantes ciertos derechos y obligaciones, el primero de los cuales es la concesión al vasallo de un beneficio a cambio de los múltiples servicios que éste debe a sus señor. Al ser el beneficio, en la mayoría de los casos, una tierra, el feudalismo tiene una clara base rural, y de ahí que sea un sistema de posesión y explotación de la tierra que favorece a las clases dominantes de la sociedad; algunos incluso lo consideran un modo de producción que perdura hasta la destrucción del régimen feudal, por la asamblea constituyente, en agosto del año 1789. No obstante, no conviene olvidar otro aspecto del feudalismo: a causa del fraccionamiento del poder público, el feudalismo apareció como un sistema de gobierno que intentaba establecer un orden político basado en unas solidaridades voluntarias y privadas. Los ritos del homenaje, varias veces repetidos, sirvieron a los dueños de los castillos, a los príncipes y, luego, a los reyes para restaurar la autoridad y, en última instancia, la propia noción de Estado. Hubo, pues, una evolución de las relaciones feudo-vasalláticas, diversidad en el tiempo y en el espacio, incluso si las clases dominantes de la sociedad compartían el mismo género de vida.

Donde pone "príncipes" léase catedráticos, donde pone "castillos" léase grupos de investigación financiados, etc. Los becarios, ayudantes, asociados son siervos de la gleba; los Profesores Titulares somos pequeños terratenientes y granjeros, freeholders; y también está el yeoman, Titular que ha hecho rituales de homenaje y se debe al señor del Castillo. Buen vasallo, si oviere buen señor.

Bueno, pues hoy hemos recibido la resolución a uno de estos recursos que presentamos los descontentos del feudalismo. Sentencia el Rector:

HE RESUELTO

PRIMERO.- ESTIMAR INTEGRAMENTE el recurso de alzada interpuesto por Dª Micaela Muñoz Calvo y con ello, estimar nulo de pleno derecho el Acuerdo del Consejo de Departamento de Filología Inglesa y Alemana de la Universidad de Zaragoza de 10 de noviembre de 2006 en lo relativo al punto 5 del Orden del Día, ratificación del Acta nº 153 de la Comisión Permanente y declarar plenamente ajustado a derecho el Acuerdo reflejado en dicha acta nº 153 en la parte referida a la asignación a la profesora Dº Micaela Muñoz Calvo la impartición de la asignatura "English for Earth Sciences".

SEGUNDO.- La nulidad del acto comporta la de cuantas actuaciones dimanen del mismo como son el traslado a la Comisión de Ordenación Docente y actuaciones subsiguientes de dicha Comisión o del propio Consejo de Departamento.

TERCERO.- DAR TRASLADO de esta Resolución a la Dirección del Departamento de Filología Inglesa y Alemana para que se de el debido cumplimiento a la misma.

La raíz del problema y del recurso, para nada visible en esta respuesta al recurso, es de orden feudal-partidista. En sustancia, había habido una desavenencia entre la Dra. Muñoz y otro profesor de su centro sobre la impartición de una asignatura y el Departamento en principio asignó la docencia a la Dra. Muñoz, tras la renuncia del otro profesor. Ahí habría quedado la cosa si no hubiera tomado cartas en el asunto el Partido de la Investigación… que lo hizo— menos por proteger a uno de sus miembros que por castigar a la Dra. Muñoz, pues ésta había tenido la osadía de firmar, como lo hice yo, un recurso contra el programa de postgrado monopolizado por dicho Partido. (Aquí el recurso y su resolución favorable a los recurrentes).

¿Ah sí, recurso hay? Pues los catedráticos tomaron cartas en el asunto. A instancias de la Dra. Onega y el Dr. Deleyto, coordinadores del Máster recurrido, el Departamento—aunque fuese meses más tarde, fuera de plazo, contra las normas de funcionamiento, etc.— votó por anular la asignación de docencia a la Dra. Muñoz. Con muchas abstenciones, pocos votos en contra, y los votos a favor del Partido. Que no dudó en vulnerar una normativa y dar lugar a un absurdo administrativo, todo a instancias de los jefes. Argumentó la Dra. Onega que la decisión original se había tomado sin su conocimiento, pues ella estaba de viaje (aunque no es que le concerniese el asunto éste, ni dependiese de ella su resolución). Y el Dr. Deleyto propuso la votación a pesar de que tampoco tenía nada que ver en el asunto, que atañía a otro centro y otra titulación. Pero en el Partido votaron quienes tenían que votar, se abstuvieron como siempre quienes siempre se abstienen… y nueva vulneración de la normativa. Democrática, sí, porque se había votado. Cualquier día se deroga la Constitución, o el Estatuto de Autonomía de Aragón, en este consejo de departamento. Curioso es que el otro profesor supuestamente "beneficiado" por esta actuación del Partido Catedrático se negó a manifestarse en contra de la decisión original, y a promover públicamente esta decisión contraria a derecho. Como digo, era directamente una maniobra de castigo de los equipos de investigación a alguien que había contravenido sus intereses (en este caso la Dra. Muñoz), utilizando una ocasión que creyeron se podía coger por los pelos. Lo feo es que tantos colegas hayan dejado hacer, en este caso. Y en otros.

Explico las circunstancias para que se entienda algo si no incomprensible: que a un grupo de gente le dé por contravenir las normas para cambiar una decisión tomada conforme a derecho meses atras, sin que les vaya ni venga nada en ello a primera vista. Hay mucho margen en la Universidad para acosar a la gente por lo bajini, sin que se note, y siguiendo aparentemente las reglas del juego. Pero cuando se coge confianza, se mete la pata y se pasa a actuaciones que pueden ser recurridas y anuladas. Y en fin, ahora esa decisión improcedente del Departamento, retroactiva y contraria a derecho, ha sido anulada.

Es cosa que lleva su esfuerzo, y atención, esto de seguir al pie del cañón defendiendo los derechos de uno. Sobre todo porque, si pasiva es la actuación de los miembros del Consejo de Departamento, peor que pasiva es la actuación de la Dirección del Departamento. El Director hace suyas por sistema las decisiones improcedentes inspiradas por los grupos/partidos de investigación, y las favorece en todo momento; no impide la celebración de votaciones contrarias a derecho, y no recurre el resultado cuando se produce, sino que lo tramita adhiriéndose automáticamente a las decisiones del Consejo, sean o no legales. Lo de velar por la legalidad de los procedimientos, o no sabe hacerlo, o no es una de sus prioridades. Así, por ejemplo, se ha negado el Director a tratar en Consejo de Departamento la cuestión de si los criterios que son ilegales para Tercer Ciclo podrían asimismo considerarse ilegales para Segundo Ciclo… una cuestión molesta para los intereses de los equipos de investigación que pretenden seguir aplicándolos, lo que nos ha llevado a presentar hoy este nuevo recurso. Tampoco ha exigido el Director que se lleve a cabo una reforma del Doctorado para ajustarlo a derecho según ordenó el Rector, y ha optado por promover un simple maquillaje a ver si pasa. Y así sucesivamente. Son asuntos que al entender del Director no son de su responsabilidad, o de su interés. Y esto lo hace este director, y la dirección anterior, y la anterior, y así sucesivamente. Una actitud muy extendida, como se ve, en la Administración: dejar vulnerar la norma, abstenerse de actuar, y a ver si gana por votos el vulnerador o el vulnerado. Es decir, dejar que quien corta el bacalao por sus propios poderes, lo siga cortando, pues en la mayoría de los casos ni siquiera se recurrirán sus actuaciones contrarias a derecho, por la propia dinámica de las cosas. Y si se recurren, pues mejor que haya sido muy descarado y con huellas, que si no también sale a cuenta no hacer mucho caso a las protestas.

Y así la sociedad neo-feudal encuentra su estructuración y jerarquización natural, por las líneas de fuerza que se establecen entre los grupos de apoyo mutuo.


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